Inicio
Últimas normas legales
Protocolo Sanitario Sectorial Ante Covid 19 RM 113-2020-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
7/04/2020
Protocolo Sanitario Sectorial Ante Covid 19 RM 113-2020-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban el "Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para el guiado turístico" RM 113-2020-MINCETUR Lima, 2 de julio de 2020 Visto, el Oficio Nº 101-2020-CENFOTUR/DN y el Informe Nº 087-2020-CENFOTUR-GG/OAJ del Centro de Formación en Turismo, el Informe Nº 0075-2020-MINCETUR/VMT/DGPDT/DNCT-MAR de la Dirección de Normatividad y Calidad Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico,
Aprueban el "Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para el guiado turístico"
RM 113-2020-MINCETUR
Lima, 2 de julio de 2020
Visto, el Oficio Nº 101-2020-CENFOTUR/DN y el Informe Nº 087-2020-CENFOTUR-GG/OAJ del Centro de Formación en Turismo, el Informe Nº 0075-2020-MINCETUR/VMT/DGPDT/DNCT-MAR de la Dirección de Normatividad y Calidad Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, el Memorándum Nº 670-2020-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM
se aprueba la Reanudación de Actividades, conforme a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15 y modificatoria, la cual consta de cuatro (4) fases para su implementación, las que se evalúan permanentemente de conformidad con las recomendaciones de la Autoridad Nacional de Salud;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 117-2020-PCM
se aprueba la Fase 3 de la Reanudación de Actividades detalladas en el Anexo que forma parte del referido Decreto Supremo;
Que, la implementación de la Fase 3 de la Reanudación de Actividades se inicia a partir de la vigencia del Decreto Supremo Nº 117-2020-PCM a nivel nacional, con excepción de las actividades que se desarrollan en las zonas urbanas de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Ancash. La reanudación de las actividades en estas zonas puede ser autorizada mediante Resolución Ministerial del Sector competente;
TAMBIEN PUEDES VER: Wwwelperuanope Suscríbet E Diario Oficial T RM 0171-2020-JUS Justicia y Derechos Humanos
Que, conforme al numeral 1 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 117-2020-PCM, para la reanudación de las actividades incluidas en las fases de la Reanudación de Actividades, las entidades, empresas, personas jurídicas o núcleos ejecutores deben observar el Documento Técnico: "Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19", aprobado por Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA, así como los Protocolos Sectoriales cuando el sector los haya emitido, debiendo asimismo elaborar su "Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo", el cual debe estar a disposición de los clientes y trabajadores, así como de las autoridades competentes para su fiscalización;
MAS NORMAS LEGALES: Plan Estratégico Institucional (pei) 2021 2024 RM 171-2020-MC Cultura
Que, asimismo, de acuerdo al numeral 3 de la referida Primera Disposición Complementaria Final, los sectores competentes pueden aprobar mediante
PERU Ministerio de Economía y Finanzas Viceministro de Hacienda Dirección General del Tesoro Público
COMUNICADO Nº 003-2020-EF/52.01
A LAS EMPRESAS QUE POSEEN DOCUMENTOS VALORADOS FÍSICOS DENOMINADOS
CERTIFICADO DE INVERSIÓN PUBLICA REGIONAL Y LOCAL - TESORO PÚBLICO (CIPRL) Y
DOCUMENTOS CANCELATORIOS - TESORO PÚBLICO (DCTP)
Por disposición del artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 003-2020-EF/52.06, a partir del 18 de mayo de la emisión de los CIPRL y DCTP, por parte de la Dirección General del Tesoro Público (DGTP), se realiza de manera electrónica a través de la plataforma de Documentos Valorados, en atención a las solicitudes formuladas por las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, las Municipalidades, Mancomunidades Municipales y Mancomunidades Regionales y las Universidades Públicas.
Asimismo, conforme a lo establecido por los artículos 8 y 9 de la misma resolución, los tenedores de CIPRL
o DCTP emitidos de manera física deben solicitar a la DGTP el respectivo canje por Documentos Valorados emitidos de forma electrónica, manteniendo las condiciones, vigencia y negociabilidad de los mismos.
Para efectos de dicho canje, deben adjuntar a la solicitud el original del CIPRL o DCTP físico, y consignar los datos del representante legal de la empresa o del tenedor del Documento Valorado, el número del RUC o DNI, los datos de los poderes, de ser el caso, el correo electrónico y los teléfonos de contacto.
La recepción de la mencionada solicitud de canje se realiza exclusivamente por el canal presencial, a través de la Mesa de Partes de la Sede Central del Ministerio de Economía y Finanzas, ubicado en: Jirón Lampa Nº 274
- Lima, de lunes a viernes en el horario de 10:00 am a 7:00 pm, considerando los días hábiles.
Lima, 02 de julio de
DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO PÚBLICO
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 113-2020-MINCETUR Aprueban el "Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para el guiado turístico"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 113-2020-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-07-03
- Fecha de aplicacion : 2020-07-04
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)