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Resolucion Directoral N° 780-2013-MTC/15 Autorizan a la empresa Asesoría Legal Policial Administrativa en Materia
3/27/2013
Resolucion Directoral N° 780-2013-MTC/15 Autorizan a la empresa Asesoría Legal Policial Administrativa en Materia
Autorizan a la empresa Asesoría Legal Policial Administrativa en Materia de Tránsito SAC para que utilice el circuito de manejo ubicado en el distrito de Villa El Salvador, provincia de Lima TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION DIRECTORAL N° 780-2013-MTC/15 Lima, 15 de febrero de 2013 VISTOS: El Parte Diario N° 001627, presentado por la empresa denominada ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE TRANSITO SAC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCION DIRECTORAL N° 780-2013-MTC/15
Lima, 15 de febrero de 2013
VISTOS:
El Parte Diario N° 001627, presentado por la empresa denominada ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE TRANSITO SAC, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral N° 208-2012-MTC/15 de fecha 13 de enero de 2012, se autorizó a la empresa denominada ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE TRANSITO SAC, con RUC N° 20509692158 y domicilio en Calle Las Lilas N°s 415-417, 3er y 4to piso, Agrupación San Eugenio, Distrito de Lince, Provincia y Departamento de Lima, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento;
a efectos de impartir los conocimientos teóricos
- prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir;
Que, mediante Parte Diario N° 001627 de fecha 04 de enero de 2013, La Escuela solicitó autorización para el uso de un circuito de manejo alterno destinado a las prácticas de manejo, el mismo que se encuentra ubicado en: Autopista Panamericana Sur Km.21 margen derecha (rumbo Lima - Pucusana), Distrito de Villa El Salvador,
Provincia y Departamento de Lima;
Que, el artículo 60° de El Reglamento, establece que 'La autorización como Escuela de Conductores, así como su modificación, suspensión o caducidad, para surtir efectos jurídicos serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano'; asimismo, el primer párrafo del artículo 61° de El Reglamento, dispone que 'Procede la solicitud de modificación de autorización de La Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53° de El Reglamento…';
Que, el literal d) del Art. 53° del reglamento indica que 'La Resolución de Autorización como Escuela de Conductores contendrá lo siguiente:…d) Ubicación del (los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorización,…';
Que, la solicitud de autorización para el uso de un circuito alterno destinado a las prácticas de manejo, presentada por la empresa denominada ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE TRANSITO SAC, implica una variación de uno de los contenidos del art. 53° de El Reglamento, en razón que La Escuela, ha solicitado el uso de su circuito de manejo, adicional al autorizado mediante Resolución Directoral N° 208-2012-MTC/15; en ese sentido y considerando lo establecido en el Art.
60° del Reglamento, la Resolución que modifica la autorización, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variación del contenido de la autorización;
Que, estando a lo opinado en el Informe N° 126-2013-MTC/15.03.A.A, por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC; la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE TRANSITO SAC, para que utilice el circuito de manejo ubicado en: Autopista Panamericana Sur Km.21 margen derecha (rumbo Lima - Pucusana), Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, adicional al autorizado mediante la Resolución Directoral N° 208-2012-MTC/15.
Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
– SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia;
así como encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral.
Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director General (e)
Dirección General de Transporte Terrestre
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