11/04/2023

Alcances Actividades E Intervenciones Ioarr RM D000202-2023-MIDIS Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban "Alcances de las Actividades e Intervenciones IOARR" mediante Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), a través de núcleos ejecutores, de Centros Infantiles de Atención Integral (CIAI) y de Plataformas de Atención (Tambos) RM D000202-2023-MIDIS San Isidro, 31 de octubre del 2023 VISTOS: El Informe de Trabajo Nº D000053-2023-MIDIS-OPI-JRG de la Oficina de Planeamiento e Inversiones; el Informe Nº D000321-2023-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Inf…
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban "Alcances de las Actividades e Intervenciones IOARR" mediante Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), a través de núcleos ejecutores, de Centros Infantiles de Atención Integral (CIAI) y de Plataformas de Atención (Tambos)
RM D000202-2023-MIDIS
San Isidro, 31 de octubre del 2023
VISTOS:

El Informe de Trabajo Nº D000053-2023-MIDIS-OPI-JRG de la Oficina de Planeamiento e Inversiones; el Informe Nº D000321-2023-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
y el Informe Nº D000544-2023-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29792 crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público, y pliego presupuestal;

Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, establece en el literal b) del numeral 4.1 del artículo 4, referido al Ciclo de Inversión, la fase de Formulación y Evaluación, que contiene la formulación del proyecto de aquellas propuestas de inversión necesarias para alcanzar las metas establecidas en la programación multianual de inversiones y la evaluación respectiva sobre la pertinencia de su ejecución, debiendo considerarse los recursos estimados para la operación y mantenimiento del proyecto y las formas de financiamiento, precisando que la formulación se realiza a través de una ficha técnica y solo en caso de proyectos que tengan alta complejidad, se requiere el nivel de estudio que sustente la concepción técnica, económica y el dimensionamiento del proyecto;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, señala en el inciso 16 del numeral 10.3 del artículo 10 que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector tiene por función, entre
otras, la de aprobar las metodologías específicas para la identificación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, así como, la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector, las cuales son aplicables a los tres niveles de gobierno. Se señala que estas metodologías específicas y fichas técnicas deben ser consistentes con la metodología general aprobada por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del MEF (DGPMI), debiendo ser remitidas a ésta con el informe técnico respectivo previo a su aprobación; asimismo, la Directiva Nº 001-2019-EF, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF-63.01 precisa en el numeral 23.5 de su artículo 23 que la OPMI debe remitir a la DGPMI las metodologías específicas y fichas técnicas simplificadas, estándar y específicas para proyectos de baja y mediana complejidad, para la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional, incluyendo el informe técnico que las sustenta, previo a su aprobación;

Que, la Ley Nº 31015, Ley que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante núcleos ejecutores, autoriza a ministerios, organismos públicos ejecutores, gobiernos regionales y gobiernos locales para que, en el marco de sus competencias, ejecuten actividades e Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), que contribuyan efectivamente al cierre de brechas, orientadas a reducir la pobreza y extrema pobreza en el ámbito rural y periurbano, incluyendo a las comunidades afectadas por el terrorismo, bajo la modalidad de núcleos ejecutores;

Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la referida Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2022-MIDIS, los sectores se encuentran facultados para aprobar mediante Resolución Ministerial los alcances de las Actividades e Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) en el marco de sus competencias, precisando que, para el caso de las IOARR, dichos alcances deben contar con la opinión favorable de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en atención al Oficio Nº D000490-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la DGPMI mediante Oficio Nº 0463-2023-EF/ 63.03 ha emitido su no objeción a la propuesta técnica de los alcances de las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) elaborada por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del MIDIS, relacionadas a intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural propuesta por el Sector en el marco del Reglamento de la Ley Nº 31015, Ley que autoriza la ejecución de intervenciones de infraestructura social básica, productiva y natural mediante núcleos ejecutores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2022-MIDIS;

Que, mediante el Informe de Trabajo Nº D000053-2023-MIDIS-OPI-JRG la Oficina de Planeamiento e Inversiones, en calidad de OPMI del MIDIS, ha elaborado la propuesta denominada: "Alcances de las actividades e intervenciones a través de IOARR" la cual se ha realizado utilizando los aspectos técnicos y metodológicos establecidos en los "Lineamientos para la identificación y registro de las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR)", documento metodológico aprobado por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), así como, la "Lista de Activos Estratégicos del Sector Desarrollo e Inclusión Social, asociados al Programa Nacional Cuna Más y al Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 221-2022-MIDIS;
asimismo, el Programa Nacional País ha solicitado incluir como alcances las "intervenciones en actividades", las mismas que se incluyen para que sean aprobados por el Órgano Resolutivo, de acuerdo a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 31015;

Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planeamiento e Inversiones;

Que, de conformidad con la Ley Nº 31015, Ley que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante núcleos ejecutores; la Ley Nº 29792, que crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Texto Único Ordenado el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones aprobado por el Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; el Reglamento de la Ley Nº 31015, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2022-MIDIS; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF-63.01 y sus modificatorias; y, la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Alcances de las Actividades e Intervenciones IOARR" mediante Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), a través de núcleos ejecutores, de Centros Infantiles de Atención Integral (CIAI) y de Plataformas de Atención (Tambos), que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente la Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/ midis), en la misma fecha de su publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM D000202-2023-MIDIS Aprueban "Alcances de las Actividades e Intervenciones IOARR" mediante Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), a través de núcleos ejecutores, de Centros Infantiles de Atención Integral (CIAI) y de Plataformas de Atención (Tambos)
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : D000202-2023-MIDIS
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-11-04
  • Fecha de aplicacion : 2023-11-05

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