11/04/2023

Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 000444-2023-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000444-2023-MC San Borja, 3 de noviembre del 2023 VISTOS: el Proveído Nº 009706-2023-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000847-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000694-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000071-2023-DDC AMA/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas; el Informe Nº 001626-2023-OGAJ/ MC de la Oficina General de Asesoría …
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000444-2023-MC
San Borja, 3 de noviembre del 2023
VISTOS: el Proveído Nº 009706-2023-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000847-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes;
el Informe Nº 000694-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000071-2023-DDC AMA/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas; el Informe Nº 001626-2023-OGAJ/ MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, asimismo, el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar,
promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias;
asimismo, el numeral 82.15 de la norma citada dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 51 del ROF establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país;

Que, el artículo 55 del ROF dispone que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo;

Que, el artículo 96 del ROF señala que las Direcciones Desconcentradas de Cultura son órganos desconcentrados que actúan en sus respectivos ámbitos en representación y por delegación del Ministerio de Cultura, según las funciones que el instrumento de gestión prevé;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país, el cual se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas a través del Informe Nº 000071-2023-DDC AMA/MC propone se otorgue la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor CÉSAR
LATINI FERNÁNDEZ ROJAS;

Que, a través del Informe Nº 000847-2023-DGIA/MC la Dirección General de Industrias Culturales y Artes hace suya la evaluación y propuesta formulada mediante el Informe Nº 022581-2023-DIA/MC de la Dirección de Artes para otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la referida persona en mérito a su contribución de forma significativa a la transmisión intergeneracional, enseñanza, revaloración, práctica y salvaguardia de la marinera norteña;

Que, a través del Informe Nº 000694-2023-DGPC/ MC la Dirección General de Patrimonio Cultural hace suyo el Informe Nº 000666-2023-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial que hace lo propio respecto al análisis y la opinión desarrollados en el Informe Nº 000005-2023-DPI-JFG/MC por el cual recomienda continuar con el procedimiento para el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, impulsada de oficio, por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas;

Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura; advirtiendo que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/ MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor CÉSAR LATINI
FERNÁNDEZ ROJAS en mérito a su contribución de forma significativa a la transmisión intergeneracional, enseñanza, revaloración, práctica y salvaguardia de la marinera norteña.

Artículo 2.- Remitir copia de esta resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000444-2023-MC Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000444-2023-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-11-04
  • Fecha de aplicacion : 2023-11-05

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