9/21/2018

Rectifica Error Material 038 2018 RSNATI 042-2018-SUNAT/700000 Superintendencia Nacional de

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria Rectifica error material de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 038-2018- SUNAT/7000000000 RSNATI 042-2018-SUNAT/700000 Lima, 18 de septiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 038-2018- SUNAT/7000000000 se designó al señor abogado Harley Arturo
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria
Rectifica error material de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 038-2018- SUNAT/7000000000
RSNATI 042-2018-SUNAT/700000
Lima, 18 de septiembre de 2018

CONSIDERANDO:



Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 038-2018- SUNAT/7000000000 se designó al señor abogado Harley Arturo Gutiérrez Grados como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendencia Lima e Intendencias Regionales Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Ica, Junín, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Piura y Tacna, la misma que fue publicada en el diario oficial El Peruano de fecha 27 de agosto del 2018;

Que por error material, se consignó incorrectamente el número de resolución 038-2018-SUNAT/7000000000;
debiendo ser: 038-2018-SUNAT/700000;

Que de conformidad con en el numeral 210.1 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; añade el numeral 210.2 del mencionado artículo que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;


Que en consecuencia, resulta necesario rectificar la mencionada Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 038-2018-
SUNAT/7000000000;

En uso de la facultad conferida por el inciso r) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por la Resolución de la Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;


SE RESUELVE:



Artículo Único.- Rectificar el error material incurrido en la numeración de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 038-2018-SUNAT/7000000000, según el siguiente detalle:

Dice:

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 038-2018-SUNAT/7000000000.

Debe decir:

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 038-2018-SUNAT/700000.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ
Superintendenta Nacional Adjunta de Tributos Internos

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RSNATI 042-2018-SUNAT/700000 Rectifica error material de la Nº 038-2018- SUNAT/7000000000
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS
  • Numero : 042-2018-SUNAT/700000
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2018-09-21
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-22

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