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Nts 199 minsa/cdc 2023 vigilancia Epidemiológica RM 239-2023/MINSA Salud
3/04/2023
Nts 199 minsa/cdc 2023 vigilancia Epidemiológica RM 239-2023/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Aprueban la NTS Nº 199-MINSA/CDC-2023, "Vigilancia epidemiológica de cáncer en general y cáncer en niños y adolescentes - Registro Hospitalario" RM 239-2023/MINSA Lima, 3 de marzo del 2023 Visto, el Expediente Nº CDC00020220001120, que contiene la Nota Informativa Nº D000441-2022-CDC-MINSA y el Memorándum Nº D000325-2023-CDC-MINSA del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; y el Informe Nº D000127-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del T…
Aprueban la NTS Nº 199-MINSA/CDC-2023, "Vigilancia epidemiológica de cáncer en general y cáncer en niños y adolescentes - Registro Hospitalario"
RM 239-2023/MINSA
Lima, 3 de marzo del 2023
Visto, el Expediente Nº CDC00020220001120, que contiene la Nota Informativa Nº D000441-2022-CDC-MINSA y el Memorándum Nº D000325-2023-CDC-MINSA del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; y el Informe Nº D000127-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales 1) y 5) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas y en inteligencia sanitaria; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otras;
Que, de otro lado, conforme al artículo 119 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, responsable de gestionar los procesos de vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria, así como las demás funciones establecidas en la normatividad vigente;
Que, el literal a) del artículo 120 del citado Reglamento establece como función del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, formular, proponer e implementar normas, lineamientos y documentos normativos
en materia de vigilancia epidemiológica en salud pública y análisis de situación en salud;
Que, mediante los documentos del visto, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades propone la Norma Técnica de Salud "Vigilancia epidemiológica de cáncer en general y cáncer en niños y adolescentes - Registro Hospitalario";
Con el visado del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y Nº 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 660-2006/MINSA.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO
Ministra de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 239-2023/MINSA Aprueban la NTS Nº 199-MINSA/CDC-2023, "Vigilancia epidemiológica de cáncer en general y cáncer en niños y adolescentes - Registro Hospitalario"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 239-2023/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-03-04
- Fecha de aplicacion : 2023-03-05
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