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Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 015-2025-MINEDU Defensa
2/12/2025
Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 015-2025-MINEDU Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas RV 015-2025-MINEDU Lima, 11 de febrero de 2025 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº DICOPRO2025-INT-0139464; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29649, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 036-2019, se crea la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas (UNAAA), como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; Que, el artículo 29 de la…
Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas
RV 015-2025-MINEDU
Lima, 11 de febrero de 2025
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº DICOPRO2025-INT-0139464; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
Que, el numeral 6.1.1 del acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modificado mediante las Resoluciones Viceministeriales Nº 055-2022-MINEDU y Nº 053-2023-MINEDU, (en adelante, Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3)
académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, establecen que, en el caso del Presidente de la Comisión Organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30)
días calendario siguientes de finalizar su designación, y en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad.
23 NORMAS LEGALES
Miércoles 12 de febrero de 2025
Asimismo, señala que para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente;
Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015- MINEDU;
disponen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;
Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU, establece como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación;
Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 108-2024-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNAAA, quedando integrada por el señor KENETH REATEGUI DEL AGUILA, como Presidente; el señor PEDRO JOSE VERTIZ QUEREVALU, como Vicepresidente Académico; y, el señor FREDY
HELAR VELASQUEZ RAMIREZ, como Vicepresidente de Investigación;
Que, con el Oficio Nº 060-2025-UNAAA-CO/VPA, el Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAAA presenta su renuncia irrevocable al cargo;
Que, a través del Oficio Nº 00312-2025-MINEDU/ VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria, remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00026-2025-MINEDU/VMGP-DIGESU- DICOPRO, por medio del cual, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la Resolución Viceministerial que disponga aceptar la renuncia del Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAAA;
dar por concluidas las designaciones del Presidente y Vicepresidente de Investigación de la mencionada Comisión Organizadora; y, reconformar la Comisión Organizadora designando, al señor MARIO ESVEN
REYNA LINARES, en el cargo de Presidente; al señor ROSEL BURGA CABRERA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, al señor ITALO WILE ALEJOS PATIÑO, en el cargo de Vicepresidente de Investigación;
Que, mediante el Informe Nº 00226-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 29649, que crea la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 036-2019; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", modificado por las Resoluciones Viceministeriales Nº 055- 2022-MINEDU y
Nº 053-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Dar por concluidas las designaciones del señor KENETH REATEGUI DEL AGUILA, en el cargo de Presidente; y, del señor FREDY HELAR VELASQUEZ
RAMIREZ, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, agradeciéndoles por los servicios prestados.
Artículo 3.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, la misma que quedará integrada por:
- MARIO ESVEN REYNA LINARES, como Presidente;
- ROSEL BURGA CABRERA, como Vicepresidente Académico; y - ITALO WILE ALEJOS PATIÑO, como Vicepresidente de Investigación.
Artículo 4.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, el Informe de Entrega de Cargo; conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modificado por las Resoluciones Viceministeriales Nº 055-2022-MINEDU y
Nº 053-2023-MINEDU.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra de Gestión Pedagógica
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 015-2025-MINEDU Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 015-2025-MINEDU
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2025-02-12
- Fecha de aplicacion : 2025-02-13
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