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13 Normas Legales Martes 3 Setiembre 2024 Energía RM 339-2024-MINEM/DM Defensa
9/03/2024
13 Normas Legales Martes 3 Setiembre 2024 Energía RM 339-2024-MINEM/DM Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa 13 NORMAS LEGALES Martes 3 de setiembre de 2024 ENERGÍA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios RM 339-2024-MINEM/DM Lima, 29 de agosto de 2024 VISTOS: El Informe Nº 0933-2024-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 013-2024/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 246-2024/MINEM-OGA-OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 845-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina Gen…
13 NORMAS LEGALES Martes 3 de setiembre de 2024 ENERGÍA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios
RM 339-2024-MINEM/DM
Lima, 29 de agosto de 2024
VISTOS: El Informe Nº 0933-2024-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 013-2024/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 246-2024/MINEM-OGA-OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 845-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el acápite ii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM)
a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral en las regiones, para realizar actividades de sensibilización y capacitación a los mineros en proceso de formalización, para la evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental de Formalización, así como para la revisión del cumplimiento de los requisitos en el Expediente Técnico en el que se solicita la autorización de inicio/reinicio de las actividades mineras, hasta por la suma de S/ 14 000
000,00 (Catorce millones y 00/100 Soles);
Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, para el caso de los acápites i) y ii); asimismo, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas;
Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, establece que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial "El Peruano";
Que, el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, dispone que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos.
Asimismo, los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia;
Que, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 31953, el MINEM y el Gobierno Regional de Madre de Dios (en adelante, GORE Madre de Dios), con fecha 15 de febrero de 2024, suscribieron el Convenio Nº 004-2024-MINEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral cuyo objeto es fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al mencionado Gobierno Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE Madre de Dios, a fin de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral, en el marco de la implementación de la Política Nacional Multisectorial de la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030;
Que, los numerales 5.3 y 5.4 de la Cláusula Quinta del Convenio, prevé que, el Director Regional de Energía y Minas o unidad de organización que haga sus veces es responsable de la ejecución, coordinación y monitoreo del cumplimiento del Convenio establecido con el GORE
Madre de Dios; asimismo, la Dirección General de Formalización Minera designará a un profesional, quien será responsable del seguimiento y monitoreo de la ejecución del Convenio realizado por el GORE Madre de Dios;
Que, mediante la Cláusula Octava del citado Convenio de Cooperación, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a favor del GORE Madre de Dios, por el monto de S/ 365 617,00 (Trecientos sesenta y cinco mil seiscientos diecisiete con 00/100 soles), a fin de que cubra los gastos requeridos en el Plan de Trabajo Anual de Formalización Minera 2024 del citado GORE, y cuyo uso se encuentre justificado para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, según el detalle establecido en el convenio;
Que, a través del Informe Nº 0933-2024-MINEM/ DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, precisa que el GORE Madre de Dios, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas presentó el citado plan de trabajo, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios y equipamiento informático (necesario para mantener actualizada la información del Sistema de Ventanilla Única) relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral que se vienen desarrollando durante el primer trimestre del año 2024, asimismo, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el año 2023;
Que, mediante Informe Nº 013-2024/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar la transferencia financiera a favor del GORE Madre de Dios, conforme a lo señalado en el acápite ii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
Que, asimismo, cabe indicar que la Oficina de Presupuesto, con fecha 09 de enero de 2024, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2024-00001-001 (SIAF Nº 0000000001) con cargo a la Meta Nº 0010, por el monto de hasta S/7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil con 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;
Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe Nº 246-2024/ MINEM-OGA-OFIN, concluye que el MINEM dispone de los recursos financieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor del GORE Madre de Dios, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, por lo que resulta pertinente su aprobación;
Que, mediante Informe Nº 845-2024-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia financiera de recursos a favor del GORE
Madre de Dios;
Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31953, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma S/ 365 617,00 (Trecientos sesenta y cinco mil seiscientos diecisiete con 00/100 soles), a favor del GORE Madre de Dios;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 14 NORMAS LEGMartes 3 de setiembre de 2024
2024; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público;
el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles)
2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 365 617,00
TOTAL EGRESOS S/ 365 617,00
Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:
A LA:
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles)
Pliego 454 : Gobierno Regional de Madre de Dios S/ 365 617,00
Unidad Ejecutora : 001 Sede Central - Región Madre de Dios Unidad Ejecutora SIAF : 0875
Programa Presupuestal : 0126 Formalización minera de la pequeña minería y minería artesanal Producto : 3000658 Mineros Formalizados Actividad : 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla Única Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : 20527143200
Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Madre de Dios, correspondiente al año 2024.
Regístrese, comuníquese y publíquese
RÓMULO MUCHO MAMANI
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 339-2024-MINEM/DM 13 NORMAS LEGALES Martes 3 de setiembre de 2024 ENERGÍA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 339-2024-MINEM/DM
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-09-03
- Fecha de aplicacion : 2024-09-04
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