1/29/2020

Patrimonio Cultural Nación Arte Cerería Ayacucho RV Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Arte de la Cerería en Ayacucho RV 020-2020-VMPCIC-MC Lima, 27 de enero de 2020 VISTOS, el Informe Nº 000013-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural y el Informe Nº 000010-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones,
Poder Ejecutivo, Cultura
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Arte de la Cerería en Ayacucho
RV 020-2020-VMPCIC-MC
Lima, 27 de enero de 2020
VISTOS, el Informe Nº 000013-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural y el Informe Nº 000010-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana";


Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;


Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, mediante Memorando Nº D000918-2019-DDC
AYA/MC de fecha 31 de diciembre de 2019, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, remitió al Ministerio de Cultura el acta de validación al contenido del expediente que sustenta la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación del Arte de la Cerería en Ayacucho, suscrito por el historiador Nolberto Claudio Rojas Porras y los portadores de la cerería ayacuchana;

Que, con Informe Nº 000013-2020-DGPC/MC de fecha 9 de enero de 2020, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe Nº 000010-2020-DPI/MC, de fecha 9 de enero de 2020, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomendó declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Arte de la Cerería en Ayacucho;

Que, la trayectoria histórica de la cerería se remonta a tiempos muy antiguos, pues ya era conocida en tiempos de Roma imperial, cuando la producción de ceras se hacía a base de grasa de animales. Mientras que, en China, se hacía de grasa de ballena. En la edad media se recurría a la cera de abeja para el uso de una elite social. Con el emperador Constantino, durante el siglo IV se comenzó a usar las velas para la Pascua y, desde la celebración de la Virgen de la Candelaria, las velas se convirtieron en un símbolo de la luz de Cristo. En el Perú, el arte de la cerería fue introducido durante el Virreinato. Para esta producción se emplea actualmente la parafina, sustancia sólida que se obtiene de la destilación del petróleo o de materias bituminosas naturales. La parafina es blanca, translúcida, inodora y se funde fácilmente. Dicho material se trabaja en un perol de bronce a 100 grados centígrados de temperatura y las velas son hechas vaciando la cera derretida sobre moldes de madera o de arcilla.

Asimismo, en la tradición de la cerería ayacuchana se usan materiales e instrumentos locales como el maguey, espinas de cactáceas, totora, carrizo y sogas de cabuya;

Que, la tradición religiosa católica en la ciudad de Ayacucho es de gran arraigo y se expresa -entre otros aspectos− en la cantidad de iglesias que forman parte del centro histórico de la ciudad, así como en la belleza de su Semana Santa. Se trata de un centro monumental que irradia la fe católica y sus tradiciones bajo el sustento de una población devota y participativa en los rituales y festividades, profundamente ligada a las celebraciones del calendario litúrgico de la Iglesia Católica. Uno de los aspectos en que se manifiesta la devoción es en la ornamentación −con ceras y velas− de las andas procesionales de las imágenes religiosas, ornamentación que se produce en función de la estructura arquitectónica de cada anda. Esta demanda ha generado -desde la antigüedad− un trabajo especializado en talleres familiares liderados por maestros artesanos cereros, conocidos como adornistas, en alusión a su trabajo de decoración de las andas procesionales;

Que, los adornistas son artesanos y artesanas que trabajan con sus familias y con algunos ayudantes externos. En la ciudad de Ayacucho son notables varias familias, como los Alarcón, los Salvatierra, los Hurtado,
los Camiña, los Aybar, los Curi, entre otras, quienes son expertas en este arte. Asimismo, la cerería y el adorno de andas también se practica en otros distritos aledaños a la capital ayacuchana, y destacan las familias Pérez y Pacheco, en San Miguel; los Cisneros en Cangallo, entre otros. En la actualidad, gracias a su calidad, la demanda de cerería ayacuchana también proviene de otros departamentos, como Cusco, Huancavelica, Apurímac, Junín y Lima. El arte de la cerería es una modalidad de escultura por su capacidad de dar forma a los volúmenes y por sus técnicas; es decir, para su configuración se recurre a un proceso de fundición o de fusión, que consiste en inyectar en un molde la cera líquida y caliente, y una vez fría la pieza, al extraerse del molde, se complementa con el modelado a mano y con la ayuda de algunos instrumentos punzo cortantes;

Que, los mejores trabajos de cera son los que se destinan a la ornamentación de las andas para la Semana Santa en Ayacucho. En efecto, durante dicha celebración, de cada una de las iglesias ayacuchanas salen en procesión imágenes religiosas que van sobre preciosas andas de madera, recubiertas por una suerte de mantel blanco, generalmente de tocuyo y de recortes de papel blanco y papel metálico plateado, los cuales, a su vez, se disponen formando diseños geométricos como grecas y vegetales como fl ores y frutos. Asimismo, en cada anda y alrededor de la imagen religiosa se disponen velas decoradas de tamaños diversos, constituyendo el grado más alto de esta decoración, por su belleza, un ramillete de fl ores de cera, con mazorcas de maíz y loros, motivos asociados al agradecimiento a la Madre Tierra por la producción agrícola y que se remontan a tiempos prehispánicos. La majestuosa anda de Pascua de Resurrección constituye el grado más alto de esta decoración, por su belleza, por los cientos de velas que, en un conjunto piramidal, prendidas, constituyen su principal iluminación. Esta anda puede ostentar alrededor de 2400 velas, 10000 fl ores o cerahuaytas, 2400 parras y 800 choclos. En suma, simboliza la máxima expresión de un trabajo sistemático y esforzado que expresa la devoción local y la intensa fe de la población de Ayacucho, que considera este esfuerzo como una ofrenda a Dios;

Que, los maestros y las maestras adornistas realizan, antes de emprender una obra, dos actividades principales:
el diseño de la decoración en el altar o en el anda, lo que les permite planificar el trabajo y calcular la cantidad de productos y mano de obra a emplear y, luego, el control de calidad de los insumos y materiales a ser utilizados, como la parafina, así como los moldes y herramientas.

Seguidamente, pasan a elaborar los tipos de velas y ornamentos, para luego emplearlos en la decoración de las andas y altares. Los ornamentos más comunes son el choclo, la cerahuayta o ramillete de fl ores y el racimo de uvas, parra o vid. Una vez derretida la parafina, se introduce el molde de cera o de madera -este último previamente remojado en agua para que no se pegue la cera− en el perol y se lleva de parafina; luego el molde se introduce en un recipiente con agua fría para acelerar el proceso de enfriamiento de la parafina. Cuando la pieza está aún tibia, se procede al desmoldado con la ayuda de un cuchillo y se realiza al enfriado final introduciendo la pieza en agua fría;

Que, para las velas a color se combina la parafina con anilinas. Para la confección de las velas se usa pabilo de algodón. Los pabilos se colocan colgando de ganchos de un aro de metal y luego, desde lo alto y con la ayuda de un recipiente, se hecha parafina caliente en cada pabilo y se repite la operación hasta el lograr el grosor requerido, luego se deja enfriar y se procede al encajonado. Se fabrican distintos tipos de vela, para diferentes usos, como velas de procesión, de novena, de acompañamiento, de bautismo, de matrimonio, de velatorio, entre otras;

Que, la vela de procesión mide aproximadamente 50
centímetros. El alma de esta vela está compuesta de una tira de carrizo o un tubo delgado de aluminio y la mecha de algodón; la tira o tubo va desde la base hasta un poco más de la mitad de la vela, de ahí complementa la mecha. La composición mixta tiene el propósito de evitar el incendio del trono del anda, pues la vela se consume solo hasta donde llega la mecha de algodón y, al llegar al carrizo o al aluminio, se apaga. Los velones o achotes, portados por los mayordomos, se caracterizan por el grosor y el peso, que oscila entre los 5 y los 12 kilos, y llevan decoraciones.

Otros elementos importantes para la decoración de las andas son las denominadas "láminas", cintas, triángulos y esquineros. Estas se elaboran de papel y tela con dimensiones variables, en ellas se desarrollan figuras de vid, palomas, entre otras. Un último elemento decorativo y estructural en las andas son los llamados cascos o macetas, pequeñas estructuras de madera y alambre a modo de fl or, en las cuales se sostienen las cerahuaytas, los choclos y otros elementos decorativos;

Que, el anda tiene una estructura piramidal, siendo trunca en la parte de la cima para asentar ahí la imagen procesional. Se confecciona primero una mesa con varias patas, luego se colocan los palos de cargar.

Seguidamente, se colocan los resortes, columnas de madera ubicadas en el centro y unidas con sogas a listones a manera de escalera por los cuatro lados; este componente une la base con la cima del anda y sirve de soporte a la plataforma o cima. A continuación, se arma el "trazo", conjunto de troncos que se tejen en la base del anda y que mantiene separados los palos de cargar y dan consistencia a la estructura. Luego, se sitúan los parantes o columnas de las cuatro esquinas -hechos de maguey−
los cuales dan forma piramidal a las andas. En la misma orientación, a cada lado de la estructura piramidal, se colocan tiras de maguey o cabuya en sentido horizontal y equidistante de unos 40 cm aproximadamente para la colocación de las velas. Finalmente, se habilita una polea al interior del anda para subir y bajar a la efigie cuando sea necesario;

Que, una vez que se tiene construida la estructura del anda, se realiza la ornamentación con las velas y los otros elementos. En primer lugar, se colocan los cascos en las cuatro esquinas del anda, desde la base hasta la cima, desde el más grande en la base al de menor tamaño en la cima. Luego, se colocan las varillas de iluminación, habilitadas en tubos que llevan focos de luz y cables conectores; siguen los choclos en cada terminación de una esquina y las cerahuaytas, previamente se hace el sisado (colocación de cortes de papel aluminio al centro de la cerahuayta) y luego con la espina de la cactácea se incrustan o fijan en los cascos;
igualmente se colocan las palomas sobre los cascos;
se añaden los ángeles cerca de la imagen devocional y también sobre los cascos. Asimismo, se instala el sistema de iluminación eléctrica al interior de cada casco y sobre el resplandor de la efigie. Finalmente, en un acto de apoteosis ornamental se añade un revestimiento de velas, de cerahuayta y cintas que permiten la cobertura total de la estructura del anda;

Que, desde distintas instituciones se han hecho esfuerzos por reconocer a los maestros y las maestras adornistas y poner en valor el arte de la cerería. En este contexto, don Agustín Alarcón Chávez fue reconocido en el año 2009 como Embajador del Arte Popular por la Municipalidad Provincial de Huamanga, mientras que en el 2010 recibió del Congreso de la República la medalla Joaquín López Antay y, en el 2017, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo lo distinguió como Amauta de la Artesanía Peruana. Por su parte, don Teodomiro Camiña Galindo fue reconocido, en el año 2010, como Personalidad Meritoria de la Cultura por el Ministerio de Cultura, mientras que doña Basilia Quispe Ochante viuda de Salvatierra recibió el mismo reconocimiento en el año 2018;

Que, los maestros y maestras adornistas salvaguardan los conocimientos y prácticas relativos al arte de la cerería y son quienes, junto a los cofrades, mayordomos y feligreses, mantienen vigente esta tradición;

Que, conjuntamente con las referencias históricas, en el Informe Nº 000010-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y los significados del Arte de la Cerería en Ayacucho; motivo por el cual, dicho informe técnico constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC, se aprobó la Directiva Nº 003-2015-MC, "Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural", en la que se señalan los lineamientos y las normas para la tramitación interna del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Despacho del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Arte de la Cerería en Ayacucho por tratarse de una expresión de arte tradicional efímero que expresa la profunda devoción y la identidad del pueblo ayacuchano.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Ayacucho y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) conjuntamente con el Informe Nº 000010-2020-DPI/MC.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe Nº 000010-2020-DPI/MC a la Municipalidad Provincial de Huamanga y la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 020-2020-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Arte de la Cerería en Ayacucho
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 020-2020-VMPCIC-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-01-29
  • Fecha de aplicacion : 2020-01-30

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