2/12/2025

Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 012-2025-MINEDU Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho RV 012-2025-MINEDU Lima, 10 de febrero de 2025 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº DICOPRO2025-INT-0161898; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29659, modificada por la Ley Nº 32007, se crea la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho (UNTSJL), como persona jurídica de derecho público interno, con sede en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, la misma que constituye…
Poder Ejecutivo, Defensa
Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho
RV 012-2025-MINEDU
Lima, 10 de febrero de 2025
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº DICOPRO2025-INT-0161898; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29659, modificada por la Ley Nº 32007, se crea la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho (UNTSJL), como persona jurídica de derecho público interno, con sede en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, la misma que constituye un pliego presupuestario;

Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, el numeral 6.1.1 del acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modificado mediante las Resoluciones Viceministeriales Nº 055-2022-MINEDU y Nº 053-2023-MINEDU, (en adelante, el Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3)
académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;

Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, señalan que, en el caso del presidente de la comisión organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de finalizar su designación; y en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad; precisando además que, para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente;

Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
disponen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;

Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU, establece como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación;

Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;

Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 068-2024-MINEDU, se conforma la Comisión Organizadora de la UNTSJL, quedando integrada por el señor HUGO ELISEO GAMARRA CHINCHAY , en el cargo de Presidente, al señor HIGINIO EXEQUIEL FLORES
VIDAL, en el cargo de Vicepresidente Académico y JOSE
ANIBAL PAUYAC HUAMAN, en el cargo de Vicepresidente de Investigación;

Que, con el Oficio Nº 00344-2025-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria, remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00032-2025-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga dar por concluidas las designaciones del Presidente, el Vicepresidente Académico y el Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNTSJL; agradeciéndoles por los servicios prestados;
y, reconformar la mencionada Comisión Organizadora, designando al señor JULIO ALBERTO HENNINGS
OTOYA, en el cargo de Presidente; al señor WILLIAM
EBERTH RIOS ZEGARRA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, al señor REYNALDO MEJIA CACERES, en el cargo de Vicepresidente de Investigación;

Que, mediante el Informe Nº 00216-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Viceministerial, conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 29659, que crea la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, modificada por la Ley Nº 32007; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", modificado por las Resoluciones Viceministeriales Nº 055-2022-MINEDU y Nº 053-2023-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones del señor HUGO ELISEO GAMARRA CHINCHAY , en el cargo de Presidente; del señor HIGINIO EXEQUIEL FLORES
21 NORMAS LEGALES
Miércoles 12 de febrero de 2025
VIDAL, en el cargo de Vicepresidente Académico; y del señor JOSE ANIBAL PAUYAC HUAMAN, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, agradeciéndoles por los servicios prestados.

Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, la misma que estará integrada por:
- JULIO ALBERTO HENNINGS OTOYA, como Presidente;
- WILLIAM EBERTH RIOS ZEGARRA, como Vicepresidente Académico; y - REYNALDO MEJIA CACERES, como Vicepresidente de Investigación.

Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de Entrega de Cargo, conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modificado por las Resoluciones Viceministeriales Nº 055-2022-MINEDU y
Nº 053-2023-MINEDU.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra de Gestión Pedagógica

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 012-2025-MINEDU Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 012-2025-MINEDU
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2025-02-12
  • Fecha de aplicacion : 2025-02-13

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