11/07/2023

Transferencia Financiera Instituto Nacional RJ 0203-2023-INIA Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RJ 0203-2023-INIA Lima, 6 de noviembre de 2023 VISTO: El Memorando Nº 01662-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y sus antecedentes; el Informe Nº 0383-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control co…
Poder Ejecutivo, Defensa
Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
RJ 0203-2023-INIA
Lima, 6 de noviembre de 2023
VISTO: El Memorando Nº 01662-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y sus antecedentes; el Informe Nº 0383-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000
000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, el citado dispositivo legal prescribe en su numeral 4.1 del artículo 4, que: "(...) Para el cumplimiento de la presente ley, autorízase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza (...)";

Que, asimismo, dicho artículo dispone en su numeral 4.2 que, las transferencias a que se refiere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, la cual se publica en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, con la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, se aprueba la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01
"Directiva para la Ejecución Presupuestaria" los Modelos, las Fichas y los Lineamientos; la cual tiene como objetivo establecer las pautas para la ejecución de los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el año fiscal respectivo;

Que, el referido dispositivo legal, regula el procedimiento para las transferencias financieras, estableciendo en el literal b) del numeral 18.1 del artículo 18, las pautas para el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes;

Que, mediante Oficio Nº 001627-2023-CG/SGE
recepcionado el 13 de octubre de 2023, la Secretaría General de la Contraloría General de la República (CGR)
solicita a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, efectuar la transferencia financiera por la suma de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00) a favor del Pliego 019: Contraloría General, con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental, para ello, ha considerado la información del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte al 14 de setiembre de 2023. En tal sentido, refieren que, de conformidad con el planeamiento del control gubernamental que vienen efectuando los órganos de control de la Entidad Fiscalizadora Superior, y con el fin de dar cumplimiento al mandato legal establecido en la Ley Nº 31358, se presenta el monto determinado del costo de control concurrente a ser transferido, según el detalle siguiente: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
INVESTIGACION Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
EN GANADERIA ALTO ANDINA EN 33 DISTRITOS DE
LOS DEPARTAMENTOS DE APURIMAC, AREQUIPA,
AYACUCHO, CUSCO, HUANCAVELICA, JUNIN,
MOQUEGUA, PASCO, PUNO Y TACNA. DISTRITO DE
TODOS - PROVINCIA DE TODOS - DEPARTAMENTO
DE MUL.DEP-", monto a transferir a la CGR un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00);

Que, por Memorando Nº 01662-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de fecha 03 de noviembre de 2023, la OPP remite
el Informe Nº 0177-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE
a través del cual la UPRE señala que: "(...) En relación al requerimiento formulado por la Secretaría General de la Contraloría General de la República, se efectuaron las coordinaciones correspondientes con la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario - DDTA del Pliego del INIA, a fin de prever recursos presupuestales por la suma de S/ 1 121 135,00 con cargo a la Inversión con CUI
2491159 "Mejoramiento de los servicios de investigación y transferencia de tecnología de ganadería Alto Andina en 33 distritos de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, distrito de todos Provincia de todos-Departamento de MUL.DEP" para habilitar la genérica de gasto 2.4 "Donaciones y Transferencias", quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de las leyes anuales de presupuesto (...)";

Que, asimismo, refiere que, en base a la solicitud de creación de nueva correlativa de meta y la habilitación de marco presupuestal a través de modificaciones presupuestales, deberá darse apertura a una nueva correlativa, la misma que corresponda a la secuencia del Control Concurrente, con el presupuesto asignado de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100
soles (S/ 1 121 135,00), en la fuente de financiamiento 1.

Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto A otras unidades del Gobierno Nacional, a fin de transferir dichos recursos al Pliego: 019 Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General) que corresponde al saldo de inversión por ejecutar que forma parte del costo de control concurrente, de acuerdo a la información del SSI del MEF con fecha de corte al 14 de setiembre de 2023, de conformidad a los criterios previstos en la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL;

Que, de igual manera señala que, a fin de efectuar la transferencia correspondiente, se generó la Certificación de Crédito Presupuestario (CCP) Nº 6554 con cargo a la correlativa de Meta Nº 470 de control concurrente por el monto de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00), lo cual viabiliza la Transferencia Financiera a favor del Pliego:
019 Contraloría General, con el objetivo de desarrollar el Control Concurrente de la ejecución de la inversión con CUI Nº 2491159 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias;

Que, en consecuencia, dicho órgano señala que, en cumplimiento a lo previsto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, la Ley Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 "Directiva de Ejecución Presupuestaria", y la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL "Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente", resulta necesario autorizar la transferencia financiera hasta por el monto de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00), en la fuente de financiamiento 1.

Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias;

Que, mediante Informe Nº 0383-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 06 de noviembre de 2023, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, en consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la UPRE-OPP, se debe proseguir con el trámite y aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Unidad de Presupuesto;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, modificado con el Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI; la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01"Directiva para la Ejecución Presupuestaria" así como sus Anexos, Modelos y Ficha y otras disposiciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, favor del Pliego 019 Contraloría General por la suma de un millón ciento veintiún mil ciento treinta y cinco con 00/100 soles (S/ 1 121 135,00) para el despliegue de los servicios de control gubernamental del Proyecto con CUI
Nº 2491159: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
INVESTIGACION Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
EN GANADERIA ALTO ANDINA EN 33 DISTRITOS DE
LOS DEPARTAMENTOS DE APURIMAC, AREQUIPA,
AYACUCHO, CUSCO, HUANCAVELICA, JUNIN,
MOQUEGUA, PASCO, PUNO Y TACNA. DISTRITO DE
TODOS - PROVINCIA DE TODOS - DEPARTAMENTO
DE MUL.DEP-".

Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para el cual es transferido.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www. gob.pe/inia), y en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE JUAN GANOZA RONCAL
Jefe

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 0203-2023-INIA Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 0203-2023-INIA
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-11-07
  • Fecha de aplicacion : 2023-11-08

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