2/19/2023

Campañas Educación E Información Ambiental perú RM 064-2023-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Disponen que las campañas de educación e información ambiental "Perú Limpio - Chuya Chuya Perú" y "Gran Cruzada Verde" constituyen acciones prioritarias a nivel nacional del Sector Ambiental, en el marco del Objetivo Prioritario 9 de la Política Nacional del Ambiente al 2030 RM 064-2023-MINAM Lima, 17 de febrero de 2023 VISTOS; el Informe Nº 00015-2023-MINAM/VMGA/ DGECIA/DECA de la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental; el Memorando Nº 00180-2023-MINAM/ VMGA/DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; e…
Poder Ejecutivo, Ambiente
Disponen que las campañas de educación e información ambiental "Perú Limpio - Chuya Chuya Perú" y "Gran Cruzada Verde" constituyen acciones prioritarias a nivel nacional del Sector Ambiental, en el marco del Objetivo Prioritario 9 de la Política Nacional del Ambiente al 2030
RM 064-2023-MINAM
Lima, 17 de febrero de 2023
VISTOS; el Informe Nº 00015-2023-MINAM/VMGA/ DGECIA/DECA de la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental; el Memorando Nº 00180-2023-MINAM/ VMGA/DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Memorando Múltiple Nº 00012-2023-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, de acuerdo con el literal a) de los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad tiene la función general de formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política Nacional del Ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas de su competencia;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM
se aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030, cuyo Objetivo Prioritario 9 "Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía" busca dotar a los diversos actores económicos y sociales de capacidades (conocimientos, actitudes y prácticas), a fin de generar una acción diaria acorde con los principios de cuidado y uso sostenible del ambiente;

Que, el citado Objetivo Prioritario está relacionado, entre otras, con la Política Nacional de Educación Ambiental, aprobada por Decreto Supremo Nº 017-2012-ED, la cual tiene como objetivo general desarrollar la educación y la cultura ambiental orientadas a la formación de una ciudadanía ambientalmente responsable y una sociedad peruana sostenible, competitiva, inclusiva y con identidad;

Que, de acuerdo con el literal c) del artículo 115 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental tiene la función de promover la implementación de acciones de educación y ciudadanía ambiental, en coordinación con las entidades competentes y el sector privado;

Que, mediante Memorando Nº 00180-2023-MINAM/ VMGA/DGECIA, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental hace suyo el Informe Nº 00015-2023-MINAM/VMGA/DGECIA/DECA
elaborado por la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental, en el cual se señala que en el Perú se generan más de 8 millones de toneladas de residuos sólidos municipales al año, de los cuales aproximadamente el 78% tienen potencial de valorización (residuos orgánicos e inorgánicos aprovechables); sin embargo, en el año 2021 solo fueron valorizados un poco más de 148 mil toneladas de residuos sólidos municipales (lo cual equivale al 1.8% del total generado). Ante esta problemática, se estima necesario impulsar la campaña de educación e información ambiental "Perú Limpio - Chuya Chuya Perú", que tiene como objetivo promover en la ciudadanía el consumo responsable, el adecuado manejo de los residuos sólidos, así como contribuir a mejorar su comportamiento ambiental en el cuidado y conservación de los espacios públicos (manteniéndolos limpios);

Que, asimismo, en el citado Informe se indica que, en el mes de enero de 2023, en la región San Martín se desarrolló la campaña de educación e información ambiental "Gran Cruzada Verde", con la participación del Gobierno Nacional, del gobierno regional, los gobiernos locales, el sector privado, las organizaciones sociales y la sociedad civil, con el objetivo de contribuir a la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y la mejora de la calidad ambiental, siendo pertinente replicar esta campaña a nivel nacional;

Que, en este contexto, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental propone que las campañas de educación e información ambiental "Perú Limpio - Chuya Chuya Perú" y "Gran Cruzada Verde" se consideren como acciones prioritarias del Sector Ambiental, en el marco del Objetivo Prioritario 9 de la Política Nacional del Ambiente al 2030, orientadas a fomentar y fortalecer las buenas prácticas ambientales de la ciudadanía respecto de la conservación de los recursos naturales, el consumo responsable y el manejo adecuado de los residuos sólidos; por lo que corresponde emitir el respectivo acto resolutivo;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer que las campañas de educación e información ambiental "Perú Limpio - Chuya Chuya Perú" y "Gran Cruzada Verde" constituyen acciones prioritarias a nivel nacional del Sector Ambiental, orientadas a fomentar y fortalecer las buenas prácticas ambientales de la ciudadanía respecto de la conservación de los recursos naturales, el consumo responsable y el manejo adecuado de los residuos sólidos, en el marco del Objetivo Prioritario 9 de la Política Nacional del Ambiente al 2030, aprobada por Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM.

Artículo 2.- La Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental del Ministerio del Ambiente implementa las campañas de educación e información ambiental señaladas en el artículo precedente, en coordinación con las entidades competentes, el sector privado y la sociedad civil.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBINA RUIZ RÍOS
Ministra del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 064-2023-MINAM Disponen que las campañas de educación e información ambiental "Perú Limpio - Chuya Chuya Perú" y "Gran Cruzada Verde" constituyen acciones prioritarias a nivel nacional del Sector Ambiental, en el marco del Objetivo Prioritario 9 de la Política Nacional del Ambiente al 2030
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 064-2023-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-02-19
  • Fecha de aplicacion : 2023-02-20

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