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Transferencia Financiera Favor Contraloría RPE 000094-2025-INACAL/PE Produce
10/24/2025
Transferencia Financiera Favor Contraloría RPE 000094-2025-INACAL/PE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RPE 000094-2025-INACAL/PE San Isidro, 22 de octubre del 2025 VISTO: El Memorando Nº 000527-2025-INACAL/DDE de la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad; el Memorando Nº 000838-2025-INACAL/OA de la Oficina de Administración; el Informe Nº 000044-2025-INACAL/ OA-EFCNT del Equipo Funcional de Contabilidad de la Oficina de Administración; el Memorando Nº 001725-2025-INACAL/OPP y el Informe Nº 000209-2025-INACAL/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0003…
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RPE 000094-2025-INACAL/PE
San Isidro, 22 de octubre del 2025
VISTO:
El Memorando Nº 000527-2025-INACAL/DDE de la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad; el Memorando Nº 000838-2025-INACAL/OA de la Oficina de Administración; el Informe Nº 000044-2025-INACAL/ OA-EFCNT del Equipo Funcional de Contabilidad de la Oficina de Administración; el Memorando Nº 001725-2025-INACAL/OPP y el Informe Nº 000209-2025-INACAL/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000362-2025-INACAL/ OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y, la Nota Nº 237-2025-INACAL/GG de la Gerencia General;
CONSIDERANDO:
INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, constituye Pliego Presupuestal, cuenta con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera;
Que, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000021-2024-INACAL/PE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2025 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL, por el monto total de S/ 36 771 161,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Setenta y Un Mil Ciento Sesenta y Uno y 00/100 Soles), por toda Fuente de Financiamiento;
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000008-2025-INACAL/PE, se autoriza la desagregación de recursos autorizados mediante Decreto Supremo Nº010-2025-EF, Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y diversos gobiernos locales, hasta por la suma de S/ 34 600,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos con 00/100
Soles) a favor del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, para financiar el costo del otorgamiento del bono excepcional y, por única vez, de S/ 200,00 (Doscientos con 00/100 Soles);
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000009-2025-INACAL/PE, se autoriza la incorporación de mayores ingresos públicos provenientes del Saldo de Balance en el Presupuesto del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 348 400,00 (Trescientos Cuarenta y Ocho Mil Cuatrocientos con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, por concepto de la donación recibida de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a favor de la intervención "Promoción de la Economía Circular en el sector turismo y manufactura de Perú a través de la generación de capacidades en la Infraestructura de la Calidad" - Fase 2;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000011-2025-INACAL/PE, se autoriza la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL, por el monto total de S/ 737 029,00 (Setecientos Treinta y Siete Mil Veintinueve y 00/100 Soles) en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, para la continuidad y culminación del proyecto "Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufactura de Perú a través de la generación de capacidad en infraestructura de la calidad", financiado por AECID, correspondiente a la Fase 1;
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000093-2025-INACAL/PE, se autoriza la desagregación de recursos autorizados mediante Decreto Supremo Nº214-2025-EF, hasta por la suma de S/ 451 384,00 (Cuatrocientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Ochenta y Cuatro con 00/100 Soles) a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas con cargo al Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL, de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, respecto de las Sociedades de Auditoría, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría (SOA), previa solicitud de la Contraloría General de la República, 11 NORMAS LEGALES
Viernes 24 de octubre de 2025
bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la Oficina de Administración y del jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Asimismo, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso de Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, precisando que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras instituciones, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; encontrándose contemplado el INACAL entre las entidades a cargo de efectuar la citada retribución económica;
Que, el subnumeral 7.2.1.2 del artículo 7 de la Directiva Nº006-2025-CG/GRECE "Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales", aprobada con Resolución de Contraloría Nº314-2025-CG, establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental (GRECE) de la Contraloría General de la República, solicita a las Entidades que son componentes significativos para la auditoría a la Cuenta General de la República, efectuar la transferencia para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las SOA y pagar el derecho de designación y supervisión, dentro del plazo de quince (15) días hábiles computados desde el día hábil siguiente de la notificación de la solicitud. Asimismo, indica que el titular, la máxima autoridad administrativa o el representante legal de la Entidad, es el responsable de considerar en el presupuesto de la Entidad los recursos suficientes y la previsión presupuestal para solventar el costo de la Auditoría Financiera Gubernamental (AFG), conforme a lo dispuesto en la normativa sobre presupuesto del Sector Público;
Que, con Memorando Nº 000527-2025-INACAL/ DDE, la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad comunica a la Oficina de Administración que mediante el Oficio Nº 000380-2025-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita la transferencia de retribución económica, pago de derecho de designación y formato con información necesaria, a fin de que designen una Sociedad de Auditoría (SOA) que realice la auditoría financiera gubernamental al proyecto "Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en infraestructura de la calidad" Fase 1, por el monto de S/ 36 451,00 (Treinta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Uno con 00/100 Soles);
Que, mediante Memorando Nº 001725-2025-INACAL/ OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo a lo solicitado en la Nota Nº 000196-2025-INACAL/ OA-EFCNT del Equipo Funcional de Contabilidad, emite la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000003545 por el monto de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100
Soles), por concepto de transferencia financiera por retribución económica, así como la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000003546 por el monto de S/ 1 764,00 (Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100
Soles) por concepto de pago de derecho de designación y supervisión, en el marco de la auditoría financiera gubernamental al Proyecto "Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en infraestructura de la calidad", Fase 1;
Que, con Memorando Nº 000838-2025-INACAL/ OA, la Oficina de Administración remite el Informe Nº 000044-2025-INACAL/OA-EFCNT de la Responsable del Equipo Funcional de Contabilidad, con el cual solicita se gestione la emisión de la Resolución de Presidencia Ejecutiva que autorice la transferencia financiera por retribución económica a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100 Soles), afectándose a la Fuente de financiamiento:
Donaciones y Transferencias, Meta 0025 "Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en la infraestructura de la calidad", Fase 1, en las específicas de gasto 2.4.1 3.1 1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatoria. Asimismo, indica que procederá con el trámite de pago por derecho de designación o supervisión, a nombre de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 1 764,00 (Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles);
Que, mediante Informe Nº 000209-2025-INACAL/ OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que mediante Memorando Nº 001725-2025-INACAL/ OPP, emitió la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000003545 por el monto de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100
Soles), con cargo a la meta presupuestal 025 del Pliego INACAL, en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, y especifica de gasto 2.4.1 3.1 1. A
Otras Unidades del Gobierno Nacional, por concepto de transferencia financiera a la Contraloría General de la República para la Auditoría Financiera Gubernamental al Proyecto "Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en infraestructura de la calidad", Fase 1, por el periodo 09/01/2024 - 08/01/2026, por lo que emite opinión favorable sobre la disponibilidad de financiamiento para la realización de la transferencia financiera por retribución económica a la Contraloría General de la República;
Que, con Informe Nº 000362-2025-INACAL/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la transferencia financiera por retribución económica por el monto de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y su modificatoria;
Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico de la Calidad, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; la Ley Nº 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL; la Directiva Nº 006-2025-CG/GRECE "Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 314-2025-CG; y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, Aprueban T arifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
SE RESUELVE:
12 NORMAS LEGALES Viernes 24 de octubre de 2025
Administración - INACAL (1632), hasta por la suma de S/ 34 687,00 (Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Siete con 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatoria, correspondiente al cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, para la contratación y pago a la sociedad de auditoría que será designada para realizar labores de control posterior externo en el INACAL en el marco del Proyecto "Promoción de la economía circular en el sector turismo y manufacturero de Perú a través de la generación de capacidades en infraestructura de la calidad", Fase 1, por los periodos a auditar 09/01/2024 - 08/01/2026.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente resolución, se realiza con cargo al presupuesto institucional aprobado en el presente Año Fiscal 2025 del Pliego 0244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL, Unidad Ejecutora 001: Administración - INACAL (1632), fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, Categoría Presupuestal Asignación Presupuestal que no Resultan en Productos, Actividad Infraestructura de la Calidad, Genérica de Gastos 2.4
Donaciones y Transferencias, Específicas de Gasto 2.4.1
3.1 1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos.
Artículo 4.- Acciones Administrativas Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Administración para la ejecución de las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 5.- Publicidad Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del INACAL (www.gob.pe/inacal), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR JOSÉ BERNABÉ PÉREZ
Presidente Ejecutivo Instituto Nacional de Calidad
NORMA LEGAL:
- Titulo: RPE 000094-2025-INACAL/PE Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
- Numero : 000094-2025-INACAL/PE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2025-10-24
- Fecha de aplicacion : 2025-10-25
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