Inicio
Poder Ejecutivo
Produce
Resolución Suprema 004-2013-PRODUCE Declaran de Interés Nacional la realización de la Décimo Quinta Conferencia
7/12/2013
Resolución Suprema 004-2013-PRODUCE Declaran de Interés Nacional la realización de la Décimo Quinta Conferencia
Declaran de Interés Nacional la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), que se llevará a cabo en la ciudad de Lima del 2 al 6 de diciembre de 2013 PRODUCE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-PRODUCE Lima, 11 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, es objetivo general y estratégico de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia
PRODUCE
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-PRODUCE
Lima, 11 de julio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo general y estratégico de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar el proceso de su inserción a nivel global;
Que, siendo uno de los objetivos específicos de la Política Exterior del Perú, la promoción de los intereses nacionales en el contexto internacional, es conveniente consolidar la participación peruana en foros, conferencias y eventos internacionales, como mecanismos de diálogo y cooperación orientados al fortalecimiento regional en los escenarios político, económico, social y cultural;
Que, la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) es una agencia especializada de las Naciones Unidas, cuyo mandato es promover y acelerar el desarrollo industrial sostenible en países en desarrollo y economías en transición y, trabajar para mejorar las condiciones de vida de los países más pobres del mundo, haciendo uso en forma conjunta de sus recursos y conocimientos globales;
Que, con ocasión de la Décimo Cuarta Conferencia General de la ONUDI realizada en Viena, del 28 de noviembre al 2 de diciembre de 2011, el Viceministerio de MYPE e Industria, ofreció en nombre del Gobierno del Perú que Lima sea la sede de la Décimo Quinta Conferencia General en el año 2013. Dicho ofrecimiento fue formalizado por la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, de acuerdo a las coordinaciones efectuadas con el Ministerio de la Producción;
Que, en la Cuadragésima Sesión de la Junta de Desarrollo Industrial de la ONUDI, realizada del 20 al 22 de noviembre de 2012 en la ciudad de Viena, la Ministra de la Producción en representación del Gobierno del Perú, reiteró el interés de nuestro país en ser designado sede de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI, a realizarse en el año 2013;
Que, el Director General de la ONUDI mediante documento de fecha 20 de noviembre de 2012, comunicó al señor Presidente de la República del Perú que los Estados Miembros de la ONUDI aceptaron por unanimidad el ofrecimiento del Gobierno del Perú, para ser sede de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI, a realizarse del 2 al 6 de diciembre de 2013;
Que, la designación del Perú como sede de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI, representado por el Ministerio de la Producción como sector competente en materia de políticas de desarrollo industrial, reviste la más alta importancia porque permitirá al país renovar su compromiso de promover el desarrollo industrial y la cooperación entre los países miembros, así como generar negocios más competitivos y empleo de calidad;
Que, en tal sentido, resulta conveniente declarar de interés nacional la realización en el Perú de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI del 2 al 6 de diciembre de 2013, evento que congregará a los Ministros del sector industria de los países integrantes de la ONUDI, así como las actividades y eventos conexos, que tendrán lugar antes y durante la citada Conferencia General;
Que, las responsabilidades que implica la organización de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI, así como la preparación y negociación de los acuerdos que le darán contenido, exige efectuar coordinaciones de manera integral y multidisciplinaria entre las instituciones nacionales vinculadas a la temática del referido evento;
Que, por lo expuesto resulta necesario constituir un Grupo de Trabajo de carácter temporal, encargado de promover, proponer e implementar las acciones para la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, en el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárese de Interés Nacional la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), que se llevará a cabo en la ciudad de Lima del 2 al 6 de diciembre de 2013, así como las actividades y eventos conexos, que tendrán lugar antes y durante la citada Conferencia General.
Artículo 2.- Creación de Grupo de Trabajo Multisectorial Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de carácter temporal, adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de ejecutar las acciones que permitan la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), en adelante Grupo de Trabajo, el mismo que está conformado por:
- La Ministra de la Producción o su representante, quien la presidirá.
- La Ministra de Relaciones Exteriores o su representante.
- El Ministro del Interior o su representante.
- La Ministra de Salud o su representante.
- El Ministro de Economía y Finanzas o su representante.
- El Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su representante.
- El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante.
- El Ministro de Cultura o su representante.
- La Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria o su representante.
Cada Sector designará a sus representantes mediante resolución del titular de la entidad a la que pertenecen, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente resolución suprema.
Artículo 3.- Participación de otras entidades El Grupo de Trabajo puede convocar, en calidad de invitados, a otras entidades públicas o privadas, cuya participación se estime necesaria para la consecución de sus fines.
Artículo 4.- Instalación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución suprema.
La asistencia a esta sesión por parte de los Ministros de Estado es obligatoria e indelegable.
Artículo 5.- Informe del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de culminada la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), presentará un informe al Ministro de la Producción sobre las actividades realizadas en el marco del encargo conferido.
Artículo 6.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Relaciones Exteriores, de la Producción, del Interior, de Salud, de Economía y Finanzas, de Comercio Exterior y Turismo, de Transportes y Comunicaciones, y de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores GLADYS MONICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ
Ministro de Cultura
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)