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Directiva N°002 2025 mimp acogimiento Familiar RM 058-2025-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
2/21/2025
Directiva N°002 2025 mimp acogimiento Familiar RM 058-2025-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables Aprueban la Directiva Nº002-2025-MIMP "Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar" RM 058-2025-MIMP Lima, 20 de febrero de 2025 Vistos, el Memorándum Nº D004205-2024-MIMP-OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Técnico Nº D000002-2025-MIMP-DPE-JCNC de la Dirección de Protección Especial; el Memorándum Nº D000040-2025-MIMP-DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; el Informe Nº D000007-2025-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; el Memorándum…
Aprueban la Directiva Nº002-2025-MIMP "Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar"
RM 058-2025-MIMP
Lima, 20 de febrero de 2025
Vistos, el Memorándum Nº D004205-2024-MIMP-OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Técnico Nº D000002-2025-MIMP-DPE-JCNC de la Dirección de Protección Especial; el Memorándum Nº D000040-2025-MIMP-DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; el Informe Nº D000007-2025-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; el Memorándum Nº D000040-2025-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000034-2025-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, cuyo objeto es brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos a fin de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, priorizando su derecho a vivir dignamente, crecer y desarrollarse en el seno de su familia, establece, en el literal c) del numeral 11.2 del artículo 11, que es función del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), diseñar e implementar el servicio de acogimiento familiar, a través del cual evalúa, capacita, selecciona a las familias acogedoras y realiza el seguimiento de la medida de protección de acogimiento familiar;
Que, la Décima Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1297 dispone que el MIMP se encuentra facultado para dictar las disposiciones complementarias que resulten necesarias para continuar con las acciones conducentes que garanticen la protección integral de las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, a fin de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos;
Que, en ese marco, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2021-MIMP se aprueba la Directiva Nº 011-2021-MIMP "Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar";
Que, el artículo 110 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP, establece que la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes (DGNNA) es el órgano de línea encargado de proponer, dirigir, articular, implementar, supervisar, realizar el seguimiento y evaluar las políticas, normas, programas y proyectos en niñez y adolescencia para contribuir a su bienestar y desarrollo integral; priorizando a las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, o que se encuentren en situación de discriminación, violencia o vulnerabilidad, o declarados judicialmente en abandono o desprotección familiar y adoptabilidad. Tiene a su cargo la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes y conduce el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño, Niña y Adolescente en representación del MIMP.
Asimismo, ejerce la función de Autoridad Central en materia de sustracción internacional de menores de edad;
Que, la DGNNA, a través del Informe Técnico Nº D000002-2025-MIMP-DPE-JCNC de la Dirección de Protección Especial, sustenta la necesidad de actualizar la Directiva Nº 011-2021-MIMP, en consideración a las recomendaciones consignadas en la Auditoria de Cumplimiento al "Proceso de Subvención Económica del Acogimiento Familiar en las Unidades de Protección Especial de Lima, Lima Norte - Callao, Lima Sur, Arequipa y Moquegua, periodo 2021-2023" del Órgano de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las mismas que evidencian la necesidad de hacer precisiones en el procedimiento de otorgamiento de la subvención económica por acogimiento familiar y su seguimiento para garantizar que esta prestación económica contribuya a que las niñas, niños y adolescentes beneficiarios de la misma, logren su desarrollo integral, lo cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Administración;
Que, asimismo, la DGNNA propone la derogación de la Resolución Ministerial Nº 182-2021-MIMP, que aprueba la Directiva Nº 011-2021-MIMP "Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar";
Que, con Memorándum Nº D000040-2025-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº D000007-2025-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional, por medio del cual brinda opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de Directiva "Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar";
Que, mediante Informe Nº D000034-2025-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión 24 NORMAS LEGALES Viernes 21 de febrero de 2025
favorable para la emisión del acto resolutivo que apruebe la Directiva "Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar" y derogue la Resolución Ministerial Nº 182-2021-MIMP , que aprueba la Directiva Nº 011-2021-MIMP;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1297, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MIMP; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP;
SE RESUELVE:
"Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 182-2021-MIMP, que aprueba la Directiva Nº 011-2021-MIMP
"Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar".
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 058-2025-MIMP Aprueban la Directiva Nº002-2025-MIMP "Acogimiento Familiar Profesionalizado y Subvención Económica del Acogimiento Familiar"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 058-2025-MIMP
- Emitida por : Mujer y Poblaciones Vulnerables - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2025-02-21
- Fecha de aplicacion : 2025-02-22
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