7/10/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 644-2018/MINSA Modifican la Norma Técnica de Salud para el Control de

Modifican la Norma Técnica de Salud para el Control de Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menores de Cinco Años RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 644-2018/MINSA Lima, 9 de julio del 2018 Visto, el Expediente Nº 18-063545-001, que contiene el Informe Nº 09-2018-DVC-DPROM-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 537-2017/ MINSA, se aprobó la NTS Nº 137-MINSA/2017/DGIESP, Norma Técnica
Modifican la Norma Técnica de Salud para el Control de Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menores de Cinco Años
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 644-2018/MINSA
Lima, 9 de julio del 2018
Visto, el Expediente Nº 18-063545-001, que contiene el Informe Nº 09-2018-DVC-DPROM-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 537-2017/ MINSA, se aprobó la NTS Nº 137-MINSA/2017/DGIESP, Norma Técnica de Salud para el Control de Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menores de Cinco Años;

Que, según la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar - ENDES 2017, la prevalencia de anemia de niños de cuatro (4) meses es del 5.3%, de cinco (5) meses del 10.1% y de seis (6) meses del 58.6%;

Que, con el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, ha propuesto modificar el apartado 5.1.5 del subnumeral 5.1 del numeral V de la Norma Técnica de Salud NTS
Nº 137-MINSA/2017/DGIESP, Norma Técnica de Salud para el Control de Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menores de Cinco Años, aprobada con Resolución Ministerial Nº 537-2017/MINSA, a fin de consignar que el dosaje de hemoglobina o hematocrito para descartar anemia en los niños se realizaría a partir de los 6 meses de edad, toda vez que es el momento en el cual se conoce el incremento fisiológico del niño y sus necesidades de hierro;

Que, mediante el Informe Nº 363-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por el Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y el Decreto Supremo Nº 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el apartado 5.1.5 del subnumeral 5.1 del numeral V de la NTS Nº 137-MINSA/2017/DGIESP , Norma Técnica de Salud para el Control de Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menores de Cinco Años, aprobado con Resolución Ministerial Nº 537-2017/MINSA, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"(...)
5.1.5 Evaluación para descartar enfermedades prevalentes (...)
• El dosaje de hemoglobina o hematocrito para descartar anemia en los niños se realizará a los 6 meses de edad, y en adelante cada 6 meses hasta que cumpla 2 años.

A partir de los 2 años de edad se realizará un dosaje de hemoglobina o hematocrito por año. En caso que no se haya realizado el dosaje a la edad de 6 meses, éste se realizará en el siguiente control. En el caso de los niños que presenten anemia, las atenciones se realizarán de acuerdo a la NTS 134-MINSA/2017 "Norma Técnica de Salud para el manejo terapéutico y preventivo de la anemia en niños, adolescentes, mujeres gestantes y puérperas" y su modificatoria mediante Resolución Ministerial Nº 410-2018/MINSA. (...)
Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la NTS Nº 137-MINSA/2017/ DGIESP, Norma Técnica de Salud para el Control de Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menores de Cinco Años, aprobado con Resolución Ministerial
Nº 537-2017/MINSA.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, la difusión, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA ESTER PESSAH ELJAY
Ministra de Salud

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