Inicio
Últimas normas legales
T Exto Único Procedimientos Administrativos RM 0192-2023-MIDAGRI Cultura
6/23/2023
T Exto Único Procedimientos Administrativos RM 0192-2023-MIDAGRI Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) RM 0192-2023-MIDAGRI Lima, 16 de junio de 2023 VISTOS: El Oficio Nº 0361-2023-ANA-GG del Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua; el Informe Nº 0022-2023-ANA…
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua (ANA)
RM 0192-2023-MIDAGRI
Lima, 16 de junio de 2023
VISTOS:
El Oficio Nº 0361-2023-ANA-GG del Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua; el Informe
Nº 0022-2023-ANA-OPP-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 0503-2023-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 0954-2023-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; y el Informe Nº 676-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo Único de Ley Nº 31603, Ley que modifica el artículo 207 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se reduce el plazo de treinta (30) días a quince (15) días para resolver el recurso de reconsideración;
Que, en el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y sus modificatorias, establece que, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector y en el numeral 38.7 del citado artículo 38, se establece que, en los casos en que por Ley, Decreto Legislativo y demás normas de alcance general, se establezcan o se modifican procedimientos administrativos, las entidades de la Administración pública están obligadas a realizar las modificaciones correspondientes en sus respectivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos;
Que, asimismo, el numeral 19.1 del artículo 19 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado por la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, señala que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique creación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se aprueba en el caso de las entidades del poder ejecutivo mediante resolución ministerial, la tramitación del proyecto de TUPA se realiza a través del Ministerio correspondiente;
Que, conforme al marco normativo citado, la Autoridad Nacional del Agua con el Informe Nº 0022 -2023-ANA-OPP/UPM y el Informe Legal Nº 0503-2023-ANA-OAJ, de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica, respectivamente, sustentan la propuesta de modificación del TUPA de la ANA; en la que se establece que el plazo para resolver los recursos de reconsideración en los treinta y nueve (39) procedimientos administrativos de treinta (30) días se reduce a quince (15) días conforme a la citada normativa vigente;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, mediante Informe Nº 0069-2023-MIDAGRI-SG-OGPP-OM, de la Oficina de Modernización ha emitido opinión favorable a la propuesta de modificación del T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), por lo que debe procederse a su aprobación mediante la resolución ministerial correspondiente;
Con las visaciones del Secretario General, del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias, y la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
SE RESUELVE:
días conforme a lo previsto en el artículo único de la Ley Nº 31603, Ley que modifica el artículo 207 de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 2.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y la difusión de la Resolución Ministerial y su Anexo en el portal del diario oficial El Peruano (www.elperuano.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Autoridad Nacional del Agua (www.gob.pe/ana) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY PAREDES DEL CASTILLO
Ministra de Desarrollo Agrario y Riego * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0192-2023-MIDAGRI Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua (ANA)
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0192-2023-MIDAGRI
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-06-23
- Fecha de aplicacion : 2023-06-24
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- septiembre 2023 (220)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)