12/15/2022

Tarifario Único Servicios No Exclusivos Brindados RM 000406-2022-DM/MC Cultura

Proyecto, Cultura Aprueban el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2023 RM 000406-2022-DM/MC San Borja, 13 de diciembre del 2022 VISTOS; el Informe Nº 000553-2022-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 001513-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de de…
Proyecto, Cultura
Aprueban el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2023
RM 000406-2022-DM/MC
San Borja, 13 de diciembre del 2022
VISTOS; el Informe Nº 000553-2022-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 001513-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, el artículo 7 de la citada Ley contempla como funciones exclusivas del Ministerio de Cultura, entre otras, realizar acciones de promoción y difusión del patrimonio cultural de la nación; fomentar las artes, la creación y el desarrollar artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tales fines, propiciando la presencia de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso a la población a las mismas; y formular, proponer, ejecutar y establecer los planes, estrategias y acciones en materia de promoción cultural;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, el cual contempla la naturaleza, estructura y funciones de la Entidad;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de resolución del titular de la entidad, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, el artículo 32 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, regula el establecimiento de tarifas por concepto de visitas o ingresos con fines turísticos a las áreas naturales protegidas, así como a los bienes integrantes
del Patrimonio Cultural de la Nación, señalando que una vez determinadas por el órgano competente, deben ser publicadas en el diario oficial "El Peruano" en el mes de enero más próximo, y entra en vigencia a los doce (12)
meses de su publicación, es decir, en el mes de enero del año siguiente;

Que, en dicho marco, mediante la Resolución Ministerial Nº 000020-2022-DM/MC, se aprueban las nuevas tarifas por concepto de visitas o ingresos a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, Museos y Museos de Sitio, para su aplicación en el Ejercicio Fiscal 2023;

Que, en ese sentido, con el Informe Nº 000553-2022-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000296-2022-OOM/MC de la Oficina de Organización y Modernización, por el cual se sustenta la aprobación del Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2023, que contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Bienes Inmuebles Prehispánicos, Museos e Instituciones Museales a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos, señalando que "los servicios que brinda el Ministerio de Cultura se encuentran relacionados a fomentar las artes, la creación, el desarrollo artístico, una adecuada valoración de la historia patrimonial y monumental de nuestro país; así como, el acceso, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a su Ley de creación";

Que, asimismo, en el Informe Nº 000296-2022-OOM/ MC de la Oficina de Organización y Modernización, se sostiene que el referido Tarifario se encuentra en el marco de lo previsto en el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único de Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y en el artículo 32 de la Ley Nº 29408, Ley General del Turismo; por lo que, propone su aprobación;

Que, con Informe Nº 001513-2022-OGAJ/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente factible aprobar el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2023;

Que, en tal sentido, se estima por conveniente aprobar el tarifario propuesto por la Oficina de Organización y Modernización;

Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo;
el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2023, el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Bienes Inmuebles Prehispánicos, Museos e Instituciones Museales a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos, según se detalla en los anexos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIR PEREZ BRAÑEZ
Ministro de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000406-2022-DM/MC Aprueban el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2023
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000406-2022-DM/MC
  • Emitida por : Cultura - Proyecto
  • Fecha de emision : 2022-12-15
  • Fecha de aplicacion : 2022-12-16

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