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Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA Aprueban Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios
2/05/2013
Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA Aprueban Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios
Aprueban Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 022-2013-VIVIENDA Lima, 1 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; Que,
VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 022-2013-VIVIENDA
Lima, 1 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento;
Que, por Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 001-2013-
VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios, dependiente del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población urbana residente en barrios urbano marginales, mediante la actuación coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, las Municipalidades y la Comunidad Barrial;
Que, de acuerdo con la Primera Disposición Complementaria Final y Transitoria del mencionado Decreto Supremo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobará mediante Resolución Ministerial el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios;
Que, los artículos 4 y 36 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las Entidades de la Administración Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, establecen que los programas o proyectos contarán con un Manual de Operaciones en el que se consignará, entre otros, la descripción del Programa o Proyecto, el objetivo, la identificación de las entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del mismo, organización, funciones y responsabilidades; así como, sus procesos de programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, proceso de coordinación desembolsos, según corresponda, y los procesos de supervisión, seguimiento y evaluación: supervisión técnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorías, inspección y supervisión, según corresponda;
Que, mediante Memorándum N° 083-2013-VIVIENDA-OGPP, la Directora General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, señala que luego de la evaluación realizada por la Unidad de Planificación,
Programación y Racionalización a través del Informe N° 004-2013-OGPP-UPPR, emite opinión favorable al Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, recomendando se prosiga con el trámite de aprobación respectiva;
De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública y el Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, que crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial y consta de ocho (08) Capítulos y treintainueve (39)
Artículos, seis (06) Disposiciones Complementarias Finales y Transitorias y (01) Anexo.
Artículo 2.- Aprobación del Cuadro de Recursos Humanos Delegar en el Viceministro de Vivienda y Urbanismo la facultad de aprobar el Cuadro de Recursos Humanos del PIMB, el mismo que será propuesto por el Director Ejecutivo del Programa, en un plazo que no excederá los treinta (30) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios – PMIB y su anexo que forma parte del mismo, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Se precisa que la publicación en el diario oficial El Peruano no comprende el Anexo a que se hace referencia en el párrafo que antecede.
Artículo 4°.- Derogación Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 024-2010-VIVIENDA, que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos
- PIMBP.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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