7/20/2023

Prepublicación Proyecto Guía Conservación RM 000278-2023-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Disponen la prepublicación del proyecto de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble) RM 000278-2023-MC San Borja, 18 de julio del 2023 VISTOS: el Memorando Nº 000681-2023-DGPC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural, el Proveído Nº 005760-2023/VMPCIC/MC; y el Informe Nº 001056-2023-OGAJ/MC, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación de…
Poder Ejecutivo, Cultura
Disponen la prepublicación del proyecto de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble)
RM 000278-2023-MC
San Borja, 18 de julio del 2023
VISTOS: el Memorando Nº 000681-2023-DGPC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural, el Proveído Nº 005760-2023/VMPCIC/MC; y el Informe Nº 001056-2023-OGAJ/MC, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas del Estado;

Que, de conformidad con el artículo 4 de la mencionada ley, constituyen áreas programáticas de acción sobre las cuales el mismo ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado: (i) el patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; (ii) creación cultural contemporánea y artes vivas; (iii) gestión cultural e industrias culturales; y, (iv)
pluralidad étnica y cultural de la nación.

Que, de acuerdo con el literal c) del artículo 5 de la citada ley, el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia exclusiva y
excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, el dictado de normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política sectorial;

Que, asimismo, el artículo 7 de la mencionada ley establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura, respecto de otros niveles de gobierno, entre otras, realizar acciones de protección, conservación y puesta en valor del Patrimonio Cultural de la Nación; así como, cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con el ámbito de su competencia;

Que, por su parte, el artículo V del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen específico regulado en la presente Ley. Asimismo, establece que el Estado promoverá la participación del sector privado en la conservación, restauración, exhibición y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, entre otros;

Que, conforme con lo estipulado en el artículo 8 de la Ley Nº 28296, el bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de propiedad de la Iglesia Católica, de las congregaciones religiosas o de otras confesiones, tiene la condición de particular y obliga al propietario a su conservación y registro con arreglo a lo dispuesto en la referida Ley;

Que, el Ministerio de Cultura tiene registrados más de 800 edificaciones religiosas de las épocas colonial, virreinal, republicana y contemporánea, declaradas integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, tratándose mayormente de templos católicos, además de Capillas, Conjuntos religiosos, Monasterios, Conventos, Beaterios y Ermitas, entre otras que conforman el patrimonio arquitectónico cultural religioso;

Que, el artículo 51 del del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país; asimismo, el numeral 52.1 del artículo 52 del citado ROF señala que tiene entre sus funciones el diseñar, proponer, conducir e implementar políticas, planes, estrategias, programas, proyectos, normas, para la gestión y administración del patrimonio cultural incluido el patrimonio paleontológico y el patrimonio sub-acuático, entre otros;

Que, asimismo el artículo 54 del ROF del Ministerio de Cultura establece que la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble es la unidad orgánica encargada de la formulación y proposición de políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y normas, orientadas a la preservación de las edificaciones y sitios de las épocas colonial, republicana y contemporánea que presentan la condición de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación así como de la ejecución y promoción de acciones de identificación, registro, preservación, y puesta en valor de los bienes indicados, en concordancia con las normas vigentes; y el numeral 54.4 señala que tiene como función el de proponer directivas técnicas y reglamentos relacionados a la conservación, preservación y gestión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de las épocas colonial, republicana y contemporánea;

Que, en ese marco, mediante la Hoja de Elevación Nº 000125-2023-DPHI/MC, la Dirección de patrimonio Histórico Inmueble hace suyo y remite el Informe Nº 000011-2023-DPHI-KIB/MC, mediante el cual se sustenta la propuesta de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas consideradas del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble);

Que, a través del Memorando Nº 000681-2023-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural presenta la versión final del proyecto de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble)
y solicita su prepublicación de la propuesta, a fin de que las personas interesadas formulen comentarios, sugerencias y/o recomendaciones;

Que, en tal sentido, la Dirección General de Patrimonio Cultural sustenta que resulta pertinente disponer la prepublicación de la propuesta de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble), a fin de que las personas interesadas formulen comentarios, sugerencias y/o recomendaciones para la mejora del documento;

Que, en el marco de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; resulta pertinente disponer la prepublicación del proyecto de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble), con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento de la misma;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, la Resolución de Secretaría General Nº 000001-2022-SG/MC, que aprueba la Directiva Nº 001-2022-SG/MC, denominada, "Directiva para la formulación, modificación y aprobación de documentos de gestión, normativos y orientadores del Ministerio de Cultura";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prepublicación de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble)
Disponer la prepublicación del proyecto de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble).

Dicha prepublicación se realiza en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe), en el portal digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) y en el Portal de Transparencia, a fin de conocer las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general, durante el plazo de diez (10) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano".

Artículo 2.- Recepción, procesamiento y sistematización Disponer que, a efecto de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se realicen al proyecto de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble), éstas se remitan a través de la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Cultura (http://plataformamincu.cultura.gob. pe/AccesoVirtual, opción "Ingreso de Documentos") y/o a la dirección electrónica mperez@cultura.gob.pe.

Artículo 3.- Órgano responsable Encargar a la Dirección General de Patrimonio Cultural del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la recepción, consolidación, evaluación y sistematización de las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se presenten en el marco de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000278-2023-MC Disponen la prepublicación del proyecto de la Guía para la conservación preventiva de las edificaciones religiosas integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Arquitectura religiosa del Patrimonio Histórico Inmueble)
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000278-2023-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-07-20
  • Fecha de aplicacion : 2023-07-21

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