3/01/2013

Resolución N° 018-2013/SBN-DGPE-SDAPE Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES RESOLUCIÓN N° 018-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 22 de febrero de 2013 Visto, el Expediente N° 017-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 480,83 m², ubicado en la avenida José Saco Rojas,
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
RESOLUCIÓN N° 018-2013/SBN-DGPE-SDAPE


San Isidro, 22 de febrero de 2013
Visto, el Expediente N° 017-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 480,83 m², ubicado en la avenida José Saco Rojas, altura del Km. 6.5 a la margen derecha, Sector Cerro Muruta, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
– SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 480,83 m², ubicado en avenida José Saco Rojas, altura del Km. 6.5 a la margen derecha, Sector Cerro Muruta, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral;

Que, con Oficio N° 1940-2012-SUNARP-Z.R.N° IX/GPI, de fecha 24 de setiembre de 2012, la Oficina Registral de Lima remitió el Informe Técnico N° 011203-2012-SUNARP-Z.R.N° IX-OC de fecha 17 de setiembre de 2012 en el que concluye que el predio en consulta se ubica en ámbito del cual en la base gráfica parcial del Mosaico de Predios, no se ha identificado a la fecha, información gráfica de plano con antecedentes registral;

Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, realizada la inspección técnica el 09 de enero de 2013, se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza conformado por ladera y cima de cerro rocoso y estaría comprendiendo un reservorio de concreto aparentemente en desuso, así como un muro en forma de 'L' pintado de color blanco, ubicado al Oeste del reservorio en mención;

Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 480,83 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los literales a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29151,
Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y,
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0007-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 04 de febrero de 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 480,83 m², ubicado avenida José Saco Rojas, altura del Km. 6.5 a la margen derecha, Sector Cerro Muruta, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo 1°, en el Registro de Predios de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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