11/09/2025

Gobierno Regional Amazonas Ejercer Función G RSD 010-2025-PCM/SD PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Acreditan al Gobierno Regional de Amazonas para ejercer la función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento RSD 010-2025-PCM/SD Lima, 3 de noviembre de 2025 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 021-2010-PCM/SD-OTME; el Convenio Nº 610-2020-VIVIENDA, "Convenio Marco Intergubernamental entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Amazonas"; el Oficio Nº 002-2023-VIVIENDA-OGPP-ST-CSTCF emitido por el Ministerio de Vivienda, Construcc…
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Acreditan al Gobierno Regional de Amazonas para ejercer la función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento
RSD 010-2025-PCM/SD
Lima, 3 de noviembre de 2025
VISTOS:

El Informe de Concordancia Nº 021-2010-PCM/SD-OTME; el Convenio Nº 610-2020-VIVIENDA, "Convenio Marco Intergubernamental entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Amazonas"; el Oficio Nº 002-2023-VIVIENDA-OGPP-ST-CSTCF emitido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Informe Nº D000007-2025-PCM-SSARL-MCP emitido por la Subsecretaría de Articulación Regional y Local; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, en su artículo 188 señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objeto fundamental el desarrollo integral del país;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros tiene entre sus funciones, dirigir el proceso de descentralización del Poder Ejecutivo y supervisar sus avances en coordinación con los gobiernos locales y regionales;

Que, el artículo 95 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo armónico y sostenible del Estado;
y en el literal g) del artículo 96, expresa que una de sus funciones es conducir, ejecutar, monitorear y evaluar la transferencia de competencias, funciones, facultades y recursos a los gobiernos regionales y gobiernos locales, con arreglo a Ley;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, se aprobó el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008", el mismo que comprendió, entre otras, la transferencia de la función g) del artículo 58 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento, a los gobiernos regionales;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2009-PCM/SD, se aprobaron los requisitos específicos mínimos a ser cumplidos por los Gobiernos Regionales, para acceder a la transferencia de la función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los cuales fueron propuestos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su calidad de ente rector;

Que, a través del Informe de Concordancia Nº 021-2010-PCM/SD-OTM, la Secretaría de Descentralización declaró al Gobierno Regional de Amazonas POR
POTENCIAR, al no haber cumplido con los requisitos específicos mínimos establecidos, según los respectivos Informes Situacionales elaborados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Amazonas, para acceder a la transferencia de la referida función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en ese marco, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Amazonas suscribieron el Convenio Marco Intergubernamental, para facilitar la certificación de esta función;

Que, mediante Oficio Nº 296-2025-VIVIENDA/ SG-OGPP el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita a la Secretaría de Descentralización transitar a la etapa de acreditación en el proceso de transferencia de la función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, al Gobierno Regional de Amazonas;

Que, a través del Informe Nº D000007-2025-PCM-SSARL-MCP emitido por la Subsecretaría de Articulación Regional y Local se concluye que corresponde la declaración de acreditado al Gobierno Regional de Amazonas y, por tanto, como apto para ejercer la función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; debiendo emitirse la Resolución de Secretaría de Descentralización para dicho fin, de conformidad a lo establecido en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD "Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia", aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para continuar las transferencias de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los gobiernos regionales y locales programados en los Planes Anuales de Transferencia aprobados hasta el año 2010, que se encuentren pendientes, continuará hasta su formalización, conforme a lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783 y a las directivas aprobadas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
y en uso de las atribuciones dispuestas por el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acreditación de función para transferencia Acreditar al Gobierno Regional de Amazonas para ejercer la función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; de acuerdo a lo establecido en los numerales 4.11, 5.1.5 y 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD.

Artículo 2.- Notificación de Acreditación Notificar la presente Resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Gobierno Regional de Amazonas, a fin de que procedan a realizar las acciones correspondientes a la etapa de efectivización del proceso de transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD "Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales", aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD; y, la Directiva Nº 003-2008- PCM/SD, "Directiva para la Culminación e Implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos 5 NORMAS LEGALES
Domingo 9 de noviembre de 2025
Regionales", aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable.

Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario oficial El Peruano y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros http://www.gob.pe/pcm.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARY ROJAS CUESTA
Secretaria de Descentralización

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RSD 010-2025-PCM/SD Acreditan al Gobierno Regional de Amazonas para ejercer la función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN
  • Numero : 010-2025-PCM/SD
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2025-11-09
  • Fecha de aplicacion : 2025-11-10

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