8/21/2018
Grupo Trabajo Integridad Lucha Contra Corrupción RSNRP SUNARP
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp RSNRP 205-2018-SUNARP/SN Lima, 20 de agosto de 2018 VISTO, el Informe Nº 666-2018-SUNARP/OGAJ del 15 de agosto de 2018, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia
Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp
RSNRP 205-2018-SUNARP/SN
Lima, 20 de agosto de 2018
VISTO, el Informe Nº 666-2018-SUNARP/OGAJ del 15 de agosto de 2018, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, con la finalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en todo el país, orientado a su especialización, simplificación, integración y modernización;
Que, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública; señalando como uno de los fines de la función pública el servicio a la nación y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores y entidades públicas, para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno, además de establecer la transparencia, la corrección, la probidad, el respeto, la veracidad, la igualdad, la objetividad, la rendición de cuentas, la participación, la prevención y la neutralidad como principios que orientan la integridad pública;
TAMBIEN PUEDES VER: Resolución Declaró Improcedente Pedido Anotación RE 1099-2018-JNE Organismos Autonomos
Que, conforme al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales;
MAS NORMAS LEGALES: Resolución Declaró Improcedente Solicitud RE 0774 -2018-JNE Organismos Autonomos
Que, a través del Informe Nº 666-2018-SUNARP/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica recomienda conformar un Grupo de Trabajo que tenga por objeto proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; el Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción; el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; y el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS;
Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp.
Créase el Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, con el objeto de proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en la Sunarp.
Artículo 2.- Conformación.
El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp está conformado de la siguiente manera:
- El/la Superintendente Nacional o su representante, quien lo preside.
- El/la Gerente General o su representante.
- El/la Director/a Técnico/a Registral o su representante.
- El/la Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica o su representante.
- El/la Jefe/a de la Oficina General de Recursos Humanos o su representante, quien ejerce la Secretaría Técnica.
Artículo 3.- Funciones.
El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp tiene como funciones las siguientes:
1. Proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción, destinadas a garantizar la ética e integridad en el cumplimiento de las funciones de todos los servidores que laboran en la Sunarp.
2. Promover acciones orientadas al fomento de una cultura de ética y transparencia en todos los servidores que laboran en la Sunarp.
3. Realizar el seguimiento del cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 1327 y su Reglamento, que establecen medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
4. Fomentar y propiciar una cultura de valores en la Sunarp.
5. Apoyar las acciones orientadas a lograr la colaboración interinstitucional con otras entidades, en materia de ética e integridad pública.
6. Aprobar su Reglamento Interno.
7. Las demás funciones que le sean asignadas por el/ la Titular de la Entidad.
Artículo 4.- Instalación.
El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp se instala dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución.
Artículo 5.- Financiamiento.
La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de la Sunarp, sin demandar recursos adicionales al T esoro Público.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
NORMA LEGAL:
- Titulo: RSNRP 205-2018-SUNARP/SN Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Sunarp
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
- Numero : 205-2018-SUNARP/SN
- Emitida por : Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2018-08-21
- Fecha de aplicacion : 2018-08-22
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