9/01/2023

Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 000333-2023-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000333-2023-MC San Borja, 31 de agosto del 2023 VISTOS: el Proveído Nº 007020-2023-VMPCIC/ MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000468-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 001279-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cu…
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000333-2023-MC
San Borja, 31 de agosto del 2023
VISTOS: el Proveído Nº 007020-2023-VMPCIC/ MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000468-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 001279-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, asimismo, el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias;
asimismo, el numeral 82.15 del referido artículo 82 dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituya un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, a través del Informe Nº 019328-2023-DIA/ MC la Dirección de Artes señala que el señor VÍCTOR
SEGUNDO MELÉNDEZ BOULANGER, conocido artísticamente como "Víctor Meléndez", es un destacado guitarrista y promotor de la fusión de la guitarra peruana con el fl amenco, habiendo aportado con su trabajo a la difusión y desarrollo de diversos géneros musicales de la costa peruana; en atención a lo cual, recomienda otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al referido artista;

Que, mediante el Informe Nº 000468-2023-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, refiere que es pertinente el otorgamiento del
reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a la persona propuesta, por los mismos argumentos expuestos por la Dirección de Artes;

Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura; advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/ MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor VÍCTOR SEGUNDO
MELÉNDEZ BOULANGER, por su destacada labor como guitarrista y promotor de la fusión de la guitarra peruana con el fl amenco, habiendo aportado con su trabajo a la difusión y desarrollo de diversos géneros musicales de la costa peruana.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano". La presente resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000333-2023-MC Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000333-2023-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-09-01
  • Fecha de aplicacion : 2023-09-02

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.