11/07/2023
Transferencia Financiera Instituto Nacional RJ 0203-2023-INIA Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RJ 0203-2023-INIA Lima, 6 de noviembre de 2023 VISTO: El Memorando Nº 01662-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y sus antecedentes; el Informe Nº 0383-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control co…
Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
RJ 0203-2023-INIA
Lima, 6 de noviembre de 2023
VISTO: El Memorando Nº 01662-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y sus antecedentes; el Informe Nº 0383-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, el citado dispositivo legal prescribe en su numeral 4.1 del artículo 4, que: "(...) Para el cumplimiento de la presente ley, autorízase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza (...)";
Que, asimismo, dicho artículo dispone en su numeral 4.2 que, las transferencias a que se refiere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, la cual se publica en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, con la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, se aprueba la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01
"Directiva para la Ejecución Presupuestaria" los Modelos, las Fichas y los Lineamientos; la cual tiene como objetivo establecer las pautas para la ejecución de los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el año fiscal respectivo;
Que, el referido dispositivo legal, regula el procedimiento para las transferencias financieras, estableciendo en el literal b) del numeral 18.1 del artículo 18, las pautas para el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes;
Que, mediante Oficio Nº 001627-2023-CG/SGE
recepcionado el 13 de octubre de 2023, la Secretaría General de la Contraloría General de la República (CGR)
solicita a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, efectuar la transferencia financiera por la suma de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00) a favor del Pliego 019: Contraloría General, con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental, para ello, ha considerado la información del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte al 14 de setiembre de 2023. En tal sentido, refieren que, de conformidad con el planeamiento del control gubernamental que vienen efectuando los órganos de control de la Entidad Fiscalizadora Superior, y con el fin de dar cumplimiento al mandato legal establecido en la Ley Nº 31358, se presenta el monto determinado del costo de control concurrente a ser transferido, según el detalle siguiente: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
INVESTIGACION Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
EN GANADERIA ALTO ANDINA EN 33 DISTRITOS DE
LOS DEPARTAMENTOS DE APURIMAC, AREQUIPA,
AYACUCHO, CUSCO, HUANCAVELICA, JUNIN,
MOQUEGUA, PASCO, PUNO Y TACNA. DISTRITO DE
TODOS - PROVINCIA DE TODOS - DEPARTAMENTO
DE MUL.DEP-", monto a transferir a la CGR un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00);
Que, por Memorando Nº 01662-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de fecha 03 de noviembre de 2023, la OPP remite
el Informe Nº 0177-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE
a través del cual la UPRE señala que: "(...) En relación al requerimiento formulado por la Secretaría General de la Contraloría General de la República, se efectuaron las coordinaciones correspondientes con la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario - DDTA del Pliego del INIA, a fin de prever recursos presupuestales por la suma de S/ 1 121 135,00 con cargo a la Inversión con CUI
2491159 "Mejoramiento de los servicios de investigación y transferencia de tecnología de ganadería Alto Andina en 33 distritos de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, distrito de todos Provincia de todos-Departamento de MUL.DEP" para habilitar la genérica de gasto 2.4 "Donaciones y Transferencias", quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de las leyes anuales de presupuesto (...)";
Que, asimismo, refiere que, en base a la solicitud de creación de nueva correlativa de meta y la habilitación de marco presupuestal a través de modificaciones presupuestales, deberá darse apertura a una nueva correlativa, la misma que corresponda a la secuencia del Control Concurrente, con el presupuesto asignado de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100
soles (S/ 1 121 135,00), en la fuente de financiamiento 1.
Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto A otras unidades del Gobierno Nacional, a fin de transferir dichos recursos al Pliego: 019 Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General) que corresponde al saldo de inversión por ejecutar que forma parte del costo de control concurrente, de acuerdo a la información del SSI del MEF con fecha de corte al 14 de setiembre de 2023, de conformidad a los criterios previstos en la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL;
Que, de igual manera señala que, a fin de efectuar la transferencia correspondiente, se generó la Certificación de Crédito Presupuestario (CCP) Nº 6554 con cargo a la correlativa de Meta Nº 470 de control concurrente por el monto de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00), lo cual viabiliza la Transferencia Financiera a favor del Pliego:
019 Contraloría General, con el objetivo de desarrollar el Control Concurrente de la ejecución de la inversión con CUI Nº 2491159 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias;
Que, en consecuencia, dicho órgano señala que, en cumplimiento a lo previsto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, la Ley Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 "Directiva de Ejecución Presupuestaria", y la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL "Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente", resulta necesario autorizar la transferencia financiera hasta por el monto de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00), en la fuente de financiamiento 1.
Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias;
Que, mediante Informe Nº 0383-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 06 de noviembre de 2023, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, en consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la UPRE-OPP, se debe proseguir con el trámite y aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;
Con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Unidad de Presupuesto;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, modificado con el Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI; la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01"Directiva para la Ejecución Presupuestaria" así como sus Anexos, Modelos y Ficha y otras disposiciones;
SE RESUELVE:
Nº 2491159: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
INVESTIGACION Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
EN GANADERIA ALTO ANDINA EN 33 DISTRITOS DE
LOS DEPARTAMENTOS DE APURIMAC, AREQUIPA,
AYACUCHO, CUSCO, HUANCAVELICA, JUNIN,
MOQUEGUA, PASCO, PUNO Y TACNA. DISTRITO DE
TODOS - PROVINCIA DE TODOS - DEPARTAMENTO
DE MUL.DEP-".
Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para el cual es transferido.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www. gob.pe/inia), y en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE JUAN GANOZA RONCAL
Jefe
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 0203-2023-INIA Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 0203-2023-INIA
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-11-07
- Fecha de aplicacion : 2023-11-08
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- enero 2025 (31)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)