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Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria
Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas 206-2013/SUNAT/300000 Aprueban Formatos 'Declaración Jurada de Equipaje' y 'Declaración Jurada
8/24/2013
Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas 206-2013/SUNAT/300000 Aprueban Formatos 'Declaración Jurada de Equipaje' y 'Declaración Jurada
Aprueban Formatos 'Declaración Jurada de Equipaje' y 'Declaración Jurada de Dinero Ingreso - Salida' SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 206-2013/SUNAT/300000 Callao, 22 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 481-2011/SUNAT se aprobó la 'Declaración Jurada de Equipaje - Ingreso' y con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 206-2013/SUNAT/300000
Callao, 22 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 481-2011/SUNAT se aprobó la 'Declaración Jurada de Equipaje - Ingreso' y con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 482-2011/SUNAT se aprobó la 'Declaración Jurada de Equipaje Salida';
Que mediante Decreto Supremo N° 182-2013-EF se aprobó el nuevo Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa, en tal sentido se requiere actualizar el formato
'Declaración Jurada de Equipaje - Ingreso', a fin de adecuarlo a los cambios del nuevo reglamento;
Que por otro lado, la cuarta disposición complementaria modificatoria del Decreto Legislativo N° 1106 modificó la Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 28306, y mediante Decreto Supremo N° 195-2013-EF se aprobó el Reglamento de la Obligación de Declarar el Ingreso o Salida de Dinero en Efectivo y/o Instrumentos Financieros Negociables Emitidos al Portador, que dispone que las declaraciones deberán efectuarse en formatos aprobados por la SUNAT, por lo que resulta necesario aprobar el nuevo formato 'Declaración Jurada de Dinero Ingreso – Salida';
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 14° del 'Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General' aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, con fecha 07.08.2013, se publicó en el portal web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) el proyecto de la presente norma;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT, en mérito a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y estando a la Resolución de Superintendencia N° 028-2012/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar los nuevos formatos 'Declaración Jurada de Equipaje' y 'Declaración Jurada de Dinero Ingreso – Salida' que en anexos adjuntos, forman parte integrante de la presente resolución, los mismos que además serán publicados en el portal electrónico de la SUNAT (www.sunat.gob.pe).
Los formatos 'Declaración Jurada de Equipaje' y 'Declaración Jurada de Dinero Ingreso - Salida' serán impresos en idiomas español e inglés, pudiendo utilizarse adicionalmente otros idiomas.
Artículo 2°.- Las intendencias de aduana de la República son responsables de proporcionar los formatos
'Declaración Jurada de Equipaje' y 'Declaración Jurada de Dinero Ingreso - Salida', así como de su utilización en cada aeropuerto internacional, puerto o puesto de control de su circunscripción, conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente.
Artículo 3°.- Déjense sin efecto las Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 481-2011/SUNAT y N° 482-2011/SUNAT.
Artículo 4°.- La presente resolución entrará en vigencia a los siete (07) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Hasta el 31 de octubre del 2013, las compañías de transporte internacional de viajeros y las intendencias de aduana de la República podrán utilizar el formato de Declaración Jurada de Equipaje – Ingreso, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N°481-2011/SUNAT.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL GARCÍA MELGAR
Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas
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