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Texto Integrado Reglamento Organización Funciones RPE Instituto Nacional de Defensa Civil
2/28/2025
Texto Integrado Reglamento Organización Funciones RPE Instituto Nacional de Defensa Civil
Organismos Reguladores, Instituto Nacional de Defensa Civil Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo T écnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento RPE 000010-2025-OTASS-PE Lima, 27 de febrero de 2025 VISTO: El Informe Nº 000002-2025-OTASS-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Legal Nº 0000084-2025-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Informe Nº 000083-2025-OTASS-GG de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización d…
Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo T écnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento
RPE 000010-2025-OTASS-PE
Lima, 27 de febrero de 2025
VISTO:
El Informe Nº 000002-2025-OTASS-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
el Informe Legal Nº 0000084-2025-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Informe Nº 000083-2025-OTASS-GG de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
Que, con el artículo 3 de la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2025-VIVIENDA, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario. Es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento a cargo de las empresas prestadoras municipales y los prestadores del ámbito urbano en pequeñas ciudades; y, la política de integración de prestadores;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en adelante los Lineamientos, con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; cuyo artículo 43 señala que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, que contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que, así también los artículos 44 y 45 de los Lineamientos, señalan que el Reglamento de Organización y Funciones se divide en dos secciones: la Sección Primera, que se aprueba por Decreto Supremo y contiene los títulos que comprenden las disposiciones 38 NORMAS LEGALES Viernes 28 de febrero de 2025
generales, así como las competencias y funciones de los órganos de primer y segundo nivel organizacional; y la Sección Segunda, que se aprueba por Resolución del Titular de la Entidad y contiene los títulos desde el tercer nivel organizacional en adelante. El decreto supremo antes referido rige a partir de la entrada en vigencia de la resolución del titular de la entidad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2025-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 000017-2025-OTASS-DE, se aprueban las Secciones Primera y Segunda, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del acotado Decreto Supremo Nº 002-2025-VIVIENDA, dispone que el OTASS, mediante Resolución, en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de su Titular que aprueba la Sección Segunda de su Reglamento de Organización y Funciones, consolida el Texto Integrado del citado Reglamento, que contiene las Secciones Primera y Segunda de dicho documento de gestión;
Que, conforme al Anexo 1 - Glosario de Términos de los Lineamientos, se define al Texto Integrado del ROF como el documento que: "Consolida las secciones primera y segunda del ROF de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fin de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto integrado del ROF hacer referencia al artículo correspondiente de la sección primera o segunda del ROF, aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente";
Que, con Informe Nº 000002-2025-OTASS-OPPM de fecha 25 de febrero de 2025 la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, solicita y sustenta la aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, consolidando las Secciones Primera y Segunda del mencionado documento de gestión, emitiendo opinión previa favorable;
Que, mediante Informe Legal Nº 000084-2025-OTASS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable que la Presidencia Ejecutiva emita el acto resolutivo que apruebe el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS;
Que, finalmente a través del Informe Nº 00083-2025-OTASS-GG de fecha 27 de febrero de 2025, la Gerencia General, estando a la opinión contenida en los informes de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y efectuada la revisión de la documentación que conforma el expediente administrativo que sustenta el proyecto de acto resolutivo, lo encuentra conforme;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias;
De conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; artículo 3 la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento; Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, cuyo Texto Único Ordenando es aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2025-VIVIENDA; y el Decreto Supremo Nº 002-2025-VIVIENDA y la Resolución Directoral Nº 000017-2025-OTASS-DE que aprueban la Sección Primera y la Sección Segunda, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS;
SE RESUELVE:
y la Resolución Directoral Nº 000017-2025-OTASS-DE, que consta de dos (02) títulos, cinco (05)
capítulos, sesenta y seis (66) artículos y un Anexo que contiene el Organigrama del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publicación El Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento y su Anexo, son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en la sede digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA
Presidente Ejecutivo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RPE 000010-2025-OTASS-PE Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo T écnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
- Numero : 000010-2025-OTASS-PE
- Emitida por : Instituto Nacional de Defensa Civil - Organismos Reguladores
- Fecha de emision : 2025-02-28
- Fecha de aplicacion : 2025-03-01
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