10/20/2025
Preguntas Comentarios : RCDOSIEMO 157-2025-OS/CD Defensa
Organismos Reguladores, Defensa Preguntas y comentarios : normasactualizadas@editoraperu.com.pe INGRESA A NORMAS LEGALES A CTU ALIZAD AS https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadas MANT ENT E INF ORMAD O C ON L O ÚL TIM O EN NORMA S LEGALES Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes. Normas Legales Actualizadas RCDOSIEMO 157-2025-OS/CD Lima, 16 de octubre del 2025 VISTOS: La propuesta remitida por el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional ("COES") mediante Carta Nº COES/D-700-2025; la respuesta del COES a las observaciones d…
Preguntas y comentarios : normasactualizadas@editoraperu.com.pe INGRESA A NORMAS LEGALES A CTU ALIZAD AS https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadas MANT ENT E INF ORMAD O C ON L O ÚL TIM O EN NORMA S LEGALES Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes. Normas Legales Actualizadas
RCDOSIEMO 157-2025-OS/CD
Lima, 16 de octubre del 2025
VISTOS:
La propuesta remitida por el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional ("COES") mediante Carta Nº COES/D-700-2025; la respuesta del COES a las observaciones de Osinergmin presentada mediante Carta Nº COES/D-964-2025; así como los Informes Nº 749-2025-GRT y Nº 750-2025-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas.
CONSIDERANDO:
Que, bajo ese amparo legal, Osinergmin mediante Resolución Nº 173-2024-OS/CD aprobó el Procedimiento Técnico del COES Nº 20 "Ingreso, Modificación y Retiros de Instalaciones del SEIN" ("PR-20"), el cual tiene por objeto determinar los requisitos y procesos a seguir para la integración, modificación o retiro de instalaciones eléctricas del SEIN, así como establecer las condiciones para la aprobación del inicio, suspensión o conclusión de la operación comercial de unidades o centrales de generación;
Que, a efectos de dar cumplimiento a la obligación establecida en el numeral 4.4.4 del PR-20, y emular la inercia sintética para las centrales de generación que lo requieran, en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Nº 173-2024-OS/CD, se dispuso que el COES presente a Osinergmin, a más tardar el 30 de junio de 2025, una propuesta debidamente sustentada en un informe, que contenga: el porcentaje de la contribución de potencia nominal, el tiempo para iniciar la referida contribución y el periodo mínimo de contribución;
Que, el COES mediante Carta Nº D-700-2025 del 27 de junio de 2025 presentó la propuesta a que se refiere la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Nº 173-2024-OS/CD;
Que, en observancia de los principios de participación y transparencia, previstos en el Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y en el artículo 8 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado con Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, respectivamente, se ha previsto que la aprobación de los parámetros técnicos esté sujeta a una etapa de prepublicación, con la finalidad de que los interesados presenten sus comentarios;
Que, finalmente, se han emitido el Informe Técnico Nº 749-2025-GRT y el Informe Legal Nº 750-2025-GRT
elaborados por la División de Generación y Transmisión Eléctrica y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas respectivamente, que integran la presente resolución;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo
LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES
MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE
Fe de erratas 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma rectificatoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales.
2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identificar todos los errores materiales que deben corregirse.
3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título "Dice" y proporcionar la versión corregida bajo el título "Debe Decir".
4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones.
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
13 NORMAS LEGALES
Lunes 20 de octubre de 2025
Nº 054-2001-PCM; Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento del COES, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM; y en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias;
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión 25-2025, de fecha 16 de octubre 2025.
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Plazo para la recepción de comentarios Otorgar un plazo de veinte días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial, sin lugar a prórroga, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios al proyecto de resolución a través de la Ventanilla Virtual de Osinergmin: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob. pe/ o a la dirección de correo electrónico: PRCOES@
osinergmin.gob.pe, o mediante la Mesa de Partes física con las que Osinergmin cuenta a nivel nacional.
Artículo 3.- Recepción y análisis de comentarios Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolución; así como la elaboración y presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.
Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ
Presidente del Consejo Directivo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RCDOSIEMO 157-2025-OS/CD Preguntas y comentarios : normasactualizadas@editoraperu.com.pe INGRESA A NORMAS LEGALES A CTU ALIZAD AS https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadas MANT ENT E INF ORMAD O C ON L O ÚL TIM O EN NORMA S LEGALES Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes. Normas Legales Actualizadas
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
- Numero : 157-2025-OS/CD
- Emitida por : Defensa - Organismos Reguladores
- Fecha de emision : 2025-10-20
- Fecha de aplicacion : 2025-10-21
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