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"Día del Chancho al Palo" sera el 3er domingo de octubre en Huaral - ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2013-MPH
9/22/2013
"Día del Chancho al Palo" sera el 3er domingo de octubre en Huaral - ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2013-MPH
Aprueban la institucionalización del "Día del Chancho al Palo", a celebrarse el tercer domingo del mes de octubre en la provincia de Huaral ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2013-MPH, Huaral, 11 de setiembre del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal propuesto por la Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, Regidora Rosa Elena Balcázar Guevara, respecto a la Institucionalización
ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2013-MPH,
Huaral, 11 de setiembre del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal propuesto por la Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, Regidora Rosa Elena Balcázar Guevara, respecto a la Institucionalización del "Día del Chancho Al Palo" en la Provincia de Huaral; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el Artículo 194°
de la Constitución Política del Perú modificada por Ley N° 27680 "Ley de Reforma Constitucional", concordante con lo prescrito en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, consagra que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para la Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante aprobación de ordenanzas y acuerdos.
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en su Artículo 73° en el numeral 4.5 determina, como materia de Competencia Municipal el Fomento del Turismo Local sostenible.
Que, la Provincia de Huaral cuenta con amplia cultura gastronómica, que se ofrecen en los Restaurants de comida típica, en las Fiestas Patronales y familiares.
El "Chancho Al Palo" es nuestro plato de bandera en la actualidad. Su sabor y aroma se obtiene gracias a la utilización de carne de cerdo y de leña de calidad, que son propios de nuestra provincia.
Que, el origen del "Chancho Al Palo" se inicia en las chacras o fundos agrícolas de Huaral, donde preparaban sus platos gastronómicos en sus fiestas familiares, a base de carne de Cerdos Asados en leña de árboles frutales del lugar. Luego se ofrecieron en los Restaurants Campestres de Huaral. Su difusión a Nivel Nacional se está dando en la Feria Gastronómica Internacional de Mistura de Lima; con la presencia de expertos cocineros Huaralinos que exponen y venden el "Chancho Al Palo".
Que, es de interés de la Municipalidad Provincial de Huaral, revalorar, fomentar y difundir el consumo del "Chancho Al Palo" y por ende al posicionamiento de nuestra cultura Gastronómica a Nivel Nacional e Internacional, para impulsar el Turismo sostenible de la Provincia de Huaral.
Que, mediante Informe N° 416-2013-MPH/GDSE/ SGDET, de fecha 21 de Agosto del 2013, la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo, remite el Informe Técnico que sustenta el Proyecto de Ordenanza que Institucionaliza el "Día del Chancho Al Palo", en la Provincia de Huaral.
Que, mediante Informe N° 0359-2013/MPH-GAF de fecha 26 de Agosto del 2013, la Gerencia de Administración y Finanzas, se encuentra conforme con el contenido de la misma, toda vez que el Proyecto de Ordenanza en mención, tiene por objeto fortalecer, fomentar y promover nuestra gastronomía e identidad Huaralina.
Que, mediante Informe N° 0894-2013-MPH-GAJ de fecha 23 de Agosto del 2013, modificada las CONCLUSIONES con el Informe N° 0930-2013-MPH/ GAJ de fecha 05 de setiembre del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la PROCEDENCIA del Proyecto de Ordenanza Municipal que "Institucionaliza el Día del Chancho Al Palo", debiéndose remitir lo actuado al Concejo Municipal para su conocimiento, tramité y aprobación en Sesión der Concejo conforme a Ley.
Que, mediante Dictamen N° 006-2013-MPH/ CECTDD/REBG de fecha 06 de setiembre del 2013, la Comisión de Educación, Cultura, Turismo y Deportes, en uso de sus Atribuciones conferidas por la Ley N° 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades, RECOMIENDA al Pleno del Concejo APROBAR el Proyecto de Ordenanza Municipal para la Institucionalización del Día del Chancho Al Palo en nuestra Provincia, a celebrarse cada tercer domingo del mes de Octubre, con el fin de promover nuestra gastronomía y fomentar el turismo local.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9° y el numeral 5) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, contando con el voto unánime de los Señores Regidores, aprobaron la siguiente:
ORDENANZA
"QUE APRUEBA LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL "DÍA DEL CHANCHO AL PALO", EN LA PROVINCIA DE HUARAL"
Artículo Primero.- APROBAR la Institucionalización del "DÍA DEL CHANCHO AL PALO", a celebrarse el Tercer Domingo del mes de Octubre, evento cultural y turístico, que se desarrollará cada año en toda la Provincia de Huaral; con el objetivo de fortalecer, fomentar y promover nuestra gastronomía e identidad Huaralina.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás Áreas de la Municipalidad el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- DESIGNAR la Comisión responsable del desarrollo del "Día del Chancho al Palo", conformada por miembros de la Comisión de Regidores y la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo de la Municipalidad Provincial de Huaral.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su Publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ
Alcalde Provincial
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