6/09/2023

Manual Clasificador Cargos mcc Centro Formación RJ 043-2023-CENFOTUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR) RJ 043-2023-CENFOTUR Barranco, 12 de mayo de 2023 VISTO: El Proveído Nº 003158-2023-OAF/CENFOTUR emitido por la Oficina de Administración y Finanzas, sobre la base del Informe Nº 000052-2023-URRHH/CENFOTUR emitido por su Unidad de Recursos Humanos; Proveído Nº 000955-2023-OPPD/CENFOTUR emitido por Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, sobre la base del Informe Técnico Nº 000072-2023-UPLD/CENFOTUR de su Unidad de Planeamiento y Desarrollo, …
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR)
RJ 043-2023-CENFOTUR
Barranco, 12 de mayo de 2023
VISTO:

El Proveído Nº 003158-2023-OAF/CENFOTUR
emitido por la Oficina de Administración y Finanzas, sobre la base del Informe Nº 000052-2023-URRHH/CENFOTUR
emitido por su Unidad de Recursos Humanos; Proveído Nº 000955-2023-OPPD/CENFOTUR emitido por Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, sobre la base del Informe Técnico Nº 000072-2023-UPLD/CENFOTUR de su Unidad de Planeamiento y Desarrollo, e Informe Nº 000068-2023-OAJ/CENFOTUR emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR);

CONSIDERANDO:

Que, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR
es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley Nº 22155 - Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo Nº 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certificación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2023-MINCETUR, se aprobó la Sección Primera Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del CENFOTUR, entre otros puntos establece que, el CENFOTUR se encuentra obligado a la adecuación de sus instrumentos de gestión a lo establecido en el ROF, en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días hábiles, contando a partir de la entrada en vigencia;
asimismo, indica que su entrada en vigencia es a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución del Titular Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR)
que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, de conformidad a su segunda y quinta disposición complementaria final;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 056-2023-CENFOTUR/DN, se aprobó la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del CENFOTUR, con lo cual entra en vigencia el nuevo ROF del CENFOTUR y la obligación de adecuar sus instrumentos de gestión antes señalada;

Que, mediante Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, establece que las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los perfiles de puestos, de conformidad a su artículo 6;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley del Servicio Civil, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos, de conformidad al artículo 3;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 016-2020, se habilitó al CENFOTUR a fin de poder contratar a sus docentes en el marco de la Ley Nº 30512;

Que, mediante Ley Nº 31419, se aprobó la Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, que tiene por objeto establece entre otros los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; de conformidad a su artículo 1;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 31419, establece que las entidades públicas cuando corresponda, actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda; así como que la Oficina de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces, bajo responsabilidad, tienen la obligación de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, el presente Reglamento y las disposiciones complementarias emitidas por SERVIR; de conformidad a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 008-2023-CENFOTUR/DN, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, a fin de dar cumplimiento a la Ley Nº 31419 y la normativa vigente;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH "Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional", cuya finalidad es que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP
Provisional), y administrar las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos, de conformidad al artículo 2 de la referida Directiva;

Que, el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad, de conformidad con el literal c) del numeral 5.1 del artículo 5 de la referida Directiva;

Que, la propuesta de MCC de la entidad debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el ROF o el MOP, según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasificaciones dispuestas en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, de conformidad con el numeral 6.1.1. del artículo 6 de la referida Directiva;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000027-2023-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 001-2022-SERVIR-GDSRH "Elaboración y Aprobación de Perfiles en el Sector Público", cuya finalidad es que las entidades públicas cuenten con reglas claras que les permitan elaborar los perfiles de cargos estructurales y/o puestos de los distintos regímenes laborales, para gestionar los procesos de selección, vinculación, inducción, periodo de prueba, desplazamiento, evaluación del desempeño, capacitación, y, en los casos que corresponda, progresión en la carrera, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), de conformidad al artículo 2 de la referida Directiva;

Que, mediante Informe Nº 000052-2023-URRHH/ CENFOTUR, la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, solicita y sustenta la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR), por adecuación a la estructura y funciones establecidas en el ROF vigente y dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 016-2020 (mediante acciones que coadyuven al ingreso de los docentes a la Carrera Publica Docente de la Ley Nº 30512), asimismo que cumple la Ley Nº 31419 ( y su reglamento) y la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH "Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional" y la Directiva Nº 001-2022-SERVIR-GDSRH "Elaboración y Aprobación de Perfiles en el Sector Público", contando con opinión favorable de la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo y la Oficina de Asesoría Jurídica;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-2023-CENOFTUR, se aprobó el Texto Integrado del
Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, que entre otros puntos estableció que, la Jefatura ejerce titularidad del pliego presupuestal, es el representante legal y la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, asimismo aprueba los instrumentos de gestión administrativa, de conformidad a su artículo 10 y su literal g) de su artículo 11 respectivamente;

Que, conforme lo expuesto resulta necesario emitir la Resolución Jefatural de dicha aprobación;

Con la visación de la Unidad de Recursos Humanos, Oficina de Administración y Finanzas, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, Oficina de Asesoría Jurídica y Gerencia General;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 22155 - Ley Orgánica del CENFOTUR, su Reglamento de Organización y Funciones aprobada su Sección Primera mediante Decreto Supremo Nº 001-2023-MINCETUR, su Sección Segunda mediante Resolución Directoral Nº 056-2023-CENFOTUR/DN y su Texto Integrado mediante Resolución Jefatural Nº 001-2023-CENFOTUR, la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH "Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional" formalizada la aprobación mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE y la Directiva Nº 001-2022-SERVIR-GDSRH "Elaboración y Aprobación de Perfiles en el Sector Público" formalizada la aprobación mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000027-2023-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DEROGAR el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR) aprobado mediante Resolución Directoral Nº 008-2023-CENFOTUR/DN.

Artículo Segundo.- APROBAR el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR), el cual consta de setenta y dos (72) folios, que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas en coordinación con las demás unidades orgánicas, a realizar las acciones necesarias a fin de velar por el estricto cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas, realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General la comunicación de la presente Resolución a las áreas respectivas, a fin de que implementen las acciones que estén en el ámbito de su competencia.

Artículo Sexto.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente resolución en la página web del Centro de Formación en Turismo Regístrese, comuníquese y publíquese,
GRACIELA MARGARITA MARÍA
SEMINARIO MARÓN
Jefa Centro de Formación en Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 043-2023-CENFOTUR Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR)
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 043-2023-CENFOTUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-06-09
  • Fecha de aplicacion : 2023-06-10

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