12/15/2022

Autoriza Transferencia Partidas Presupuesto DS 292-2022-EF Economia y Finanzas

Proyecto, Economia y Finanzas Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales DS 292-2022-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 de la Octogésima T ercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional y complementaria, durante el Año Fiscal 2022, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias a niv…
Proyecto, Economia y Finanzas
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales
DS 292-2022-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3 de la Octogésima T ercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional y complementaria, durante el Año Fiscal 2022, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional, hasta por la suma de S/ 10 000 000,00 (DIEZ
MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a favor de los gobiernos regionales, para el producto 3043997. Tamizaje y tratamiento de pacientes afectados por metales pesados del Programa Presupuestal 0018 Enfermedades No Transmisibles, para financiar acciones vinculadas a la atención de las personas afectadas por la contaminación por metales pesados, a las que hace referencia los numerales 1 y 2 de la referida Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, debiendo contar además con el refrendo del Ministro de Salud, a solicitud de este último;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, mediante Oficio Nº D000885-2022-SG-MINSA, complementado con los Oficios Nº D001293-2022-SG-MINSA y Nº D000525-2022-OGPPM-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor de diversos gobiernos regionales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar acciones vinculadas a la atención de las personas afectadas por la contaminación por metales pesados, en el marco de lo establecido en el numeral 3 de la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365;
adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº D000112-2022-OGPPM-OP-MINSA, Nº D000204-2022-OGPPM-OP-MINSA y Nº D000245-2022-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los sustentos respectivos;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 2
969 438,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA
Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y
00/100 SOLES); por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos regionales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 2 969 438,00 (DOS
MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos regionales, para el producto 3043997. Tamizaje y tratamiento de pacientes afectados por metales pesados del Programa Presupuestal 0018
Enfermedades No Transmisibles, para financiar acciones vinculadas a la atención de las personas afectadas por la contaminación por metales pesados, en el marco de lo establecido en el numeral 3 de la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del sector público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 2 969 438,00
------------------ TOTAL EGRESOS 2 969 438,00
==========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0018 : Enfermedades No Transmisibles PRODUCTO 3043997 : Tamizaje y Tratamiento de Pacientes Afectados por Metales Pesados ACTIVIDAD 5000103 : Exámenes de Tamizaje y Tratamiento de Personas Afectadas por Intoxicación de Metales Pesados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 2 969 438,00
----------------- TOTAL EGRESOS 2 969 438,00
==========
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por pliego, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos regionales", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05)
días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 292-2022-EF que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 292-2022-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Proyecto
  • Fecha de emision : 2022-12-15
  • Fecha de aplicacion : 2022-12-16

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