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34 Normas Legales Miércoles 11 Febrero El Peruano RM 058-2026-JUS Justicia y Derechos Humanos
2/11/2026
34 Normas Legales Miércoles 11 Febrero El Peruano RM 058-2026-JUS Justicia y Derechos Humanos
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos 34 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de febrero de El Peruano / Preguntas y comentarios: normasactualizadas@editoraperu.com.pe Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes. MANTENTE INFORMADO CON LO ÚL TIMO EN NORMAS LEGALES Normas Legales Actualizadas RM 058-2026-JUS Lima, 10 de febrero de 2026 VISTOS, las Ordenes Procesales Nº 10 y Nº 13, de la Presidencia del Tribunal Arbitral ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional; los Memorandos Nº 1818-2025-JUS/PPMJDH y Nº 000129-2026-JUS/PPMJDH, de la Procuradu…
34 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de febrero de El Peruano / Preguntas y comentarios: normasactualizadas@editoraperu.com.pe Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes. MANTENTE INFORMADO CON LO ÚL TIMO EN NORMAS LEGALES Normas Legales Actualizadas
RM 058-2026-JUS
Lima, 10 de febrero de 2026
VISTOS, las Ordenes Procesales Nº 10 y Nº 13, de la Presidencia del Tribunal Arbitral ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional;
los Memorandos Nº 1818-2025-JUS/PPMJDH y Nº 000129-2026-JUS/PPMJDH, de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Informe Nº 046-2026-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 0248-2026-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, la Presidencia del Tribunal Arbitral en el citado proceso, mediante la Orden Procesal Nº 10 aprobó un nuevo calendario procesal que incluye audiencias presenciales (entre ellas, para las declaraciones periciales y de testigos);
y, mediante la Orden Procesal Nº 13, se estableció la lista de testigos y peritos, precisándose que se espera contar con la presencia del equipo legal del Ministerio de Justicia y Derechos Humamos. Dichas actividades se realizarán del 24 al 27 de febrero de en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte;
Que, el 23 de febrero de 2026, se realizará una reunión de coordinación previa a las audiencias con los representantes del estudio jurídico en Londres, testigos y peritos, a fin de establecer la estrategia de defensa para dichas audiencias;
Que, para estos efectos, se propone la asistencia de los señores Erick Samuel Villaverde Sotelo, Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Omar José García Chávez, Experto III en Defensa Jurídica del Estado en la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, conforme a los documentos de vistos, la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos señala que el objeto de asistir a las citadas sesiones, entre otros, es brindar respuestas inmediatas y precisas al Tribunal Arbitral y/o a los abogados de la contraparte relacionadas con el derecho peruano;
fortalecer la coordinación con el estudio de abogados que asesora a dicha procuraduría; y, facilitar la coordinación directa con los testigos y peritos del Estado peruano;
Que, la citada participación es de interés nacional, pues resulta indispensable para garantizar la defensa jurídica efectiva de los intereses del Estado peruano en una controversia arbitral internacional de alta relevancia e impacto. La participación presencial de los representantes de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos permite asegurar una actuación procesal oportuna y técnicamente idónea ante el Tribunal Arbitral;
Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que la participación de los comisionados, se vinculan con el OES03, Objetivo Estratégico Sectorial 03 del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos, relacionado a efectivizar la protección de los intereses del Estado;
Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las actividades programadas, corresponde autorizar el viaje de los comisionados a los que se ha hecho referencia; y, considerando el itinerario, el presente viaje será del 21 de febrero al 01 de marzo de 2026;
Que, los gastos que genere el viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Con los visados de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:
Erick Samuel Villaverde Sotelo, Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Pasajes US $ 4,163.39
Viáticos x 7 días US $ 3,780.00
Omar José García Chávez, Experto III en Defensa Jurídica del Estado en la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Pasajes US $ 4,163.39
Viáticos x 7 días US $ 3,780.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, las personas citadas en el artículo 1 de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos en el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER E. MARTÍNEZ LAURA
Ministro Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 058-2026-JUS 34 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de febrero de El Peruano / Preguntas y comentarios: normasactualizadas@editoraperu.com.pe Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes. MANTENTE INFORMADO CON LO ÚL TIMO EN NORMAS LEGALES Normas Legales Actualizadas
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 058-2026-JUS
- Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-02-11
- Fecha de aplicacion : 2026-02-12
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