12/13/2022

Contratación Servicio Asesoría Legal RM 276-2022-EF/52 Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Resolución Ministerial que aprueba la contratación del Servicio de Asesoría Legal Especializada Internacional en virtud del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público RM 276-2022-EF/52 Lima, 12 de diciembre del 2022 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado a contratar los servicios de asesor…
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Resolución Ministerial que aprueba la contratación del Servicio de Asesoría Legal Especializada Internacional en virtud del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público
RM 276-2022-EF/52
Lima, 12 de diciembre del 2022

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado a contratar los servicios de asesoría legal, financiera y otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente, a la realización de las operaciones a su cargo, dispuestas bajo el ámbito del citado Decreto Legislativo, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante Decreto Supremo Nº 167-2021-EF , se aprueban los "Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público", cuyo literal b) del artículo 4 establece que se consideran servicios especializados vinculados directamente con la realización de las operaciones, a los servicios de asesoría legal especializados internacional y local referidos a la elaboración de contratos, preparación de prospectos informativos, reportes anuales, estructuración, negociación, asesoramiento y demás documentación legal necesaria, con la finalidad que la República del Perú pueda realizar las operaciones de endeudamiento, financiamientos contingentes, garantías, operaciones de administración de deuda y asunciones de deuda, en el mercado local y/o internacional, según lo requerido en cada caso; así como, aquellos servicios vinculados a los procedimientos de registro, inscripciones ante comisiones de valores internacionales, y a cualquier otro acto legal, de conformidad con los requerimientos del mercado;

Que, para efectos de la emisión y colocación de bonos de la República del Perú en la plaza financiera de Nueva York y en cumplimiento de lo dispuesto por las leyes del citado Estado Federal de los Estados Unidos de América, en su oportunidad se registró ante la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos de América - SEC, el documento denominado "Reporte Anual" bajo el formato "18-K", el cual contiene información sobre los valores materia de emisión, el emisor y demás hechos que el inversionista necesita para decidir sobre su inversión y que debe contener información al cierre de cada ejercicio fiscal;

Que, a fin de gestionar la actualización del "Reporte Anual" bajo el formato "18-K", que la República del Perú mantiene registrado ante la SEC y otras plazas financieras internacionales, con información al 31 de diciembre de 2021, se requiere contratar los servicios de un estudio de abogados que ejerza en el Estado de Nueva York, para que brinde servicios de asesoría legal en la gestión de dicho registro;

Que, el numeral 8.4 del artículo 8 de los "Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público" establece que los estudios de abogados seleccionados conforme a
los mismos, podrán ser contratados durante el ejercicio fiscal respectivo, para prestar sus servicios en otras operaciones que se celebren y/o actos legales que se requieran;

Que, en tal sentido, con sujeción a los citados procedimientos, en el presente ejercicio fiscal, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, seleccionó a PAUL HASTINGS LLP, firma de abogados del Estado de Nueva York, como asesor legal internacional para que brinde servicios de asesoría legal a la República del Perú, en la operación de administración de deuda y en la emisión externa e interna de bonos, siendo su contratación aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 255-2022-EF/52;

Que, en dicho contexto, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 8.4 del artículo 8 de los "Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados en el marco del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público", el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, contratará a PAUL HASTINGS LLP, firma de abogados del Estado de Nueva York, para que gestione la actualización del "Reporte Anual" bajo el formato "18-K"
que la República del Perú mantiene registrado ante la SEC
y otras plazas financieras internacionales, requiriéndose aprobar su contratación y autorizar a la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público, a suscribir, en representación del Ministerio, el contrato respectivo;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público y en los Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados en el marco Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, aprobados por el Decreto Supremo Nº 167-2021-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Contratación de servicios de asesoría legal 1.1. Aprobar la contratación de servicios de asesoría legal especializada internacional de la firma de abogados del Estado de Nueva York, PAUL HASTINGS LLP, que se desempeñará como asesor legal internacional para los fines descritos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

1.2. Dicha contratación se efectúa con cargo a las previsiones presupuestales del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 2.- Suscripción de contrato Autorizar al (la) Director(a) General de la Dirección General del Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el contrato de locación de servicios que permita implementar lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Remisión de información Remitir al Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, la información correspondiente a la contratación que se aprueba en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a su realización.

Artículo 4.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www. gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 276-2022-EF/52 que aprueba la contratación del Servicio de Asesoría Legal Especializada Internacional en virtud del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 276-2022-EF/52
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-12-13
  • Fecha de aplicacion : 2022-12-14

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