1/31/2026

000001 2026 sis/sg Fin Incorporar Facultades RS 000014-2026-SIS/SG Seguro Integral de Salud

Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Modifican la Resolución Secretarial Nº 000001-2026-SIS/SG, a fin de incorporar facultades en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud RS 000014-2026-SIS/SG La Victoria, 30 de enero del 2026 VISTOS: Los Memorandos Nº 000125-2026-SIS/OGAR y Nº 000087-2026-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos; la Nota Informativa Nº 000180-2026-SIS/OGAR-UFA de la Unidad Funcional de Abastecimiento; y el Informe Legal Nº 000045-2026-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Ju…
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud
Modifican la Resolución Secretarial Nº 000001-2026-SIS/SG, a fin de incorporar facultades en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud
RS 000014-2026-SIS/SG
La Victoria, 30 de enero del 2026
VISTOS:

Los Memorandos Nº 000125-2026-SIS/OGAR y Nº 000087-2026-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos; la Nota Informativa Nº 000180-2026-SIS/OGAR-UFA de la Unidad Funcional de Abastecimiento; y el Informe Legal Nº 000045-2026-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud - ROF del SIS, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, señala que el SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley;

Que, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece en su numeral 25.2 del artículo 25 que la Autoridad de la Gestión Administrativa de la Entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las facultades que la presente ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento;

Que, el literal b) del numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas dispone que la Autoridad de la gestión administrativa es responsable de la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, con excepción de aquellas reservadas al titular de la entidad;

Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 000001-2026-SIS/SG, la Secretaría General del Seguro Integral de Salud, delega hasta el 31 de diciembre de diversas facultades en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud;

Que, a través de la Resolución Directoral Nº 0022-2025-EF/54.01, se aprueba la Directiva Nº 0007-2025-EF/54.01, denominada "Directiva para la programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras" (en adelante Directiva), la cual tiene por objeto establecer disposiciones para que las entidades del sector público, programen sus necesidades de bienes, servicios y obras, por un periodo mínimo de tres años, con la finalidad de lograr la previsión racional y trazabilidad de los bienes, servicios y obras que requieren para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 de la Directiva, establece que el Cuadro Multianual de Necesidades es el producto final de la Programación Multianual de bienes, servicios y obras, cual contiene la programación de las necesidades priorizadas por la entidad del sector público por un periodo mínimo de tres años fiscales, para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos;

Que, mediante el Memorando Nº 000087-2026-SIS/ OGAR, la Oficina General de Administración de Recursos hace suyo la Nota Informativa Nº 000180-2026-SIS/ OGAR-UFA, a través del cual la Unidad Funcional de Abastecimiento, concluye que: "(...) Mediante Resolución Secretarial Nº 000001-2026-SIS/SG, de fecha 08 de enero de 2026, se ha dispuesto la delegación de facultades para el presente ejercicio. No obstante, de la revisión efectuada, no se aprecia de manera expresa la delegación de las facultades vinculadas a la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación, las cuales durante el ejercicio fiscal 2025 fueron delegadas mediante Resolución Secretarial Nº 0102-2025-SIS/SG (...)";

Que, asimismo con el Memorando Nº 000125-2026-SIS/OGAR, la Oficina General de Administración de Recursos solicita que la propuesta de modificación del artículo 1 de la Resolución Secretarial Nº 000001-2026-SIS/SG, tenga eficacia anticipada al 08 de enero 2026; a fin de asegurar la continuidad y regularidad de los procedimientos de contratación pública, así como el cumplimiento del marco normativo vigente;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley Nº 27444 dispone que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

55 NORMAS LEGALES
Sábado 31 de enero de El Peruano / Que, mediante el Informe Legal Nº 000045-2026-SIS/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que conforme lo solicitado por la Oficina General de Administración de Recursos y la Unidad Funcional de Abastecimiento, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, en el Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF y su modificatoria, así como la Directiva Nº 0007-2025-EF/54.01, "Directiva para la Programación Multianual De Bienes, Servicios y Obras", aprobada con la Resolución Directoral Nº 0022-2025-EF/54.01, resulta jurídicamente viable la modificación del artículo 1 de la Resolución Secretarial Nº 000001-2026-SIS/SG, con eficacia al 08 de enero 2026;

Contando con el visto del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2026-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2011-SA modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2016-SA;
y la Directiva Nº 0007-2025-EF/54.01, "Directiva para la Programación Multianual De Bienes, Servicios y Obras", aprobada con la Resolución Directoral Nº 0022-2025-EF/54.01.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Secretarial Nº 000001-2026-SIS/SG, en el extremo de incorporar dos (02) facultades en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, el cual quedará redactado en los siguientes términos:
"(...) (bb) Aprobar las modificaciones del Cuadro Multianual de Necesidades. (cc) Aprobar, autorizar y supervisar los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, con excepción de aquellas reservadas al Titular de la Entidad, en el marco de lo establecido en la normativa de contrataciones públicas. (...)"
Artículo 2.- Ratificar en todos sus extremos la Resolución Secretarial Nº 000001-2026-SIS/SG, en lo que no se oponga a la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la vigencia de la presente resolución, con eficacia anticipada al 08 de enero del 2026; conforme a lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo 004-2019-JUS.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud (www.gob.pe/sis), y su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIURKA ALEJANDRA OSORIO ORELLANA
Secretaria General del Seguro Integral de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 000014-2026-SIS/SG Modifican la Nº 000001-2026-SIS/SG, a fin de incorporar facultades en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SECRETARIAL
  • Numero : 000014-2026-SIS/SG
  • Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2026-01-31
  • Fecha de aplicacion : 2026-02-01

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