9/21/2013

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 039-2013-OEFA/CD Aprueban creación de Oficinas Desconcentradas

Aprueban creación de Oficinas Desconcentradas del OEFA en los departamentos de Lambayeque y Moquegua, así como la instalación de Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del OEFA de Cusco en el distrito de Echarati de la provincia de La Convención RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 039-2013-OEFA/CD Lima, 17 de setiembre de 2013 VISTOS: Los Informes números 093-2013-OEFA/ OPP y 096-2013-OEFA/OPP emitidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición
Aprueban creación de Oficinas Desconcentradas del OEFA en los departamentos de Lambayeque y Moquegua, así como la instalación de Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del OEFA de Cusco en el distrito de Echarati de la provincia de La Convención
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 039-2013-OEFA/CD
Lima, 17 de setiembre de 2013
VISTOS: Los Informes números 093-2013-OEFA/ OPP y 096-2013-OEFA/OPP emitidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental;

Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental -a cargo de las diversas entidades del Estado- se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, el Artículo 9° de la Ley N° 29325 faculta al OEFA
para establecer Oficinas Desconcentradas en cualquier lugar del territorio nacional;

Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal f) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM, es función del Consejo Directivo aprobar el establecimiento de Oficinas Desconcentradas de la Entidad;

Que, resulta necesario fortalecer la fiscalización ambiental y garantizar la resolución expeditiva de los problemas ambientales que ponen en riesgo los recursos naturales, la protección de la salud y la vida humana en los departamentos de Lambayeque y Moquegua;

Que, asimismo, debido al incremento de las actividades económicas que se realizan en el departamento del Cusco, resulta necesario fortalecer las acciones de fiscalización ambiental en dicha zona a través de la instalación de una Oficina de Enlace en el distrito de Echarati de la provincia de La Convención;

Que, a través de los documentos consignados en los Vistos, se verifica que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, así como la Dirección de Supervisión y la Dirección de Evaluación del OEFA, señalan que es técnica y presupuestalmente viable la creación de las referidas oficinas de la Entidad;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo N° 046-2013 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 025-2013 del 17 de setiembre de 2013, el Consejo Directivo aprobó la creación de las Oficinas Desconcentradas de Lambayeque y Moquegua, así como una Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del Cusco en el distrito de Echarati de la provincia de La Convención, en consideración al sustento técnico expresado en el considerando precedente y a la necesidad de fortalecer la fiscalización ambiental en dichas zonas, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva, a fin de asegurar su vigencia inmediata;

Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los Literales f) y n) del Artículo 8° y el Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Creación de Oficinas Desconcentradas Aprobar la creación de Oficinas Desconcentradas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
en los departamentos de Lambayeque y Moquegua.

Artículo 2°.- Instalación de Oficina de Enlace Aprobar la instalación de una Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del OEFA de Cusco en el distrito de Echarati de la provincia de La Convención.

Artículo 3°.- Implementación Encargar a la Secretaría General del OEFA que disponga las acciones que resulten necesarias para la implementación de las Oficinas Desconcentradas y de la Oficina de Enlace a que hacen referencia los Artículos 1°
y 2° de la presente Resolución, respectivamente, en un plazo de sesenta (60) días hábiles contado a partir de su publicación.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.