1/05/2023
Delegan El/la Gerente General Servicio Nacional RPE Ambiente
Poder Ejecutivo, Ambiente Delegan en el/la Gerente General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, durante el Año Fiscal 2023, la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático RPE 002-2023-SENAMHI/PREJ Lima, 3 de enero de 2023 VISTO: El Memorando Nº D000001-2023-SENAMHI-OPP de fecha 3 de enero de 2023, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modificada por la Ley Nº 27188, establece que el…
Delegan en el/la Gerente General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, durante el Año Fiscal 2023, la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático
RPE 002-2023-SENAMHI/PREJ
Lima, 3 de enero de 2023
VISTO:
El Memorando Nº D000001-2023-SENAMHI-OPP de fecha 3 de enero de 2023, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se adscribe la referida Entidad, como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente;
Que, mediante la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2023;
Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que "El Titular puede delegar sus funciones en materia presupuestaria
cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado";
Que, en virtud de lo señalado en la Novena Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1440, y conforme a lo dispuesto en el numeral 1.8 del artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01 y su modificatoria efectuada a través del artículo 4 de la Resolución Directoral Nº 0024-2022- EF/50.01, para efectos de las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que se efectúan, resulta de aplicación el artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, en este sentido, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, siendo que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, por su parte el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM, señala que la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva del SENAMHI, es Titular del Pliego y ejerce la representación de la entidad ante las entidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional;
Que, teniendo en consideración las normas antes citadas, y con el propósito de lograr una mayor fl uidez a la gestión administrativa de la Entidad y cumplir de manera oportuna y eficaz las funciones institucionales del SENAMHI, resulta necesario delegar en el/la Gerente General, la facultad y atribución que corresponde al Titular de la Entidad, que no son privativas a su función durante el Año Fiscal 2023; en tal sentido, debe expedirse la resolución correspondiente;
Con el visado del Gerente General (e), de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, su modificatoria Ley Nº 27188; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM; y el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
SE RESUELVE:
METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA - SENAMHI, del Pliego 331. SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA
E HIDROLOGÍA.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Gerencia General, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUILLERMO ANTONIO BAIGORRIA PAZ
Presidente Ejecutivo Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI
NORMA LEGAL:
- Titulo: RPE 002-2023-SENAMHI/PREJ Delegan en el/la Gerente General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, durante el Año Fiscal 2023, la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
- Numero : 002-2023-SENAMHI/PREJ
- Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-01-05
- Fecha de aplicacion : 2023-01-06
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