12/08/2025

Modificación Texto Único Procedimientos RCDOSIEMO 165-2025-OS/CD Transportes y Comunicaciones

Organismos Reguladores, Transportes y Comunicaciones Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería RCDOSIEMO 165-2025-OS/CD Lima, 26 de noviembre del 2025 VISTOS: El Informe GPPM-105-2025-GPPM/OS, de fecha 11 de noviembre del 2025, mediante el cual la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización - GPPM, pone a consideración del Consejo Directivo la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. CONSIDER…
Organismos Reguladores, Transportes y Comunicaciones
Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería
RCDOSIEMO 165-2025-OS/CD
Lima, 26 de noviembre del 2025
VISTOS:

El Informe GPPM-105-2025-GPPM/OS, de fecha 11 de noviembre del 2025, mediante el cual la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización - GPPM, pone a consideración del Consejo Directivo la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante, Osinergmin), es un organismo público regulador adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2012-PCM, publicado el 24 de abril del 2012, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de Osinergmin, modificado posteriormente con Resoluciones de Consejo Directivo Nº 095-2017-OS/CD, Nº 164-2018-OS/CD, Nº 075-2020-OS/CD y Decretos Supremos Nº 193-2020-PCM, Nº 112-2022-PCM y Nº 113-2024-PCM;

Que, la Ley Nº 31603, Ley que modifica el Artículo 207 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los Recurso de Reconsideración deberán resolverse en el plazo de quince (15) días;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1633, que modifica el numeral 207.2 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que excepcionalmente, en los procedimientos administrativos de instancia única de competencia de los consejos directivos de los organismos reguladores, el recurso de reconsideración se resuelve en el plazo de treinta (30) días;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 150-2024-OS/CD, del 30 de julio del 2024, se aprueba el "Reglamento del Registro de Hidrocarburos de Osinergmin", cuyo objetivo es establecer el procedimiento, principios, requisitos y órganos competentes para la inscripción, modificación, suspensión, cancelación y habilitación en el Registro de Hidrocarburos, así como para el otorgamiento de Informes Técnicos Favorables o actas de verificación, previamente a la inscripción o modificación en el registro, derogando la Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 75-2025-OS/CD del 12 de junio del 2025, se establecen disposiciones procedimentales a fin de realizar la comercialización de cilindros de GLP de propiedad o responsabilidad de dos o más empresas envasadoras y se modifica el Reglamento del Registro de Hidrocarburos aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 150-2024-OS/CD;

Que, el numeral 44.1 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo;

Que, asimismo, el numeral 44.5 del citado artículo 44
indica que, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores;

Que, bajo dicho marco normativo, el Osinergmin propone y sustenta la necesidad de modificar mediante Resolución de Consejo Directivo el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
y los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)", aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP;

Con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 28-2025 del 26 de noviembre del 2025;

13 NORMAS LEGALES
Lunes 8 de diciembre de 2025

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin 1.1. Modificar la base legal de cuarenta y siete (47)
Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería -Osinergmin.

1.2. Modificar los requisitos de nueve (9)
Procedimientos Administrativos del TUPA de Osinergmin.

1.3. Simplificar el procedimiento administrativo PA8000D024 "Inscripción o modificación en el Registro de Hidrocarburos de local de venta de Gas Licuado de Petróleo - GLP."
1.4. Adecuar los Plazos de Atención de los Recursos de Reconsideración en base a lo establecido en la Ley Nº 31603 y Decreto Legislativo Nº 1633.

1.5. Actualizar el Formato del Procedimiento Administrativo Estandarizado PE123299E43 "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control".

Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el diario oficial El Peruano (www.elperuano.
pe), en la página web institucional del Osinergmin (www.gob.pe/osinergmin) y en Portal de Transparencia Estándar.

OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ
Presidente del Consejo Directivo * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCDOSIEMO 165-2025-OS/CD Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
  • Numero : 165-2025-OS/CD
  • Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Organismos Reguladores
  • Fecha de emision : 2025-12-08
  • Fecha de aplicacion : 2025-12-09

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.