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Vacancia Cargo Vocal Sala Especializada Minería RCD 00006-2023-OEFA/CD OEFA
4/06/2023
Vacancia Cargo Vocal Sala Especializada Minería RCD 00006-2023-OEFA/CD OEFA
Organismos Ejecutores, Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental Declaran vacancia del cargo de Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, y dictan otras disposiciones RCD 00006-2023-OEFA/CD Lima, 4 de abril de 2023. VISTOS: El Informe Nº 00003-2023-OEFA/TFA-ST, elaborado por la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, los Informes números 00085 y 00109-2023-OEFA/OAJ, elaborados por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: …
Declaran vacancia del cargo de Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, y dictan otras disposiciones
RCD 00006-2023-OEFA/CD
Lima, 4 de abril de 2023.
VISTOS: El Informe Nº 00003-2023-OEFA/TFA-ST, elaborado por la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, los Informes números 00085
y 00109-2023-OEFA/OAJ, elaborados por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del Sinefa), dispone que el OEFA cuenta con un Tribunal de
Fiscalización Ambiental (en adelante, el TFA) que ejerce funciones como última instancia administrativa;
Que, asimismo, el Numeral 10.2 del Artículo 10º de la Ley del Sinefa, establece que el TFA cuenta con Salas Especializadas, cuya conformación y funcionamiento se regulan mediante Resolución del Consejo Directivo; y, que los vocales del TFA son elegidos, previo concurso público, por Resolución del Consejo Directivo, por un periodo de cuatro (4) años;
Que, por su parte, el Literal a) del Artículo 22º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM (en adelante, el ROF del OEFA), señala que es causal de vacancia de los/las vocales del TFA, el vencimiento del plazo de cuatro (4) años para el cual fue elegido/a, salvo que haya sido designado/a por un periodo adicional;
Que, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 020-2019-OEFA/CD, modificado por la Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2020-OEFA/CD, se aprueba el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el RIFTA) cuyo objeto es regular la organización y las funciones del TFA;
Que, el Artículo 7º del RIFTA, señala que los/as vocales del TFA únicamente pueden ser vacados/as en caso incurran en alguna de las causales establecidas en el Artículo 22º del ROF del OEFA; y, que la vacancia se realiza mediante Resolución del Consejo Directivo del
OEFA;
Que, bajo ese contexto, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 002-2019-OEFA/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 09 de enero de 2019, se designa, entre otros, al señor César Abraham Neyra Cruzado, como Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del TFA;
Que, asimismo, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 021-2019-OEFA/CD, modificada por las Resoluciones del Consejo Directivo números 027-2019-OEFA/CD, 00009 y 00015-2022-OEFA/CD, se conforma la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del TFA, la cual está integrada por los/as siguientes vocales: (i) señor César Abraham Neyra Cruzado; (ii) señora Mary Rojas Cuesta; (iii) señor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo; y, (iv)
señor Ricardo Hernán Iberico Barrera;
Que, en el marco de lo establecido en el Numeral 17.1 del Artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y, considerando que: (i) la designación del señor César Abraham Neyra Cruzado como Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del TFA, culminó el 09 de enero de 2023; y, (ii) el número de vocales integrantes de la referida Sala Especializada se encontraría desactualizada; toda vez que, desde el 10 de enero de 2023, se encuentra conformada por tres (3) vocales, resulta necesario disponer que el acto resolutivo tenga eficacia anticipada a su emisión;
Que, en ese sentido, y a fin de brindar continuidad en el funcionamiento del órgano resolutivo de segunda y última instancia administrativa del OEFA, mediante los documentos de vistos, se sustenta la necesidad de: (i) declarar la vacancia del cargo de Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del TFA del OEFA, con eficacia anticipada al término del 09 de enero de 2023; y, (ii) modificar la conformación de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del TFA, con eficacia anticipada al 10 de enero de 2023;
Que, mediante el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 010-2023, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 006-2023 del 30 de marzo de 2023, el Consejo Directivo aprobó: (i) declarar la vacancia del cargo de Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del TFA del OEFA en relación al señor César Abraham Neyra Cruzado, con eficacia anticipada al término del 09 de enero de 2023, por haber culminado su periodo de designación; y, (ii) modificar, con eficacia anticipada al 10 de enero de 2023, el Artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 021-2019-OEFA/CD, modificada por las Resoluciones del Consejo Directivo números 027-2019-OEFA/CD, 00009 y 00015-2022-OEFA/CD, que conforma la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA;
habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su tramitación y vigencia inmediata;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución del Consejo Directivo Nº 020-2019-OEFA/CD, modificada por la Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2020-OEFA/CD, que aprueba el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; y, en el ejercicio de las facultades otorgadas mediante el Artículo 8º y los Literales f), n)
y o) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 2º.- Modificar, con eficacia anticipada al 10 de enero de 2023, el Artículo 2º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 021-2019-OEFA/CD, modificada por las Resoluciones del Consejo Directivo números 027-2019-OEFA/CD, 00009 y 00015-2022-OEFA/CD, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2º- La Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA estará conformada por los/as siguientes Vocales:
- Señora Mary Rojas Cuesta - Señor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo - Señor Ricardo Hernán Iberico Barrera"
Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución a los/as vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.gob.pe/oefa) en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOHNNY ANALBERTO MARCHÁN PEÑA
Presidente del Consejo Directivo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RCD 00006-2023-OEFA/CD Declaran vacancia del cargo de Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, y dictan otras disposiciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
- Numero : 00006-2023-OEFA/CD
- Emitida por : Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2023-04-06
- Fecha de aplicacion : 2023-04-07
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