2/18/2026
Plan Acción 2030 Estrategia Nacional Diversidad RM Ambiente
Poder Ejecutivo, Ambiente Aprueban el "Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050" RM D000036-2026-MINAM-DM Magdalena del Mar, 17 de febrero del 2026 VISTOS: el Informe Nº 00869-2025-MINAM/VMDERN/ DGDB/DCEE, el Informe Nº 01201-2025-MINAM/ VMDERN/DGDB/DCEE, el Informe Nº D000004-2026-MINAM-VMDERN-DGDB-DCEE y el Informe Nº D000039-2026-MINAM-VMDERN-DGDB-DCEE, de la Dirección de Conservación de Ecosistemas y Especies; el Informe Nº 00635-2025-MINAM/VMDERN/DGDB, el Informe Nº 00866-2025-MINAM/VMDERN/DGDB, el Informe Nº D000006-2026-MINAM-VMDERN-DGD…
Aprueban el "Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050"
RM D000036-2026-MINAM-DM
Magdalena del Mar, 17 de febrero del 2026
VISTOS: el Informe Nº 00869-2025-MINAM/VMDERN/ DGDB/DCEE, el Informe Nº 01201-2025-MINAM/ VMDERN/DGDB/DCEE, el Informe Nº D000004-2026-MINAM-VMDERN-DGDB-DCEE y el Informe Nº D000039-2026-MINAM-VMDERN-DGDB-DCEE, de la Dirección de Conservación de Ecosistemas y Especies; el Informe Nº 00635-2025-MINAM/VMDERN/DGDB, el Informe Nº 00866-2025-MINAM/VMDERN/DGDB, el Informe Nº D000006-2026-MINAM-VMDERN-DGDB y el Informe Nº D000053-2026-MINAM-VMDERN-DGDB, de la Dirección General de Diversidad Biológica; el Memorando Nº 01513-2025-MINAM/VMDERN, el Memorando Nº 02027-2025-MINAM/VMDERN, el Memorando Nº D000053-2026-MINAM-VMDERN y el Memorando Nº D000217-2026-MINAM-VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales;
el Informe Nº 00465-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM y el Informe Nº 00623-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 01288-2025-MINAM/SG/OGPP y el Memorando Nº 01640-2025-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº D000108-2026-MINAM-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente;
asimismo, cumple la función de promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas;
Que, mediante la Resolución Legislativa Nº 26181, se aprueba el Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992 y suscrito el 12 de junio de 1992, el cual tiene como objetivos la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada;
Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 6 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, cada Parte, con arreglo a sus condiciones y capacidades particulares, elaborará estrategias, planes o programas nacionales para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica o adoptará para este fin las estrategias, planes o programas existentes;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2024-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050, el cual constituye el principal instrumento de planificación para el cumplimiento, entre otros, de los objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica;
Que, según la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 008-2024-MINAM, el Ministerio del Ambiente está facultado a aprobar, mediante Resolución Ministerial, el Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050, el mismo que es elaborado de manera conjunta con los sectores involucrados y contiene las actividades operativas para su implementación;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00082-2025-MINAM, se dispuso la publicación del "Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica del Perú al 2050", así como el proyecto de Resolución Ministerial que lo aprueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM y el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; en virtud de la cual se recibieron comentarios, aportes y opiniones al mismo;
Que, el literal a) del artículo 60 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, establece que la Dirección General de Diversidad Biológica tiene la función de proponer y conducir la implementación de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica en coordinación con las entidades competentes, así como dirigir el seguimiento y evaluación en coordinación con la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental;
Que, a través del Informe Nº 00869-2025-MINAM/ VMDERN/DGDB/DCEE, el Informe Nº 01201-2025-MINAM/VMDERN/DGDB/DCEE, el Informe Nº D000004-2026-MINAM-VMDERN-DGDB-DCEE, el Informe Nº D000039-2026-MINAM-VMDERN-DGDB-DCEE, el Informe Nº 00635-2025-MINAM/VMDERN/ DGDB, el Informe Nº 00866-2025-MINAM/VMDERN/ DGDB, el Informe Nº D000006-2026-MINAM-VMDERN-6 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de febrero de 2026
DGDB y el Informe Nº D000053-2026-MINAM-VMDERN-DGDB, la Dirección General de Diversidad Biológica sustenta y propone el "Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050", indicando que ha sido elaborado con los sectores involucrados, conforme a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo
Nº 008-2024-MINAM;
Que, mediante los Memorandos Nº 01288-2025- MINAM/SG/OGPP y Nº 01640-2025-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes Nº 00465-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM y Nº 00623-2025-MINAM/SG/OGPP/ OPM, respectivamente, a través de los cuales la Oficina de Planeamiento y Modernización emite opinión favorable sobre la propuesta formulada por la Dirección General de Diversidad Biológica;
Que, a través del Informe Nº D000108-2026-MINAM-SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la aprobación del referido proyecto normativo;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Diversidad Biológica, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 008-2024-MINAM, Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM;
SE RESUELVE:
que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el "Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050"
en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob. pe/minam), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ANGEL ESPICHÁN MARIÑAS
Ministro del Ambiente
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM D000036-2026-MINAM-DM Aprueban el "Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : D000036-2026-MINAM-DM
- Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-02-18
- Fecha de aplicacion : 2026-02-19
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- febrero 2026 (60)
- enero 2026 (61)
- diciembre 2025 (84)
- noviembre 2025 (86)
- octubre 2025 (81)
- septiembre 2025 (36)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)