4/21/2023

Informe Multianual Inversiones Asociaciones RM 164-2023-MINEM/DM Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del subsector eléctrico para el periodo 2023-2026 RM 164-2023-MINEM/DM Lima, 20 de abril de 2023 VISTOS: El Acta de la Sesión Nº 06 del Comité de Promoción de la Inversión Privada en Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; los Informes Nº 0108-2023-MINEM/DGE, Nº 0126-2023-MINEM/DGE y Nº 0140-2023-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 089-2023-MINEM-OGPP-OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Ofici…
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del subsector eléctrico para el periodo 2023-2026
RM 164-2023-MINEM/DM
Lima, 20 de abril de 2023
VISTOS: El Acta de la Sesión Nº 06 del Comité de Promoción de la Inversión Privada en Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; los Informes Nº 0108-2023-MINEM/DGE, Nº 0126-2023-MINEM/DGE
y Nº 0140-2023-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 089-2023-MINEM-OGPP-OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0431-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, se establece que el Ministerio de Energía y Minas ejerce las funciones rectoras de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; asimismo, le corresponde como competencia específica, promover la inversión sostenible en las actividades del sector;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, se declara de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas (en adelante, APP)
y Proyectos en Activos (en adelante, PA), para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas de infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país;

Que, los numerales 40.1 y 40.2 del artículo 40 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado
por el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF (en adelante, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362), disponen que, corresponde a la entidad pública titular del proyecto la priorización y desarrollo de los proyectos de APP y PA, así como, que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas (en adelante, IMIAPP)
es el instrumento de gestión elaborado por cada entidad pública titular del proyecto, que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de APP y PA, a fin de ser promovidos en los siguientes tres (03) años a su elaboración. Dicho informe tiene una vigencia de tres (03)
años contados a partir de su aprobación;

Que, el artículo 12 del precitado Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, establece que el rol de los Organismos Promotores de la Inversión Privada es ejercido alternativamente por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, o por el Comité de Promoción de la Inversión Privada (en adelante, CPIP) de la entidad pública titular del proyecto;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 180-2019-MEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas crea el CPIP en Electricidad y el CPIP en Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, con el objeto de llevar adelante los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1362, dispone que tratándose del IMIAPP del subsector electricidad del Gobierno Nacional, la aprobación por parte de la entidad pública titular del proyecto se realiza con base en el Plan de Transmisión regulado en la Ley Nº 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica, bajo su responsabilidad, no requiriendo la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 459-2022-MINEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas aprueba el Plan de Transmisión 2023-2032, el mismo que está vigente a partir de 01 de enero de 2023, hasta el 31 de diciembre de 2024;

Que, mediante Acuerdo CPIP ELECTRICIDAD Nº 01-06 de fecha 20 de marzo de 2023, el CPIP en Electricidad otorga su conformidad a la propuesta de IMIAPP del subsector eléctrico para el periodo 2023-2026, elaborada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con la Dirección General de Electricidad;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 40.5 y 40.8 del artículo 40 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, el IMIAPP es aprobado mediante Resolución Ministerial del sector, en consecuencia, en un plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a su aprobación, la entidad pública titular del proyecto debe publicar el mismo en su portal institucional y remitirlo a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que el IMIAPP del subsector eléctrico para el periodo 2023-2026, cumple con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, y sus modificatorias;
por lo que se concluye que corresponde su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del subsector eléctrico para el periodo 2023-2026, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe);
así como su notificación a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, ambos dentro del plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 164-2023-MINEM/DM Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del subsector eléctrico para el periodo 2023-2026
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 164-2023-MINEM/DM
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-04-21
  • Fecha de aplicacion : 2023-04-22

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.