6/24/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 192-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de los Gobiernos Regionales y dictan otras disposiciones DS 192-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional,
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de los Gobiernos Regionales y dictan otras disposiciones
DS 192-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el párrafo 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de S/ 1 654 483
336,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar, entre otras finalidades, lo dispuesto en el literal a) referido al pago de la Remuneración Íntegra Mensual de los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; disponiéndose adicionalmente en el párrafo 31.3 del citado artículo que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a solicitud de esta última;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 00497-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, existen recursos disponibles, para financiar el costo diferencial de la Remuneración Íntegra Mensual de los profesores que ascendieron en el marco del Concurso Público para el Ascenso de Escala Magisterial de los profesores de Educación Básica y Técnico Productiva de la Carrera Pública Magisterial 2018; en virtud de lo cual, con Oficio Nº 046-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a una transferencia de partidas;


Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación, y la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, el monto a transferir asciende a la suma de S/ 42 012 338,00 (CUARENTA Y

DOS MILLONES DOCE MIL TRESCIENTOS TREINTA
Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales para financiar el costo diferencial de la Remuneración Íntegra Mensual de los profesores que ascendieron en el marco del Concurso Público para el Ascenso de Escala Magisterial de los profesores de Educación Básica y Técnico Productiva de la Carrera Pública Magisterial 2018;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010:

Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 42
012 338,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES DOCE MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

Que, de otro lado, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 00555-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, sustenta y solicita la modificación del Anexo Nº 2 "Ingresos" del Decreto Supremo Nº 146-2019-EF, referido al detalle del Clasificador de Ingresos 1.3.3 3.1 5 "Servicios Académicos" el cual contiene la desagregación de los recursos correspondientes a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a efectos de consignar el monto de S/ 2 095 890,00 (DOS MILLONES
NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y
00/100 SOLES); asimismo, la mencionada Unidad de Planificación y Presupuesto indica que no se modifica el monto total de Ingresos establecido en el citado Anexo, el mismo que guarda congruencia con el monto total autorizado en la transferencia de partidas autorizada en el párrafo 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 146-2019-EF, en virtud de lo cual, con Oficio Nº 149-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a la modificación;

De conformidad con lo establecido en el literal a) del párrafo 31.1 y el párrafo 31.3 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación hasta por la suma de S/ 42 012 338,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES
DOCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO Y
00/100 SOLES) a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial de la Remuneración Íntegra Mensual de los profesores que ascendieron en el marco del Concurso Público para el Ascenso de Escala Magisterial de los profesores de Educación Básica y Técnico Productiva de la Carrera Pública Magisterial 2018, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 39 844 038,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupues- tarias que no Resultan en Productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 168 300,00
------------------- TOTAL EGRESOS 42 012 338,00
===========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 39 966 171,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de Niños, Niñas y Jóvenes con Discapa- cidad en la Educación Básica y Técnico Productiva FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 499 135,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupues- tarias que no Resultan en Productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 547 032,00
------------------- TOTAL EGRESOS 42 012 338,00
===========
1.2 El pliego habilitador y los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo Nº 1 "Programa Presupuestal, Categoría Presupuestaria, Productos y Actividades que habilitan la transferencia" y Anexo Nº 2 "Transferencia para financiar el costo diferencial de la Remuneración Íntegra Mensual de los profesores que ascendieron en el marco del Concurso Público para el Ascenso de Escala Magisterial", que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos, habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante
Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Primera. Modificación del Decreto Supremo Nº 146-2019-EF
Modifícase el Anexo Nº 2 "Ingresos" del Decreto Supremo Nº 146-2019-EF, conforme al contenido en el Anexo Nº 3 "Ingresos", que forma parte integrante de este Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Segunda. Procedimiento para la Aprobación Institucional Para efectos del procedimiento para la aprobación institucional resulta aplicable para el pliego 010: Ministerio de Educación y el pliego 561: Universidad Nacional de Música, lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 146-2019-EF, a partir de la vigencia de este dispositivo legal.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA
Ministra de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 192-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de los Gobiernos Regionales y dictan otras disposiciones
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 192-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-06-24
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-25

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