11/17/2023

Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 260-2023-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, para financiar acciones de control concurrente de proyecto de inversión RM 260-2023-PCM Lima, 16 de noviembre de 2023 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31638, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - P…
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, para financiar acciones de control concurrente de proyecto de inversión
RM 260-2023-PCM
Lima, 16 de noviembre de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 31638, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/ o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión "6000053. CONTROL CONCURRENTE", en la Finalidad "0348747. CONTROL CONCURRENTE" y en la Específica del Gasto "2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES
DEL GOBIERNO NACIONAL";

Que, la Secretaría General de la Contraloría General de la República mediante Oficio Nº 001778-2023-CG/ SGE, comunica que en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358, ha priorizado 98 inversiones, de las cuales 97 corresponden a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y 1 inversión a la Secretaría General -
PCM, estimando el costo del control concurrente para la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General - PCM en S/ 755 149,00 para el financiamiento del despliegue de los servicios de control gubernamental. Asimismo, señaló que el costo de control concurrente ha sido estimado considerando el saldo de inversión por ejecutar con corte al 14 de setiembre de 2023, conforme a los criterios establecidos en la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante el Informe Nº D000313-2023-PCM-OGPP
emite opinión favorable en materia presupuestal, para el trámite de la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General a fin de financiar el servicio de control concurrente del proyecto de inversión "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS OPERATIVOS O
MISIONALES INSTITUCIONALES EN LA PRESIDENCIA
DEL CONSEJO DE MINISTROS, A TRAVÉS DE LOS
SERVICIOS BRINDADOS POR LA OFICINA GENERAL
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, DISTRITO
DE MIRAFLORES DE LA PROVINCIA DE LIMA DEL
DEPARTAMENTO DE LIMA" con CUI 2572507, de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por el importe de S/ 755 149,00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO
MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES)
con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora 003: Secretaría General - PCM;

Que, en virtud de lo antes expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia financiera por el monto de S/ 755 149,00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO
CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para el despliegue de los servicios de control concurrente en inversión, conforme a lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4, de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM
que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar una transferencia financiera del Pliego 001:

Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de S/ 755 149,00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO
MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS OPERATIVOS O
MISIONALES INSTITUCIONALES EN LA PRESIDENCIA
DEL CONSEJO DE MINISTROS, A TRAVÉS DE LOS
SERVICIOS BRINDADOS POR LA OFICINA GENERAL
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, DISTRITO
DE MIRAFLORES DE LA PROVINCIA DE LIMA DEL
DEPARTAMENTO DE LIMA" con CUI 2572507, a cargo de la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General - PCM, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General - PCM, del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, y específica de gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General - PCM, para que realicen las acciones administrativas que correspondan.

Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 260-2023-PCM Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, para financiar acciones de control concurrente de proyecto de inversión
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 260-2023-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-11-17
  • Fecha de aplicacion : 2023-11-18

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