3/23/2023

Dos Fichas Homologación Denominadas: durmientes RM 0089-2023-MIDAGRI Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban dos Fichas de Homologación denominadas: "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha angosta" y "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha estándar o normal" RM 0089-2023-MIDAGRI Lima, 22 de marzo del 2023 VISTOS: El Oficio Nº D000122-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE de la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, sobre la aprobación de dos (02) Fichas de Homologación; el Oficio Nº 000626-2022-PERU COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS y el In…
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban dos Fichas de Homologación denominadas: "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha angosta" y "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha estándar o normal"
RM 0089-2023-MIDAGRI
Lima, 22 de marzo del 2023
VISTOS:

El Oficio Nº D000122-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE de la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, sobre la aprobación de dos (02) Fichas de Homologación; el Oficio Nº 000626-2022-PERU COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS y el Informe Nº 286-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ejerciendo competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos;
riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito
de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS; una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentren bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, los numerales 30.1 y 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, (en adelante el Reglamento) señalan que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERU COMPRAS y que el uso de la Ficha de Homologación es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento prescribe, entre otros, que la aprobación de la Ficha de Homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERU COMPRAS, siendo esta facultad indelegable;

Que, el numeral 31.2 del artículo 31 del Reglamento establece que el proyecto de Ficha de Homologación se prepublica en el portal institucional de la Entidad que realiza la homologación, de PERU COMPRAS y en el SEACE a fin de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido por un periodo mínimo de quince (15) días hábiles, contando la Entidad con un plazo de quince (15) días hábiles para evaluar y, de ser el caso, modificar el proyecto de ficha de homologación;

Que, el numeral 8.10 de la Directiva Nº 006-2020-PERU
COMPRAS denominada "Proceso de Homologación de Requerimientos" (en adelante la Directiva), aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS
establece que una vez finalizadas las actividades de prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación y evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones al proyecto de Ficha de Homologación, los ministerios solicitarán a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS emitir opinión respecto de la viabilidad del proyecto de Fichas de Homologación;

Que, el sub numeral 8.13.1 del numeral 8.13 de la Directiva señala que contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante Resolución Ministerial, la cual será publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el sub numeral 8.13.2 del numeral 8.13 de la Directiva establece que "El Ministerio deberá remitir a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU
COMPRAS la Resolución de aprobación y la Ficha de Homologación aprobada, el mismo día de publicada en el Diario Oficial "El Peruano", a efectos de gestionar su incorporación en la "Relación de Fichas de Homologación vigentes" publicada en el portal institucional de PERU
COMPRAS";

Que, por Oficio Nº 000626-2022-PERU COMPRAS-JEFATURA el Jefe de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, remite el Informe Nº 000195-2022-PERU COMPRAS-DES de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS, mediante el cual emite opinión favorable sobre los Proyectos de Fichas de Homologación denominadas: "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha angosta" y "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha estándar o normal";

Con las visaciones del Secretario General, del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS que aprueba la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS denominada "Proceso de homologación de requerimientos";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar dos (02) Fichas de Homologación denominadas: "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha angosta" y "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha estándar o normal", que como Anexos 1 y 2 forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle:

Nº Código CUBSO Denominación del Bien 1
30103621-00391041
Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha angosta 2
30103621-00391042
Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha estándar o normal Artículo 2.- Disponer se remita a la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS las Fichas de Homologación aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY PAREDES DEL CASTILLO
Ministra de Desarrollo Agrario y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0089-2023-MIDAGRI Aprueban dos Fichas de Homologación denominadas: "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha angosta" y "Durmientes de madera sin preservar para vías férreas de trocha estándar o normal"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0089-2023-MIDAGRI
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-03-23
  • Fecha de aplicacion : 2023-03-24

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