11/26/2019

Transferencia Financiera Favor Contraloría RS 340-2019-SUNAFIL Superintendencia Nacional de

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría que se encargará de las labores de control posterior externo RS 340-2019-SUNAFIL Lima, 25 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 000933-2019-CG/SGE, de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; el Memorándum Nº
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral
Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría que se encargará de las labores de control posterior externo
RS 340-2019-SUNAFIL
Lima, 25 de noviembre de 2019
VISTOS:

El Oficio Nº 000933-2019-CG/SGE, de la Secretaría General de la Contraloría General de la República;
el Memorándum Nº 4231-2019-SUNAFIL-GG-OGA, de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 542-2019-SUNAFIL/GG-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 423-2019-SUNAFIL/GG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, el artículo 11 de la Ley Nº 29981, Ley de creación de la SUNAFIL, concordante con el artículo 10 y el inciso q) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, establece que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función aprobar las resoluciones en el ámbito de su competencia;


Que, mediante la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 10-2018-SUNAFIL/PCD, de fecha 28 de diciembre de 2018, se formaliza la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos (PIA), correspondiente al Año Fiscal 2019, del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;


Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República y dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de Presupuesto o los que hagan sus veces;

Que, el citado artículo establece, entre otros aspectos, que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; disponiendo, asimismo, que la resolución se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, en dicho contexto, mediante la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de octubre de 2019, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo, en el cual está incluida la auditoría de los Estados Financieros y Presupuestarios de las entidades correspondientes a los ejercicios y 2020;

Que, a través del Oficio Nº 000933-2019-CG/SGE, recibido con fecha 12 de noviembre de 2019, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica a la SUNAFIL que tiene programado iniciar en el presente año fiscal las convocatorias públicas de méritos para la designación de las Sociedades de Auditoría para las entidades incluidas en el tarifario aprobado mediante la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG; razón por lo cual solicita que en un plazo máximo de quince (15) días, se proceda a efectuar la transferencia financiera por el concepto del 50% de la retribución económica que incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV), por el importe de
S/ 58 553.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) y el depósito a la Contraloría General de la República en la Cuenta Nº 0000-282758 del Banco de la Nación, por concepto del 6% del derecho de designación o supervisión, por el importe de S/ 11 909.08 (ONCE MIL NOVECIENTOS NUEVE Y
08/100 SOLES); asimismo, solicita realizar la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020
por el 50% restante de la retribución económica que incluye IGV para el período auditado 2019;

Que, a través del Memorándum Nº 4231-2019-SUNAFIL-GG-OGA, la Oficina General de Administración solicita a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la Certificación de Crédito Presupuestario por el importe de S/ 58 553.00 Soles y la Previsión Presupuestal por el importe de S/ S/ 58 553.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para realizar la transferencia financiera a la Contralaría General de la Republica, correspondiente a la retribución económica para financiar la auditoría correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019; asimismo, solicita la Certificación de Crédito Presupuestario por el importe de S/ 11 909.08 (ONCE MIL NOVECIENTOS NUEVE Y 08/100 SOLES)
para realizar el abono en la cuenta de la Contralaría General de la Republica, correspondiente 6% del derecho de designación o supervisión del periodo por auditar 2019;

Que, mediante el Informe Nº 542-2019-SUNAFIL/GG-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con Memorándum de Certificación
Presupuestaria Nº 2681-2019-SUNAFIL/GG-OGPP
emite: (i) la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2739-2019, por el importe de S/ 58 553.00 (CINCUENTA
Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON
00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para ser ejecutados en el presente ejercicio; (ii) la Previsión Presupuestal Nº 51-2019, por el importe de
S/ 58 553.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente al ejercicio fiscal 2020; y, (iii) la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2719-2019, por el importe de S/ 11
909.08 (ONCE MIL NOVECIENTOS NUEVE CON 08/100
SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica presupuestal favorable señalando que el Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL cuenta con los recursos para efectuar la primera transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General por el importe de S/ 58 553.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para financiar la auditoría correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; por lo que, corresponde emitir la presente resolución;

Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Administración, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral
Nº 003-2019-EF/50.01;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la primera transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, hasta por la suma de S/ 58 553.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, correspondiente al pago del 50% de la retribución económica, que incluye IGV, para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de las labores de control posterior externo, en el cual está incluida la auditoría de los Estados Financieros y Presupuestarios de la SUNAFIL, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado para el Año Fiscal del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoria, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-Genérica del Gasto: 2.4.1
Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Oficina General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la transferencia financiera.

Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral
SUNAFIL

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 340-2019-SUNAFIL Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría que se encargará de las labores de control posterior externo
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
  • Numero : 340-2019-SUNAFIL
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-11-26
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-27

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