10/04/2023
Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 209-2023-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RM 209-2023-PCM Lima, 2 de octubre de 2023 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley q…
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RM 209-2023-PCM
Lima, 2 de octubre de 2023
CONSIDERANDO:
2023, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM
se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modificado por la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4
Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión "6000053. CONTROL CONCURRENTE", en la Finalidad "0348747. CONTROL CONCURRENTE" y en la Específica del Gasto "2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES
DEL GOBIERNO NACIONAL";
Que, mediante Oficio Nº 000900-2023-CG/SGE, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica que en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se priorizó treinta inversiones de la Reconstrucción con Cambios y se estimó su costo total del control concurrente en S/ 72 782 131,00
para el financiamiento del despliegue de los servicios de control gubernamental; asimismo, señaló que el costo de control concurrente ha sido estimado considerando el saldo de inversión por ejecutar con corte al 03 de mayo de 2023; por lo que, requiere que la Unidad Ejecutora 017:
Autoridad para la Reconstrucción con Cambios proceda a determinar los montos anuales de las transferencias financieras, conforme su programación anual de ejecución de inversiones, guardando correlato con lo señalado en el artículo 4 de la Ley Nº 31358;
Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, a través del Oficio Nº 262-2023-ARCC/GG/OPP, comunica que procedió a determinar los montos anuales de las transferencias financieras, conforme la programación anual de ejecución de las inversiones; y, para el caso de los 14 proyectos de inversión pública de la cartera de Soluciones Integrales comprendidas en el marco del Acuerdo de Gobierno a Gobierno, corresponde los montos de S/ 16,429,592.00, S/ 33 793 447,00 y S/ 7
943 855,00 para los años fiscales 2023, 2024 y 2025, respectivamente. Adjunta la Certificación de Crédito Presupuestal Nº 4126 respecto al año 2023;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el Informe Nº D000241-2023-PCM-OGPP , emite opinión favorable en materia presupuestal, para el trámite de las transferencias financieras a favor del Pliego 019:
Contraloría General, a fin de financiar los servicios de control concurrente a los 14 Proyectos de Inversión con
CUI Nº 2499818, 2501291, 2501395, 2446345, 2501802, 2501657, 2508148, 2503297, 2499925, 2501225, 2500094, 2506324, 2498426 y 2496772, de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por el importe de S/ 16
429 592,00 (DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y
00/100 SOLES) con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC;
Que, en virtud de lo antes expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia financiera por el monto de S/ 16 429
592,00 (DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y
00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para el despliegue de los servicios de control concurrente en dichas inversiones, conforme a lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4, de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; la Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; y, la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente de catorce (14) proyectos de inversión pública de la cartera de Soluciones Integrales comprendidas en el marco del Acuerdo de Gobierno a Gobierno a cargo de la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº NOMBRE DE LA INVERSIÓN
CONTROL
CONCURRENTE
2023
S/ 1
2499818: CREACIÓN DEL SERVICIO DE
PROTECCIÓN EN RIBERAS DEL RÍO
LACRAMARCA VULNERABLES ANTE PELIGROS
DE INUNDACIÓN, EN 58 COMUNIDADES EN LOS
DISTRITOS DE MACATE, CACERES DEL PERU
Y CHIMBOTE DE LA PROVINCIA DE SANTA -
DEPARTAMENTO DE ANCASH
1,983,764.00
Nº NOMBRE DE LA INVERSIÓN
CONTROL
CONCURRENTE
2023
S/ 2
2501291: CREACIÓN DEL SERVICIO
DE PROTECCIÓN ANTE PELIGRO DE
INUNDACIONES EN AMBAS MÁRGENES DEL
RÍO HUARMEY, DESDE EL SECTOR HUAMBA
HASTA LA SALIDA AL MAR, EN LOS DISTRITOS
DE HUARMEY Y HUAYAN DE LA PROVINCIA DE
HUARMEY - DEPARTAMENTO DE ANCASH
1,670,728.00
3
2501395: CREACIÓN DEL SERVICIO DE
PROTECCIÓN ANTE INUNDACIONES EN EL RÍO
CASMA, RÍO SECHIN Y RÍO GRANDE EN LOS
DISTRITOS DE COMANDANTE NOEL, BUENA
VISTA, CASMA Y YAUTAN - 4 DISTRITOS DE LA
PROVINCIA DE CASMA - DEPARTAMENTO DE
ANCASH
1,436,666.00
4
2446345: CREACIÓN DEL SERVICIO DE
PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES EN
LA QUEBRADA DE SAN IDELFONSO, EN LOS
DISTRITOS DE EL PORVENIR, TRUJILLO Y
VÍCTOR LARCO HERRERA DE LA PROVINCIA DE
TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD
1,030,324.00
5
2501802: MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN
DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA
INUNDACIONES, EN AMBAS MÁRGENES DEL RÌO
CHICAMA, TRAMO DE LA DESEMBOCADURA AL
OCÉANO PACÍFICO HASTA EL PUENTE PUNTA
MORENO, DISTRITO DE ASCOPE, CHICAMA,
MAGDALENA DE CAO, CASA GRANDE, SANTIAGO
DE CAO Y SAN BENITO DE LA PROVINCIA
DE ASCOPE DEL DEPARTAMENTO DE LA
LIBERTAD Y LA PROVINCIA DE CONTUMAZA DEL
DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA
1,200,687.00
6
2501657: MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN
DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA
INUNDACIONES EN AMBAS MÁRGENES DEL RÍO
VIRÚ Y AFLUENTES, DISTRITO DE CARABAMBA
Y VIRÚ - PROVINCIAS DE JULCÁN Y VIRÚ -
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD
713,714.00
7
2508148: CREACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES DE LAS
AGUAS DE LAS AVENIDAS DE LA CUENCA DE
LA QUEBRADA EL LEÓN EN LOS DISTRITOS
DE LA ESPERANZA Y HUANCHACO DE LA
PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE
LA LIBERTAD
4,482,954.00
8
2503297: CREACIÓN DE LOS SERVICIOS
DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES
MEDIANTE CAPTACIÓN, CONTROL Y
DERIVACIÓN HACIA EL MAR DE LAS AGUAS
DE LAS AVENIDAS DE LA QUEBRADA DE
SAN CARLOS DE LA CUENCA DEL CERRO
CENTINELA, DISTRITO DE LAREDO -
PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE
LA LIBERTAD
605,653.00
9
2499925: CREACIÓN DEL SERVICIO DE
PROTECCIÓN ANTE EL PELIGRO DE
INUNDACIONES EN EL RÍO LA LECHE, EN 53
LOCALIDADES DE LOS DISTRITOS DE PACORA,
ILLIMO Y JAYANCA EN LA PROVINCIA DE
LAMBAYEQUE Y EN LOS DISTRITOS DE PITIPO
Y INCAHUASI DE LA PROVINCIA DE FERREÑAFE
- DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE
313,636.00
10
2501225: CREACIÓN DEL SERVICIO DE
PROTECCIÓN EN RIBERAS DEL RÍO
MOTUPE VULNERABLE ANTE PELIGRO DE
INUNDACIÓN EN LOS DISTRITOS DE MOTUPE,
JAYANCA, MORROPE, PACORA, SALAS Y
TÚCUME - 5 DISTRITOS DE LA PROVINCIA
DE LAMBAYEQUE - DEPARTAMENTO DE
LAMBAYEQUE
571,637.00
Nº NOMBRE DE LA INVERSIÓN
CONTROL
CONCURRENTE
2023
S/ 11
2500094: CREACIÓN DEL SERVICIO DE
PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES
POR RÍO ZAÑA Y AFLUENTES, DISTRITOS
DE OYOTÚN, NUEVA ARICA, CAYALTÍ, ZAÑA,
LAGUNAS MOCUPE Y NANCHOC, DE LA
PROVINCIA DE CHICLAYO DEL DEPARTAMENTO
DE LAMBAYEQUE Y LA PROVINCIA DE SAN
MIGUEL DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA
546,289.00
12
2506324: MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN
DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN FRENTE
A INUNDACIONES EN LA CUENCA DEL RÍO
OLMOS, EN 27 CENTROS POBLADOS EN
LOS DISTRITOS DE OLMOS, JAYANCA Y
HUARMACA EN LA PROVINCIA DE LAMBAYEQUE
DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE
Y LA PROVINCIA DE HUANCABAMBA DEL
DEPARTAMENTO DE PIURA
912,671.00
13
2498426: CREACIÓN DEL SERVICIO DE
PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES Y
MOVIMIENTO DE MASAS EN LAS QUEBRADAS
SAN JERÓNIMO, CONDORAY, JACAYITA
Y PICAMARÁN EN LOS DISTRITOS DE
LUNAHUANA, PACARAN Y ZUÑIGA DE LA
PROVINCIA DE CAÑETE - DEPARTAMENTO DE
LIMA
77,465.00
14
2496772: CREACIÓN DE SERVICIO DE
PROTECCIÓN FRENTE A INUNDACIONES EN
AMBAS MÁRGENES DEL RÍO TUMBES, EN
TRAMOS VULNERABLES DESDE LA ESTACIÓN
EL TIGRE HASTA LA SALIDA AL MAR, EN
LOS DISTRITOS DE PAMPAS DE HOSPITAL,
SAN JACINTO, SAN JUAN DE LA VIRGEN,
CORRALES Y TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES,
DEPARTAMENTO DE TUMBES
883,404.00
Total 16,429,592.00
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, por la Fuente de Financiamiento 1:
Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, y específica de gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente resolución ministerial a la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, para que realicen las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 209-2023-PCM Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 209-2023-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-10-04
- Fecha de aplicacion : 2023-10-05
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