3/20/2023

Medida Excepcional Transitoria Exceptuar RGGR 000092-2023-PROMPERU/GG Salud

Organismos Reguladores, Salud Aprueban medida excepcional y transitoria de exceptuar del requisito de "pago de la cuota de participación" para las empresas que deseen participar en la Feria Food and Drink Even (IFE), edición 2023 RGGR 000092-2023-PROMPERU/GG San Isidro, 17 de marzo del 2023 VISTOS: El Informe Nº 001-2023-PROMPERU/ DO-LON de la OCEX Londres, los Memorandos Nº 182-2023-PROMPERU/DO, Nº 315-2023-PROMPERU/ DO y Nº 318-2023-PROMPERU/DO de la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, el Informe Técnico Nº 022-2023-PROMPERU/DX-SPC-DAGN del Departamento …
Organismos Reguladores, Salud
Aprueban medida excepcional y transitoria de exceptuar del requisito de "pago de la cuota de participación" para las empresas que deseen participar en la Feria Food and Drink Even (IFE), edición 2023
RGGR 000092-2023-PROMPERU/GG
San Isidro, 17 de marzo del 2023
VISTOS: El Informe Nº 001-2023-PROMPERU/ DO-LON de la OCEX Londres, los Memorandos Nº 182-2023-PROMPERU/DO, Nº 315-2023-PROMPERU/ DO y Nº 318-2023-PROMPERU/DO de la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, el Informe Técnico Nº 022-2023-PROMPERU/DX-SPC-DAGN del Departamento de Agronegocios, el Memorando Nº 292-2023-PROMPERU/DX-SPC de la Subdirección de Promoción Comercial, el Memorando Nº 170-2023-PROMPERU/DX de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, el Informe Nº 037-2023-PROMPERU/ GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 195-2023-PROMPERU/GG-OAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 que "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal";

Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015- PROMPERU/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERU, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERU, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;

Que, el artículo 1 de la Resolución Nº 197-2021-PROMPERU/GG, del 10 de noviembre de 2021, que modifica la Carta de Servicios de PROMPERU, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERU/SG y sus modificatorias, incorporó en la sección "Condiciones Generales", la misma que establece que "se podrán aprobar mediante Resolución de Gerencia General, medidas excepcionales y transitorias relacionadas con las disposiciones contenidas en el presente documento, para lo cual se deberá contar con el debido sustento contenido en un informe técnico 13 NORMAS LEGALES
Lunes 20 de marzo de 2023
elaborado por el área usuaria que la proponga, en el cual se justificará de igual forma la temporalidad de dicha medida, debiendo contar con la opinión favorable de la Subdirección y Dirección correspondiente, así como de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto";

Que, a través del Memorando Nº 182-2023- PROMPERU/DO la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, traslada el Informe Nº 001-2013-PROMPERU/DO-LON de la OCEX Londres, mediante la cual proponen la exoneración de la cuota de participación a las empresas peruanas que deseen participar en la Feria Food and Drink Even (IFE), edición 2023;

Que, mediante Memorando Nº 170-2023-PROMPERU/ DX la Dirección de Promoción de las Exportaciones, traslada el Memorando Nº 292-2023-PROMPERU/DX-SPC de la Subdirección de Promoción Comercial, quien a su vez remite el Informe Técnico Nº 022-2023-PROMPERU/ DX-SPC-DAGN del Departamento de Agronegocios mediante el cual señala que "se propone la exoneración de la cuota de participación de las empresas, debido a la importancia del mercado, la misma que representa oportunidad a las empresas de ingresar y posicionarse en la región europea, además de motivar la presencia peruana en actividades de dicha índole. Asimismo, cabe resaltar que es la primera edición en la cual el Perú se presenta con un pabellón país";

Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERU/PE, corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional;

Que, a través del Informe Nº 037-2023-PROMPERU/ GG-OPP , la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la propuesta trasladada por la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior; y en consecuencia encuentra procedente aprobar la medida excepcional y transitoria, de exceptuar el requisito de pago de la cuota de participación para las empresas que deseen participar en la Feria Food and Drink Even (IFE), edición 2023;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la OCEX Londres, trasladada por la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior y por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, atendiendo a que el mismo ha sido elaborado según las pautas señaladas en la Carta de Servicios;

Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, precisándose en su artículo 2 que el Titular de la Entidad, mediante Resolución, establecerá la descripciones de los bienes y servicios objeto de comercialización por parte de la Entidad, entre 14 NORMAS LEGALES Lunes 20 de marzo de 2023
otros; estableciéndose que toda modificación a dicha resolución, deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante el literal b) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 005-2023-PROMPERU/PE, se delega al Gerente General la facultad de "aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modificatorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional";

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERU/PE, que aprueba el Texto Integrado del ROF de PROMPERU, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 005-2023-PROMPERU/PE;

Con el visto bueno de las Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Subdirección de Promoción Comercial, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la medida excepcional y transitoria, de exceptuar del requisito de "pago de la cuota de participación" para las empresas que deseen participar en la Feria Food and Drink Even (IFE), edición 2023.

Artículo 2.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERU realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA DEL SOL VELÁSQUEZ GARCÍA
Gerente General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RGGR 000092-2023-PROMPERU/GG Aprueban medida excepcional y transitoria de exceptuar del requisito de "pago de la cuota de participación" para las empresas que deseen participar en la Feria Food and Drink Even (IFE), edición 2023
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL RESOLUCIÓN
  • Numero : 000092-2023-PROMPERU/GG
  • Emitida por : Salud - Organismos Reguladores
  • Fecha de emision : 2023-03-20
  • Fecha de aplicacion : 2023-03-21

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