6/30/2023

Directiva 004 2023 midis Documentar RM D000121-2023-MIDIS Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban la Directiva Nº 004-2023-MIDIS "Directiva para documentar la gestión por procesos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social" RM D000121-2023-MIDIS San Isidro, 26 de junio del 2023 VISTOS: El Informe Nº D000034-2023-MIDIS-OM de la Oficina de Modernización; el Informe Nº D000146-2023-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº D000364-2023-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Des…
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban la Directiva Nº 004-2023-MIDIS "Directiva para documentar la gestión por procesos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social"
RM D000121-2023-MIDIS
San Isidro, 26 de junio del 2023
VISTOS:

El Informe Nº D000034-2023-MIDIS-OM de la Oficina de Modernización; el Informe Nº D000146-2023-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº D000364-2023-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, en virtud a lo dispuesto por el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, asimismo, el numeral 5-A.1 del artículo 5-A de la Ley Nº 27658, modificado por Decreto Legislativo Nº 1446, establece que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por finalidad velar por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; propiciar la simplificación administrativa; promover y mejorar la calidad de las regulaciones en el ámbito de competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; el gobierno abierto; la coordinación interinstitucional; la racionalidad de la estructura, organización y funcionamiento del Estado; y la búsqueda de mejoras en la productividad y en la gestión de procesos; la evaluación de riesgos de gestión y la gestión del conocimiento, hacia la obtención de resultados;

Que, conforme al literal g) del artículo 7 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, la gestión por procesos es uno de los medios bajo el ámbito del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública que tiene como propósito organizar, dirigir y controlar las actividades de trabajo de una entidad pública de manera transversal a las diferentes unidades de organización, para contribuir con el logro de los objetivos institucionales. Comprende acciones conducentes a la determinación de los procesos de la entidad, así como a su medición y análisis con el propósito de implementar mejoras en su desempeño, priorizando los procesos que contribuyan al logro de los objetivos de la entidad pública o que puedan afectar dicho logro, representen mayor demanda, concentren la mayor cantidad de reclamos o quejas, entre otros similares. Las entidades públicas disponen de herramientas de gestión de la calidad y toman acciones con el fin de incrementar su eficacia y eficiencia;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 103-2022-PCM
se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, en la cual se establece como uno de los componentes del modelo conceptual el seguimiento, evaluación y mejora continua, definido como un componente transversal y de naturaleza permanente, cuyo fin es afianzar dichas acciones y aplicarlo a los componentes de políticas públicas y regulación, estrategia, bienes y servicios, gestión interna y resultados. El mismo debe incorporarse como parte de la gestión permanente y continua de cada uno de los componentes; de esta manera la información que resulte de la gestión de cada uno de ellos debe ser insumo para la evaluación de los componentes y la mejora continua;

Que, en el caso del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución de Secretaría General Nº 020-2014-MIDIS/SG se aprueba la "Guía para el Mapeo de Procesos en la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", con el objetivo de establecer la metodología para realizar el mapeo de procesos en la Sede Central de la entidad;

Que, posteriormente, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2018-PCM/ SGP, se aprueba la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP
"Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública", la cual es de aplicación obligatoria para las entidades a las que se refiere el artículo 3 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, norma que incluye a los Ministerios del Poder Ejecutivo; disponiendo además que las entidades de la administración pública que cuenten con disposiciones normativas internas que establezcan criterios y reglas para la implementación de la gestión por procesos en sus entidades deberán adecuarse a lo dispuesto en la referida Norma Técnica;

Que, en el marco de las funciones establecidas en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDIS, aprobado con
Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS; mediante Informe Nº D000146-2023-MIDIS-OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº D000034-2023-MIDIS-OM de la Oficina de Modernización, a través del cual propone y sustenta la aprobación del proyecto de documento normativo denominado "Directiva para documentar la gestión por procesos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social"; que tiene por objetivo establecer las disposiciones técnicas para la documentación de los procesos, en el marco de la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP "Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública", mediante la aplicación de formatos estandarizados con el fin de contribuir a la entrega de productos que satisfagan las necesidades y expectativas y al logro de los objetivos institucionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con énfasis en los procesos sustantivos necesarios para la implementación de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, aprobada por Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS;

Que, en tal virtud, corresponde dejar sin efecto la Resolución de Secretaría General Nº 020-2014-MIDIS/ SG, que aprueba la "Guía para el Mapeo de Procesos en la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", en la medida que el documento normativo propuesto se adecúa a lo establecido por la Norma Técnica antes señalada y su ámbito de aplicación incluye además a los Programas Nacionales que dependen del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el proyecto de documento normativo propuesto, dejando sin efecto la Resolución de Secretaría General Nº 020-2014-MIDIS/SG;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Oficina de Modernización; y, De conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública; el Decreto Supremo Nº 103-2022-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2018-PCM/SGP, que aprueba la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP "Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública"; y, la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 004-2023-MIDIS
"Directiva para documentar la gestión por procesos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Secretaría General Nº 020-2014-MIDIS/SG, que aprobó la "Guía para el Mapeo de Procesos en la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social".

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de la publicación de la Resolución en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM D000121-2023-MIDIS Aprueban la Directiva Nº 004-2023-MIDIS "Directiva para documentar la gestión por procesos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : D000121-2023-MIDIS
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-06-30
  • Fecha de aplicacion : 2023-07-01

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