10/29/2024
Establecen Manera Excepcional Proceso RM 738-2024/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Establecen, de manera excepcional, el proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III, y dictan diversas disposiciones RM 738-2024/MINSA Lima, 28 de octubre del 2024 Visto; el Expediente Nº DIGEP20240001141, que contiene el Memorándum Nº D001867-2024-DIGEP-MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud, que remite el Informe Nº D000044-2024-DIGEP-DIPLAN-MCS-MINSA de la Dirección de Planificación del Personal de la Salud; el Memorándum Nº D004061-2024-OGPPM-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, que remite la Nota Informativa N…
Establecen, de manera excepcional, el proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III, y dictan diversas disposiciones
RM 738-2024/MINSA
Lima, 28 de octubre del 2024
Visto; el Expediente Nº DIGEP20240001141, que contiene el Memorándum Nº D001867-2024-DIGEP-MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud, que remite el Informe Nº D000044-2024-DIGEP-DIPLAN-MCS-MINSA de la Dirección de Planificación del Personal de la Salud; el Memorándum Nº D004061-2024-OGPPM-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, que remite la Nota Informativa Nº D002339-2024-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto; y el Informe Nº D001033-2024-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS, establece que el SERUMS será prestado por los profesionales de las ciencias de la salud que obtengan su título a partir de la vigencia de la citada Ley, siendo este servicio requisito indispensable para ocupar cargos en entidades públicas, ingresar a los programas de segunda especialización profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda equivalente para estudios o perfeccionamiento;
Que, el artículo 114 y literal k) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificatorias, establece que la Dirección General de Personal de la Salud es un órgano de línea que depende del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente para proponer y monitorear la planificación, gestión y desarrollo del personal de la salud a nivel sectorial; y tiene entre sus funciones, conducir el desarrollo del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, así como realizar su seguimiento y monitoreo;
Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 013-2024-SA, Decreto Supremo que dispone la Evaluación para el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, señala que, de manera excepcional, para el Proceso SERUMS 2024-II, la Evaluación para el SERUMS se considera como requisito obligatorio de postulación para las siguientes profesiones:
médico-cirujano, cirujano dentista, químico farmacéutico, obstetra, enfermero y nutricionista; siendo de carácter obligatorio para todas las profesiones comprendidas en el SERUMS, a partir del Proceso 2025-I;
Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley Nº 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97-SA
y modificatorias, señala que los requisitos para postular al proceso SERUMS, son los siguientes: a) Ser profesional de la salud titulado y colegiado por el Colegio Profesional correspondiente, y b) Haber rendido la Evaluación para el SERUMS. Para efectos de la postulación se considera la nota obtenida en la última Evaluación para el SERUMS
rendida por el profesional de la salud;
Que, el artículo 26 del citado Reglamento, establece que el proceso de adjudicación de plazas SERUMS se realiza dos (02) veces al año, pudiendo el Ministerio de Salud, excepcionalmente y por razones debidamente justificadas establecer procesos adicionales, emitiendo para ello la Resolución Ministerial correspondiente;
Que, asimismo, el artículo 3 del citado Decreto Supremo Nº 005-97-SA, establece que por Resolución Ministerial se aprobarán las disposiciones complementarias y las modificaciones al citado reglamento;
Que, en ese sentido, mediante el Informe Nº D000044-2024-DIGEP-DIPLAN-MCS-MINSA, la Dirección de Planificación del Personal de la Salud de la Dirección General de Personal de la Salud propone y sustenta la necesidad de establecer, de manera excepcional, un nuevo proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III, en la modalidad equivalente;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Personal de la Salud;
Con el visado de la Dirección General de Personal de la Salud, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161 y modificatorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Decreto Supremo Nº 005-97-SA y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS;
SE RESUELVE:
SERUMS 2024-III
Establecer, de manera excepcional, el proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III, disponiendo para tal fin como fecha de inicio el 18 de noviembre de 2024 y fecha de término el 30 de septiembre de 2025.
Artículo 2.- Oferta de plazas para el proceso
SERUMS 2024-III
La oferta de plazas para el proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III, está constituida únicamente de plazas en la modalidad equivalente.
Artículo 3.- Inscripción al proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III
3.1 Los postulantes al proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III, al momento de registrar su 24 NORMAS LEGALES Martes 29 de octubre de 2024
inscripción deben considerar lo señalado en el artículo 23 del Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley que establece el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-97-SA.
3.2 Excepcionalmente, para el proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III, los postulantes de las profesiones de la salud señaladas en los literales g) al l) del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley que establece el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-97-SA, adjudican la plaza SERUMS mediante sorteo público, conforme las disposiciones que se establezcan en el Instructivo para el citado proceso.
3.3 El Comité Central SERUMS realiza todas las acciones necesarias con la finalidad de garantizar la ejecución del proceso de adjudicación de plazas SERUMS
2024-III.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 738-2024/MINSA Establecen, de manera excepcional, el proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2024-III, y dictan diversas disposiciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 738-2024/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-10-29
- Fecha de aplicacion : 2024-10-30
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