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Ciento Treinta Ocho 138 Fichas Técnicas Rubro RJ 000145-2023-PERU Relaciones Exteriores
11/13/2023
Ciento Treinta Ocho 138 Fichas Técnicas Rubro RJ 000145-2023-PERU Relaciones Exteriores
Organismos Ejecutores, Relaciones Exteriores Modifican ciento treinta y ocho (138) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RJ 000145-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 9 de noviembre del 2023 VISTO: El Informe Nº 000180-2023-PERU COMPRAS-DES, de fecha 09 de octubre de 2023, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe Nº 000301-2023-PERU COMPRAS-OAJ, de fecha 03 de noviembre de 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS; y; CONSIDER…
Modifican ciento treinta y ocho (138) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
RJ 000145-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA
San Isidro, 9 de noviembre del 2023
VISTO:
El Informe Nº 000180-2023-PERU COMPRAS-DES, de fecha 09 de octubre de 2023, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe Nº 000301-2023-PERU COMPRAS-OAJ, de fecha 03 de noviembre de 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS; y;
CONSIDERANDO:
COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente;
realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las contrataciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la contratación de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modificado por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS;
Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;
Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias, en adelante "el Reglamento", referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;
Que, el Anexo Nº 1 de Definiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;
Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 006-2016-PERU
COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso", aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU
COMPRAS, en adelante "la Directiva", señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común;
Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERU COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la verificación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, siendo que, para el caso de modificación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común;
Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;
Que, a través del Informe Nº 000180-2023-PERU
COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modificación de ciento treinta y ocho (138) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, basada en la modificación de la información consignada en los registros sanitarios utilizados como referencia en dichos instrumentos y en el marco de la implementación del Plan de Sostenimiento Programado, lo cual no afecta la condición de bien común de los productos materia de la evaluación;
Que, mediante Informe Nº 000301-2023-PERU
COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Estandarización y Sistematización, de conformidad con el artículo 110 del Reglamento y en el marco de lo dispuesto por la Directiva, resulta legalmente viable la modificación de las referidas Fichas Técnicas;
Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias; la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2019-EF;
SE RESUELVE:
Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN
NUEVA
VERSIÓN
1 ACETILCISTEÍNA, 200 mg, GRÁNULOS, 1 g 10
2
ACETILCISTEÍNA, 300 mg/3 mL, INYECTABLE, 3 mL
09
3
ACETILCISTEÍNA, 600 mg, TABLETA EFER-VESCENTE
10
4 ACICLOVIR, 250 mg, INYECTABLE 11
5 ACICLOVIR, 400 mg, TABLETA 08
6 ÁCIDO ACETILSALICÍLICO, 100 mg, TABLETA 09
7 ÁCIDO ACETILSALICÍLICO, 500 mg, TABLETA 10
8 ÁCIDO FUSÍDICO, 2%, CREMA TÓPICA, 15 g 10
9
ÁCIDO TRANEXÁMICO, 1 g/10 mL, INYECT-ABLE, 10 mL
10
10 ÁCIDO URSODEOXICÓLICO, 250 mg, TABLETA 04
11
ÁCIDO VALPROICO, 200 mg/mL, SOLUCIÓN, 40 mL
06
12 ÁCIDO ZOLEDRÓNICO, 4 mg, INYECTABLE 11
13
AGUA PARA INYECCIÓN, INYECTABLE, 1 L,
FRASCO
10
14 AGUA PARA INYECCIÓN, INYECTABLE, 10 mL 04
15 AGUA PARA INYECCIÓN, INYECTABLE, 5 mL 07
16
ALBENDAZOL, 100 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 20 mL
09
17 ALBÚMINA, 20%, INYECTABLE, 50 mL 04
18 ALCOHOL ETÍLICO, 70º, GEL, 1 L 02
19 ALCOHOL ETÍLICO, 70º, GEL, 120 mL 02
20 ALCOHOL ETÍLICO, 70º, GEL, 250 mL 02
21 ALCOHOL ETÍLICO, 70º, GEL, 30 mL 02
22 ALCOHOL ETÍLICO, 70º, GEL, 360 mL 02
23 ALCOHOL ETÍLICO, 70º, GEL, 4 L 02
24 ALCOHOL ETÍLICO, 70º, GEL, 500 mL 02
25 ALCOHOL ETÍLICO, 70º, GEL, 60 mL 02
26
ALCOHOL ETÍLICO, 70º, SOLUCIÓN TÓPICA, 1 L
04
27
ALCOHOL ETÍLICO, 70º, SOLUCIÓN TÓPICA, 120 mL
04
28
ALCOHOL ETÍLICO, 70º, SOLUCIÓN TÓPICA, 500 mL
04
29
ALCOHOL ETÍLICO, 70º, SOLUCIÓN TÓPICA, 60 mL
04
30
ALCOHOL POLIVINÍLICO, 1,4%, SOLUCIÓN
OFTÁLMICA, 15 mL
09
31 AMFOTERICINA B, 50 mg, INYECTABLE 10
32
AMFOTERICINA B, 50 mg, INYECTABLE (liposomal)
03
33 AMIKACINA, 1 g/4 mL, INYECTABLE, 4 mL 07
Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN
NUEVA
VERSIÓN
34 AMIKACINA, 100 mg/2 mL, INYECTABLE, 2 mL 10
35 AMIKACINA, 500 mg/2 mL, INYECTABLE, 2 mL 10
36
AMIODARONA, 150 mg/3 mL, INYECTABLE, 3 mL
09
37
AMOXICILINA + ÁCIDO CLAVULÁNICO, 250 mg + 62,5 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 120 mL
04
38
AMOXICILINA + ÁCIDO CLAVULÁNICO, 250 mg + 62,5 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 60 mL
10
39
AMOXICILINA + ÁCIDO CLAVULÁNICO, 500 mg + 125 mg, TABLETA
10
40
AMOXICILINA, 250 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 120 mL
09
41
AMOXICILINA, 250 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 60 mL
09
42
AMPICILINA + SULBACTAM, 1 g + 0,5 g,
INYECTABLE
08
43 ATAZANAVIR, 300 mg, TABLETA 02
44 ATORVASTATINA, 10 mg, TABLETA 09
45 ATORVASTATINA, 20 mg, TABLETA 10
46 ATORVASTATINA, 40 mg, TABLETA 11
47 ATROPINA, 0,5 mg/mL, INYECTABLE, 1 mL 11
48 ATROPINA, 1 mg/mL, INYECTABLE, 1 mL 10
49 AZACITIDINA, 100 mg, INYECTABLE 06
50
AZITROMICINA, 200 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 15 mL
07
51
AZITROMICINA, 200 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 30 mL
06
52 AZITROMICINA, 500 mg, TABLETA 10
53 CABERGOLINA, 0,5 mg, TABLETA 10
54 CAPECITABINA, 500 mg, TABLETA 08
55
CARBAMAZEPINA, 100 mg/5 mL, SUSPEN-SIÓN, 100 mL
08
56 CARBOPLATINO, 150 mg, INYECTABLE 09
57
CARMUSTINA, 100 mg, INYECTABLE (con solvente)
08
58 CASPOFUNGINA, 50 mg, INYECTABLE 04
59
CEFALEXINA, 250 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 60 mL
09
60 CEFALEXINA, 500 mg, TABLETA 09
61 CEFAZOLINA, 1 g, INYECTABLE 07
62 CEFAZOLINA, 1 g, INYECTABLE (con solvente) 10
63 CEFEPIMA, 1 g, INYECTABLE 08
64 CEFOTAXIMA, 500 mg, INYECTABLE 09
65 CEFTAZIDIMA, 1 g, INYECTABLE 06
66 CEFTRIAXONA, 1 g, INYECTABLE 07
67 CETIRIZINA, 10 mg, TABLETA 09
68 CETIRIZINA, 5 mg/5 mL, SOLUCIÓN, 60 mL 08
69
CICLOSPORINA, 100 mg/mL, SOLUCIÓN, 50
mL
05
70 CINITAPRIDA, 1 mg, TABLETA 03
71
CIPROFLOXACINO, 0,3%, SOLUCIÓN
OFTÁLMICA, 5 mL
09
72
CIPROFLOXACINO, 200 mg/100 mL, INYECT-ABLE, 100 mL
10
73 CITARABINA, 100 mg/mL, INYECTABLE, 1 mL 02
74
CITARABINA, 500 mg, INYECTABLE (sin preservante)
03
75 CITARABINA, 500 mg/5 mL, INYECTABLE, 5 mL 09
76
CITRATO DE CAFEÍNA, 20 mg/mL, INYECT-ABLE, 1 mL
04
77
CLARITROMICINA, 250 mg/5 mL, SUSPEN-SIÓN, 100 mL
03
Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN
NUEVA
VERSIÓN
78
CLARITROMICINA, 250 mg/5 mL, SUSPEN-SIÓN, 50 mL
08
79
CLARITROMICINA, 250 mg/5 mL, SUSPEN-SIÓN, 60 mL
07
80
CLEMIZOL PENICILINA, 1 000 000 UI, INYECT-ABLE (con solvente)
07
81 CLINDAMICINA, 300 mg, TABLETA 09
82
CLINDAMICINA, 600 mg/4 mL, INYECTABLE, 4 mL
10
83 CLOBETASOL, 0,05%, CREMA TÓPICA, 20 g 05
84 CLOBETASOL, 0,05%, CREMA TÓPICA, 25 g 08
85 CLOFARABINA, 20 mg, INYECTABLE, 20 mL 04
86 CLOMIPRAMINA, 25 mg, TABLETA 10
87 CLONAZEPAM, 2,5 mg/mL, SOLUCIÓN, 20 mL 04
88 CLONIDINA, 0,15 mg, TABLETA 04
89
CLORANFENICOL, 0,5%, SOLUCIÓN OFTÁLMI-CA, 10 mL
09
90 CLORFENAMINA, 1 mg/mL, SOLUCIÓN, 20 mL 04
91 CLORFENAMINA, 2 mg/5 mL, JARABE, 120 mL 09
92 CLORFENAMINA, 2 mg/5 mL, JARABE, 60 mL 03
93 CLORFENAMINA, 4 mg, TABLETA 10
94 CLORHEXIDINA, 2%, SOLUCIÓN TÓPICA, 1 L 04
95 CLORHEXIDINA, 4%, SOLUCIÓN TÓPICA, 1 L 06
96
CLORHEXIDINA, 4%, SOLUCIÓN TÓPICA, 120
mL
03
97
CLORPROMAZINA, 50 mg/2 mL, INYECTABLE, 2 mL
08
98
CLORURO DE POTASIO, 20%, INYECTABLE, 10 mL
10
99
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 1
L, BOLSA
03
100
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 1
L, FRASCO
10
101
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 100
mL, BOLSA
03
102
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 100
mL, FRASCO
09
103
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 20 mL
04
104
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 250
mL, BOLSA
03
105
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 250
mL, FRASCO
09
106
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 500
mL, BOLSA
03
107
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 500
mL, FRASCO
09
108
CLORURO DE SODIO, 20%, INYECTABLE, 20
mL
10
109
CLORURO DE SUXAMETONIO, 500 mg,
INYECTABLE
10
110 CLOTRIMAZOL, 1%, CREMA TÓPICA, 20 g 10
111 CLOTRIMAZOL, 1%, CREMA TÓPICA, 30 g 07
112 CLOTRIMAZOL, 1%, SOLUCIÓN TÓPICA, 20 mL 06
113 CLOTRIMAZOL, 1%, SOLUCIÓN TÓPICA, 30 mL 08
114 CLOTRIMAZOL, 500 mg, ÓVULO 09
115 COLCHICINA, 0,5 mg, TABLETA 09
116 COLISTINA DE SODIO, 150 mg, INYECTABLE 03
117
FOSFATO DE CODEÍNA, 60 mg/2 mL, INYECT-ABLE, 2 mL
09
118
FULVESTRANT, 250 mg/5 mL, INYECTABLE, 5 mL
03
Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN
NUEVA
VERSIÓN
119 FURAZOLIDONA, 100 mg, TABLETA 09
120 FUROSEMIDA, 20 mg/2 mL, INYECTABLE, 2 mL 09
121 GANCICLOVIR, 500 mg, INYECTABLE 04
122
GLUCOSA + SODIO CLORURO, 5% + 0,9%,
INYECTABLE, 1 L
07
123
LIDOCAÍNA SIN PRESERVANTE SIN EPINEFRI-NA, 2%, INYECTABLE, 20 mL
11
124 LIDOCAÍNA, 2%, GEL TÓPICO, 10 g 03
125 LIDOCAÍNA, 2%, GEL TÓPICO, 30 g 04
126 LIDOCAÍNA, 2%, JALEA TÓPICA, 30 mL 04
127
MAGALDRATO + SIMETICONA, 400 mg + 30
mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 200 mL
04
128 MANITOL, 20%, INYECTABLE, 1 L 09
129 MANITOL, 20%, INYECTABLE, 500 mL 09
130 MEROPENEM, 1 g, INYECTABLE 07
131 MEROPENEM, 500 mg, INYECTABLE 10
132 QUETIAPINA, 100 mg, TABLETA 04
133 QUETIAPINA, 200 mg, TABLETA 08
134 QUETIAPINA, 25 mg, TABLETA 03
135 QUETIAPINA, 300 mg, TABLETA 08
136
TAMSULOSINA, 0,4 mg, TABLETA DE LIB-ERACIÓN PROLONGADA
11
137 TEMOZOLOMIDA, 100 mg, TABLETA 09
138 TEMOZOLOMIDA, 250 mg, TABLETA 09
* Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: https://www.perucompras.gob.pe/ subasta-inversa/listado-bienes-servicios-comunes.php.
Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la Oficina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), respectivamente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO MASUMURA TANAKA
Jefe de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 000145-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA Modifican ciento treinta y ocho (138) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 000145-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA
- Emitida por : Relaciones Exteriores - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2023-11-13
- Fecha de aplicacion : 2023-11-14
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