3/01/2023

Redimensionamiento Bosque Producción Permanente RDE Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, respecto la Zona 2A RDE D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 28 de febrero del 2023 VISTOS: El Informe Técnico Nº D000244-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO de la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal Nº D000089-2023-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Ases…
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, respecto la Zona 2A
RDE D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE
Magdalena del Mar, 28 de febrero del 2023
VISTOS:

El Informe Técnico Nº D000244-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO de la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal Nº D000089-2023-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego -
MIDAGRI;

Que, el artículo 28 de la citada Ley, señala que las unidades de ordenamiento forestal, entre ellos, los bosques de producción permanente se establecen mediante resolución ministerial del Ministerio de Agricultura (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego);

Que, el articulo 8 numeral 1, literal a), de la derogada Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, estableció que los bosques de producción permanente son áreas con bosques naturales primarios que mediante resolución ministerial del Ministerio de Agricultura (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego), se ponen a disposición de los particulares para el aprovechamiento preferentemente de la madera y de otros recursos forestales y de fauna silvestre, a propuesta del ex Instituto Nacional de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre -
INRENA;

Que, por otro lado, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, señala que los Bosques de Producción Permanente establecidos en el marco de la derogada Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, continúan vigentes, conforme a las normas de su creación;

Que, a tenor del marco legal vigente, los Bosques de Producción Permanente establecidos al amparo de la derogada Ley Nº 27308, continúan vigentes, entre ellos, el Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco (en adelante, BPP Huánuco), creado mediante Resolución Ministerial Nº 549-2002-AG, cuya superficie aprobada fue de 880 846 hectáreas (ochocientos ochenta mil ochocientos cuarenta y seis hectáreas), comprendidas por las siguientes zonas: Zona 1 (262 307 ha.) y Zona 2 (618 639 ha.);

Que, al haberse creado el BPP Huánuco por Resolución Ministerial Nº 549-2002-AG, resulta de competencia del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobar su redimensionamiento, en concordancia con lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI;

Que, por otro lado, mediante Resolución Ministerial Nº 0368-2018-MINAGRI, modificada por Resolución Ministerial Nº 0442-2019-MINAGRI, se aprueban los "Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente"; asimismo, a través de su artículo 3, se delega en el SERFOR la competencia para aprobar el redimensionamiento de los Bosques de Producción Permanente, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Que, a su vez, el artículo 4 de los citados Lineamientos estipula las causales para la exclusión de áreas de Bosques de Producción Permanente, estableciéndose en el numeral 4.1, literal c), la causal denominada "Derechos otorgados por la autoridad competente para el caso de áreas de propiedad privada"; y en su artículo 7, establece la documentación necesaria para la exclusión de dichas áreas del BPP;

Que, mediante la Carta S/N de fecha 23 de enero de 2020, el ciudadano Adrián Néstor Murga Villegas, identificado con DNI Nº 21553522, solicita y remite la documentación para el redimensionamiento del BPP
Huánuco por exclusión del área del predio AG-3-33, de su titularidad, en aplicación de la causal denominada "Derechos otorgados por la autoridad competente para el caso de áreas de propiedad privada";

Que, el Informe Técnico Nº D000244-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO de la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento, contiene el análisis de la propuesta de redimensionamiento del BPP Huánuco, respecto de la Zona 2A por exclusión del área del predio AG-3-33, la cual fue solicitada por el ciudadano Adrián Néstor Murga Villegas, señalando que se enmarca en la causal prevista en el literal c) del numeral 4.1 del artículo 4 de los "Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente"; asimismo, que los documentos presentados se encuentran conforme a la documentación necesaria establecida en el artículo 7 de los citados Lineamientos;
ante lo cual propone el redimensionamiento de la Zona 2A del BPP Huánuco;

Que, de esa manera, para efectos del redimensionamiento del BPP Huánuco, el Cuadro Nº 04: Área actual del BPP de Huánuco, incluido en el Informe Técnico Nº D000244-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, describe que el área actual del citado BPP es 612455.3134 ha (seiscientos doce mil cuatrocientos cincuenta y cinco hectáreas con tres mil ciento treinta y cuatro metros cuadrados), conforme se muestra a continuación:
Área actual del BPP de Huánuco
ZONA
AREA OFICIAL (ha)
DOCUMENTO LEGAL
ZONA 1A 117193.4327
RDE Nº D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE
ZONA 1B 70232.6745
RDE Nº D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE
ZONA 1C 69737.7555
RDE Nº D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE
ZONA 2A 152266.9853
RDE Nº D000037-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE
ZONA 2A-1 137.2377
RDE Nº D000037-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE
ZONA 2A-2 50.6364
RDE Nº D000037-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE
ZONA 2B 34768.0731
RDE Nº D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE
ZONA 2C-1 6040 RJ Nº 096-2008-INRENA
ZONA 2C-2a 22127.876
RDE Nº D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE
ZONA 2C-2b1 2086
RJ Nº 096-2008-INRENA
ZONA 2C-2b2 33521
ZONA 2C-2c 1781
ZONA 2C-3a 4633
ZONA 2C-3b 5431
ZONA 2C-3c 39364.6422
RDE Nº D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE
ZONA 2C-4 53084 RJ Nº 096-2008-INRENA
TOTAL 612455.3134 ------Datum WGS 84 y Zona UTM 18 Sur Fuente: Informe Técnico Nº D000244-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO
Que, asimismo, la mencionada Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento, refiere en el Informe Técnico Nº D000244-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, que en virtud a la exclusión de áreas del predio AG-3-33 se propone el redimensionamiento de la Zona 2A del BPP Huánuco, teniendo como resultado que la Zona 2A quedaría conforme se detalla en el Cuadro 5: Propuesta de redimensionamiento de la Zona 2A del BPP Huánuco, incluido en el numeral 4.3 del citado Informe Técnico, tal como se muestra a continuación:

Cuadro Nº 05: Propuesta de redimensionamiento de la Zona 2A del BPP Huánuco Fuente: Informe Técnico Nº D000244-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO
Del BPP Huánuco Del Área a Excluir Zona Resolución Área Oficial (ha)
Área SIG (ha)
1
Área (ha) del predio en el BPP
-2
Área (ha) Final Resultante de la Zona 2A del BPP
Huánuco (1)-(2)
Zona 2A
RDE Nº D000037-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE
152266.9853 152266.9853 60.00 152206.9853
Que, a su vez, la citada Dirección indica que, como consecuencia del redimensionamiento propuesto, la superficie total actual del BPP Huánuco (612455.3134) se modificará a una superficie de 612395.3134 ha, que incluye todas las zonas, lo cual se aprecia en el Cuadro Nº 7: Resumen de la propuesta de redimensionamiento del BPP Huánuco, incluido en el citado Informe Técnico.

Resumen de la propuesta de redimensionamiento de la Zona 2A del BPP Huánuco BPP Huánuco Área Total (ha)
oficial RDE
Nº D000037-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE
Zona 2A del BPP Huánuco Del Área a Excluir BPP Huánuco Área (ha) Total Final Zona Resolución Área Oficial (ha)
Área SIG (ha)
1
Área (ha) total del predio en el
BPP
-2
Área (ha) Final Resultante de la Zona 2A del BPP de Huánuco (1)-(2)
612455.3134
Zona 2A
RDE Nº D000037-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE
152266.9853 152266.9853 60.00 152206.9853
612395.3134
TOTAL 152266.9853 152266.9853 60.00 152206.9853
Fuente: Informe Técnico Nº D000244-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO
Que, en el marco de lo dispuesto en los Lineamientos, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del documento del Vistos, efectúa la revisión del expediente administrativo que sustenta el redimensionamiento de la Zona 2A del BPP Huánuco y verifica que este se enmarca en la causal denominada "Derechos otorgados por la autoridad competente para el caso de áreas de propiedad privada" prevista en el literal c) del numeral 4.1 del artículo 4 de los Lineamientos; por lo que, en virtud a la delegación otorgada al SERFOR mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0368-2018-MINAGRI, modificada por Resolución Ministerial Nº 0442-2019-MINAGRI, concluye que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que apruebe el redimensionamiento de la Zona 2A del Bosque de Producción Permanente de Huánuco;

Que, asimismo, precisa que, los derechos otorgados o que se otorguen sobre las áreas excluidas, no otorgan titularidad sobre los recursos forestales y de fauna silvestre existentes, ya que éstos constituyen Patrimonio Forestal Nacional; debiendo solicitar a la autoridad competente, las autorizaciones y permisos correspondientes para el aprovechamiento de dichos recursos, conforme a lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente;

Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución de Dirección Ejecutiva el redimensionamiento de la Zona 2A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco;

Que, de conformidad con el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR expide resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo;

Que, estando a las consideraciones expuestas, con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; la Resolución Ministerial Nº 0368-2018-MINAGRI, que aprueba los "Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente", su modificatoria y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, respecto la Zona 2A, al quedar con un área de 152206.9853 ha; de acuerdo con el Mapa y Cuadros Descriptivos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución; quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco con una superficie total de 612395.3134 ha., según el detalle siguiente:

BPP Huánuco Área Total (ha)
oficial RDE
Nº D000037-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE
Zona 2A del BPP Huánuco Del Área a Excluir BPP Huánuco Área (ha) Total Final Zona Resolución Área Oficial (ha)
Área SIG (ha)
1
Área (ha) total del predio en el BPP
-2
Área (ha) Final Resultante de la Zona 2A del BPP de Huánuco (1)-(2)
612455.3134
Zona 2A
RDE Nº
D000037-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE
152266.9853 152266.9853 60.00 152206.9853
612395.3134
TOTAL 152266.9853 152266.9853 60.00 152206.9853
Artículo 2.- Para el aprovechamiento y uso de los recursos forestales y de fauna silvestre existentes en las áreas excluidas, corresponde que los titulares de dichas áreas cumplan con lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente.

Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, proceda a inscribir ante la Zona Registral competente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP la información referente al redimensionamiento dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y al ciudadano Adrián Néstor Murga Villegas, para los fines pertinentes.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así también, se publica la presente Resolución y sus Anexos en la sede digital del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (https://www.gob.pe/serfor).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO GONZÁLES - ZÚÑIGA GUZMÁN
Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDE D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Aprueban el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, respecto la Zona 2A
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-03-01
  • Fecha de aplicacion : 2023-03-02

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