9/29/2023

Autoriza Transferencia Partidas Presupuesto DS 209-2023-EF Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Gobierno Regional de Ancash DS 209-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 29.1 del artículo 29 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su p…
Poder Ejecutivo, Defensa
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Gobierno Regional de Ancash
DS 209-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 29.1 del artículo 29 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA
MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al T esoro Público, a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar, durante el Año Fiscal 2023, la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2022; cuya programación de turnos y citas debe implementarse a través de un aplicativo informático dispuesto para ello;

Que, asimismo, el numeral 29.1 del citado artículo dispone que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último; previa validación por parte del Ministerio de Salud del Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el gobierno regional, según corresponda; además, dispone que a los gobiernos regionales que se les hayan transferido recursos en el marco del numeral señalado, emiten un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y financiero de la ejecución de dichos recursos, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en funcionamiento de los servicios;

Que, mediante el Oficio Nº D003660-2023-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del Gobierno Regional de Ancash, para financiar la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud I-3 Centro de Salud Yungar;
adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº D000662-2023-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el Informe Nº D000055-2023-DGOS-RTP-MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud del citado Ministerio, mediante el cual señala la fecha de entrada en funcionamiento del Establecimiento de Salud I-3 Centro de Salud Yungar y valida su Plan de Implementación Multianual (PIM) 2023-2025, aprobado por el Gobierno Regional de Ancash mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 355-2023-GRA/GGR;

Que, a través del Memorando Nº 1305-2023-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 2407-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite el costo estimado para el financiamiento de las contrataciones del personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, para el periodo noviembre a diciembre del 2023, como parte de la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud I-3 Centro de Salud Yungar del Gobierno Regional de Ancash, solicitado por el Ministerio de Salud;

Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma S/ 987 847,00 (NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, a favor del Gobierno Regional de Ancash, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 29.1 del artículo 29 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 987 847,00 (NOVECIENTOS
OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y
SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional de Ancash, para financiar la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud I-3 Centro de Salud Yungar, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : M. de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 987 847,00
============
TOTAL EGRESOS 987 847,00
============
A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 441 : Gobierno Regional del Departamento de Ancash UNIDAD EJECUTORA 401 : Salud Recuay Carhuaz CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 987 847,00
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TOTAL EGRESOS 987 847,00
============
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas de Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y verificación 4.1 El Gobierno Regional de Ancash elabora un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y financiero de la ejecución de los recursos transferidos mediante el artículo 1 del presente Decreto Supremo, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en operación de los servicios. Este informe se remite al Ministerio de Salud y se publica en las sedes digitales de dicho Ministerio y del Gobierno Regional de Ancash, hasta el 23 de febrero de 2024, de conformidad con lo establecido en el numeral 29.1 del artículo 29 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.

4.2 El Ministerio de Salud es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales son transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo financiero de dichos recursos, debiendo elaborar y publicar en su sede digital (www.gob.pe/minsa) un informe sobre las citadas acciones.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 209-2023-EF que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Gobierno Regional de Ancash
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 209-2023-EF
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-09-29
  • Fecha de aplicacion : 2023-09-30

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